Actualizado: 16 de jul, 2016
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“Es un derecho fundamental reconocido en el artículo 37 de la Constitución, pero como todo derecho fundamental no es absoluto”, dijo.
“Lo que se le garantiza a la gente es la posibilidad de manifestarse públicamente, movilizarse para expresar su descontento, su desacuerdo con cualquier tipo de situación que se está desarrollando”, agregó.
Rincón expresó que el derecho a la protesta comienza a excederse “cuando empieza afectar derechos como el de la vida, salud pública, seguridad alimentaria, movilidad de los demás ciudadanas, entre otras cosas”.
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