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Paro nacional: la directiva de la Fiscalía para investigar delitos en medio de protestas

La Fiscalía se enfocará en la investigación por contextos y situaciones que permitan identificar la gravedad de las conductas en medio del paro nacional.

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Foto: AFP

El pasado 4 de junio, el fiscal general de la Nación, Francisco Barbosa, expidió una directiva en la cual establece lineamientos para la investigación y judicialización de delitos cometidos en el marco y con ocasión de la protesta social.

En el documento, la entidad, dice que estos lineamientos se enfocan en la investigación por contextos y situaciones, que permitan identificar realmente la gravedad de las conductas y no su consideración aislada. Es decir, dirigir los esfuerzos investigativos hacia el territorio para comprender el contexto de la ciudades y municipios del país y las zonas, comunas o barrios en donde se propician actividades delictivas que afectan el derecho a protestar pacíficamente.

El objetivo, según la Fiscalía, es recordar la protección constitucional de la protesta social, exponer lineamientos generales para la investigación de delitos ocurridos en el marco y evento de protesta social, especificar lineamientos con respecto a actos de exceso en el derecho a la protesta pacífica y, finalmente, dar lineamientos sobre la investigación y judicialización de las conductas ilícitas no relacionadas con la protesta social que pueden tener ocasión en el marco de las marchas, paros, plantones y otros.

Para esto, la Fiscalía les pide a sus funcionarios diferenciar actos de protesta de excesos y delitos que solo tienen una relación eventual con la protesta. Es decir, les dice que los actos propios de la protesta pacífica no deben ser penalizados. Sobre ese punto, dice el fiscal, se deben inadmitir la denuncia, disponer al archivo de la investigación o solicitar su preclusión por la tipicidad, según corresponda.

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Añade que la presencia y concentración pacífica en espacios públicos, vías, plazas, entre otros, es legal, según la Corte Constitucional. “Es legítimo que un acto de protesta se de en estos escenarios del foro público y, en principio, la presencia de manifestantes en tales lugares no da lugar a una investigación penal”.

En este punto, el fiscal explica que las expresiones verbales que ofendan, chocan, inquietan o perturbar al Estado también son legales en medio de la protesta pacífica y hacen parte de la libertad de expresión, incluso, la quema de banderas en medio de este tipo de manifestaciones.

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Sin embargo, la Fiscalía también les dice a sus funcionarios que deben tener presente que los excesos en el ejercicio del derecho a la protesta pacífica no están exentos de sanción penal. Es decir, todo aquello que incluye acciones de violencia debe ser considerado un exceso en el ejercicio del derecho. Algunos ejemplos son abusos sexuales, homicidios, hurtos, porte y tráfico de estupefacientes, porte de armas o elementos peligrosos, entre otros.

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