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Fiscalía fija criterios para interceptaciones telefónicas en investigaciones judiciales

Son 27 requisitos que deben cumplir los agentes operadores de las salas de interceptación y los fiscales para hacer seguimientos que permitan comprobar una conducta delictiva de un investigado.

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Foto: Fiscalía

En un hecho sin precedentes, el fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, reglamentó internamente la manera como se van a realizar de ahora en adelante las interceptaciones telefónicas y seguimientos de correos electrónicos en las investigaciones judiciales, esto para evitar abusos y violaciones al derecho a la intimidad de las personas procesadas y sospechosas que están bajo investigación penal.

Son 27 requisitos que deben cumplir los agentes operadores de las salas de interceptación y los fiscales para hacer seguimientos que permitan comprobar una conducta delictiva de un investigado.

Las directrices establecidas para la interceptación de comunicaciones como líneas telefónicas, mensajería instantánea o correos electrónicos, comprenden entre otros aspectos: la verificación rigurosa previa que exige una orden de interceptación de comunicaciones, a cargo de los fiscales de conocimiento, como los fundamentos que justifican la necesidad de acudir a esta herramienta.

También, la justificación de la orden de interceptación, así como su correspondiente y obligatorio control de legalidad ante los jueces de control de garantías.

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Los controles internos que deben tener los agentes del CTI que ejecutan estas órdenes, entre ellos, la articulación con el fiscal del caso, que el uso de la interceptación corresponda a la investigación que se desarrolla y que se tenga información de que las personas sobre las que recae esta actividad están vinculadas a algún hecho delictivo.

De la misma manera, los agentes encargados de hacer las interceptaciones deben rendir informes periódicos al día 30 y al día 180 de la correspondiente investigación para determinar si se continúa o no con la intervención y el fiscal podrá requerir a estos servidores la presentación de informes en cualquier momento de estos seguimientos y sus aportes a la investigación.

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