Corte Constitucional ordenó al Inpec garantizar ingreso de médicos particulares a cárceles
El alto tribunal tomó esta decisión al resolver el caso de un detenido en Popayán que, tras sufrir graves heridas en un atentado contra un vehículo del Inpec, solicitó ser valorado por un médico de confianza y el acceso fue negado.
La Corte Constitucional le ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) expedir, en el plazo máximo de un mes, una circular que precise las condiciones de ingreso de médicos particulares a los establecimientos de reclusión, todo esto para evitar que reclusos sean víctimas de atentados durante un traslado desde la cárcel a un hospital.
Lo que señaló el alto tribunal es que exigir una orden judicial para el ingreso de abogados y médicos vulnera los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, en particular al debido proceso y al acceso a la justicia.
La Corte Constitucional recordó que los abogados solo necesitan su cédula, tarjeta profesional y autorización escrita del detenido para ingresar y, reiteró lo dispuesto en la sentencia C-163 de 2019, que protege el derecho a recibir atención médica particular en prisión.
Lo que también señaló la Corte mediante este fallo de tutela es que los médicos particulares deben poder ingresar a los centros de reclusión sin barreras administrativas ni jurídicas, y que cualquier restricción como la aplicada en Popayán desconoce la Constitución, la jurisprudencia vigente y los propios reglamentos del INPEC.
La sentencia que tiene como ponente a la magistrada Natalia Ángel, establece que la circular del Inpec deberá detallar los requisitos de ingreso de los médicos, pero en ningún caso podrá incluir la exigencia de autorización judicial.