Inmovilizarán y multarán a todos los conductores que les modifiquen esta parte a sus carros
Además, según el Código Nacional de Tránsito, la multa puede superar los 300.000 pesos.
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En los retenes de tránsito, además de verificar a la velocidad que transitaba o los documentos del conductor y del vehículo (como el SOAT o la tecnomecánica vigente), los agentes también revisan la correcta identificación del carro.
En ese proceso, se pueden encontrar irregularidades que, aunque para algunos conductores pueden parecer menores, tienen consecuencias administrativas y legales inmediatas.
El Código Nacional de Tránsito establece restricciones frente a cualquier alteración que afecte los datos que identifican un vehículo. Dentro de estas prácticas se encuentran las modificaciones a los números del motor, del chasis o de la serie, así como cualquier intervención sobre las placas.
Estas conductas están catalogadas como infracciones, ya que impiden o dificultan la identificación plena del automotor en vía. Y de cometer alguna y ser sancionado por un agente de tránsito, además de la imposición de la multa pueden inmovilizar el carro para llevarlo a los patios.
La legislación de tránsito prohíbe modificar, alterar o adulterar los números de identificación del vehículo. En el caso específico de las placas, la Ley 769 de 2002 señala que estas tienen carácter de documento público y que su función es identificar de manera exclusiva a cada vehículo.
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La norma indica que un vehículo no debe circular con placas en condiciones que impidan su lectura o identificación, como cuando están ocultas, sucias, borradas por el uso, alteradas o ubicadas en un lugar distinto al autorizado.
El Código Nacional de Tránsito contempla una excepción puntual: el cambio del número del motor solo es permitido cuando este ha sido reemplazado. En esos casos, el procedimiento debe realizarse siguiendo los requisitos establecidos por las autoridades de tránsito y aduaneras.
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Cualquier modificación realizada por fuera de ese trámite es considerada irregular y da lugar a sanciones.
La normativa también aclara que, si una placa se ve afectada por un accidente de tránsito o por el desgaste natural, el conductor o propietario no debe retocarla ni intervenirla por cuenta propia. El procedimiento correcto es solicitar un duplicado ante la autoridad competente.
Modificar una placa deteriorada, incluso con la intención de hacerla legible, constituye una infracción.
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De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, los conductores que sean sorprendidos incurriendo en estas conductas pueden recibir un comparendo tipo B04, cuya sanción económica equivale a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes. Para 2025, ese valor corresponde a $321.800.
Adicionalmente, el Código Nacional de Tránsito omparendos asociados a irregularidades en las placas, que quedaron establecidos de la siguiente manera:
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Colombia cuenta con cerca de 20 millones de vehículos registrados, de acuerdo con cifras del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt).
Más del 60 % del parque automotor está compuesto por motocicletas, pero las obligaciones en materia de identificación aplican por igual a todos los tipos de vehículos que circulan por el país.
Para las autoridades, mantener intactos los datos que individualizan cada automotor es un requisito indispensable para garantizar la legalidad de su circulación.