Procuraduría confirma inhabilidad y multa contra el exalcalde William Dau
Dado que William Dau ya no ejerce el cargo de alcalde, la sanción se traduce en una multa de 56 millones de pesos.
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La Procuraduría General de la Nación confirmó en segunda instancia el fallo disciplinario que impuso inhabilidad por cuatro meses contra el exalcalde de Cartagena, William Jorge Dau, tras haber calificado como “nido de ratas” al ente de control durante una audiencia pública realizada en diciembre de 2022. Dado que Dau ya no ejerce el cargo de alcalde, la sanción se traduce en una multa de 56 millones de pesos.
El fallo fue adoptado mediante un documento de 26 páginas proferido por la Sala de Juzgamiento de la Procuraduría, la cual determinó mantener la sanción al encontrar que las manifestaciones del exmandatario fueron atentatorias contra la dignidad de los funcionarios y contrarias a los valores que deben regir la conducta de los servidores públicos.
Según la decisión, el comportamiento de Dau configuró una falta grave a título de dolo, por haber incumplido el deber de tratar con respeto a los funcionarios del Ministerio Público. “Para esta Sala, las expresiones manifestadas por el inquirido, a las que se ha hecho mención, no tienen sustento en los derechos de libertad de expresión o de opinión, en tanto traspasaron la línea del respeto y buen trato que subyacen a la honra y el buen nombre de toda persona, incluidos los servidores públicos, para convertirse en un ataque personal o institucional”.
En el fallo se cita textualmente que, durante la audiencia del 12 de diciembre de 2022, Dau afirmó que “en la Procuraduría General de la Nación también hay un nido de ratas”, expresión que, según el Ministerio Público, “razonablemente se traduce en que en dicho organismo existen o laboran seres despreciables, rateros o ladrones”, lo que constituye un acto “desdeñoso, ofensivo y deshonroso” hacia los servidores públicos presentes en la diligencia.
Finalmente, el organismo aclaró que la sanción no se encuentra en firme, ya que contra este fallo de segunda instancia procede el recurso extraordinario de revisión ante el Consejo de Estado, instancia que deberá determinar si se mantiene o no la decisión y la multa impuesta.