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Consejo de Estado negó tutela que pedía a Duque no referirse al caso de Álvaro Uribe

El ciudadano Juan Felipe Rodríguez presentó una tutela en la que planteaba que, supuestamente, el mandatario vulneraba los derechos al debido proceso y a la igualdad por haber opinado sobre la detención que ordenó la Sala de Instrucción contra Uribe.

364972_Duque_Uribe // Foto: AFP / Presidencia
Duque_Uribe // Foto: AFP / Presidencia

El Consejo de Estado negó la tutela que pedía ordenar al presidente de la República,Iván Duque, no hablar sobre el proceso judicial que se sigue contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez, tras dar declaraciones acerca de la medida de detención domiciliaria que le había impuesto la Corte Suprema al excongresista.

El 10 de agosto, el ciudadano Juan Felipe Rodríguez, presentó una tutela en la que planteaba que, supuestamente, el mandatario vulneraba los derechos al debido proceso y a la igualdad por haber opinado sobre la detención que ordenó la Sala de Instrucción contra Uribe.

Por eso pidió “que en un término no superior a las 48 horas siguientes a la notificación del fallo tutelar, se emita un comunicado por las redes sociales oficiales de la Presidencia y medios masivos de comunicación, donde se comprometa en adelante a no pronunciarse ni emitir juicio de valor alguno, sobre los procesos penales en contra del exsenador Álvaro Uribe Vélez”.

Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó el recurso que fue impugnado.

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Es evidente que el accionante no le está solicitando a la autoridad judicial la garantía de un derecho fundamental que le esté siendo vulnerado o amenazado por una autoridad pública. Si bien invoca la protección al debido proceso e igualdad, lo cierto es que los argumentos que plantea para fundamentar la vulneración no contienen la afectación de estos derechos
explicó el Consejo de Estado.

El accionante decía que se le vulneraban los derecho a “quienes votaron porIván Cepeda, víctima en el proceso de manipulación de testigos que se sigue contra Uribe, porque el presidente “puso como absoluta su presunción de inocencia del investigado, se solidarizó con uno de los extremos procesales y actuó como su defensor de oficio al sugerir la acción de tutela como una vía jurídica para obtener la libertad”.

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El Consejo de Estado respondió que Rodríguez confunde la representación política con la representación judicial y que solo podían reclamar las partes del proceso y, que no está probada su calidad de víctima.

“Por no existir una afectación de derechos fundamentales y porque los invocados no le pertenecen al accionante, la Sala confirma la sentencia de primera instancia”, sentenció el Alto Tribunal.

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