La Corte Constitucional negó las pretensiones de una tutela que argumentaba que al exgobernador de Sucre Miguel Ángel Nule Amín se le había vulnerado el debido proceso y doble conformidad al no poder impugnar el fallo condenatorio impuesto por la Corte Suprema de Justicia.
La Corte Constitucional argumentó que a Nule Amín no se le vulneró ningún derecho pues este se garantizó cuando el fallo condenatorio del Tribunal Superior de Cartagena fue impugnado ante la Corte Suprema de Justicia.
Para la Corte, en el presente caso, no existió una vulneración del derecho a la doble conformidad del accionante, pues este se garantizó materialmente en la resolución del recurso extraordinario de casación por parte de la Sala Penal del máximo juez de la justicia ordinaria
Esta tutela era un último recurso que tenía el exgobernador de Sucre para que revisaran su proceso.
Cabe recordar que Nule Amín fue condenado por su participación en la masacre de Macayepo, un corregimiento ubicado en los Montes de María .
Esa masacre fue perpetrada en octubre del año 2000 por paramilitares al mando de ‘Juancho Dique’, quienes asesinaron a campesinos de la región, incluso con palos y piedras.
La investigación reveló que Nule Amín era un poderoso ganadero de la región que ayudó a conformar grupos paramilitares a través de reuniones en su finca Las Canarias.
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En esa finca, el exgobernador sostuvo reuniones con Salvatore Mancuso y miembros de la Fuerza Pública. Según testimonios de mismos paramilitares, Nule Amín y Joaquín García presionaron para que el grupo ilegal perpetrara la masacre.
Nule Amín es padre de los hermanos Manuel y Miguel, también condenados por el denominado carrusel de la contratación en la administración de Samuel Moreno, exalcalde de Bogotá.