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Asociación Colombiana de Minería celebra decisión de Corte de tumbar la no deducibilidad de regalías

De acuerdo con Juan Camilo Nariño, presidente de la Asociación Colombiana de Minería, las regalías constitucionalmente son un porcentaje de la producción, en este caso de minerales, que son de la nación.

Minería referencia
Minería referencia
Foto: AFP.

LaCorte Constitucional declaró este jueves la inexequibilidad de la prohibición de deducción de regalías de la base gravable del impuesto de renta para las empresas del sector extractivo. Esta medida había sido incluida en la reforma tributaria propuesta por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.

La decisión, respaldada por seis votos a favor y dos en contra, tuvo un impacto inmediato en el escenario nacional. Mientras los gremios aplaudían la noticia, el presidente Petro expresó su desacuerdo y exigió al Ministerio de Hacienda revisar recortes presupuestarios, señalando que el Gobierno estaba contando con esa deducción para recaudar $3.38 billones al cierre de 2023.

"Le toca al ministro de hacienda después de esta decisión que no puedo compartir recortar el presupuesto de las tres ramas del poder público", declaró Petro en su cuenta de X, dejando clara su posición contraria a la medida adoptada por la Corte.

Trino de Gustavo Petro
Trino de Gustavo Petro
Foto: X @petrogustavo

La polémica decisión se basó en la declaratoria de inexequibilidad del parágrafo de la Ley 2277 de 2022, al considerar que esta medida vulneraba los principios de justicia y equidad tributaria. La Asociación Colombiana de Minería, por su parte, calificó el fallo como un precedente a favor de la seguridad jurídica, el equilibrio de poderes y la inversión extranjera.

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En diálogo con Mañanas Blu, con Néstor Morales, Juan Camilo Nariño, presidente de la Asociación Colombiana de Minería, calificó la decisión como una corrección a lo aprobado en la reforma tributaria en el Congreso de la República.

“Más que un beneficio, es corregir unas inequidades que esta reforma tributaria aprobada por el Congreso generaba”, dijo.

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En ese sentido, argumentó que en ningún país del mundo las regalías no son deducibles: “la reforma tributaria ponía a Colombia como el único país del mundo donde ese principio tributario se iba a vulnerar”, señaló.

Reiteró que no ven a la decisión como un respaldo en sí, sino como un respaldo a la orden constitucional como tal.

“Esto no es un respaldo de la Corte de la Industria Minera, esto es un respaldo al orden constitucional del país, y ese orden constitucional garantiza, por supuesto, inversiones y garantiza la sostenibilidad de una industria y su certidumbre en el mediano y largo plazo”, explicó.

De acuerdo con Nariño, las regalías constitucionalmente son un porcentaje de la producción, en este caso de minerales, que son de la nación.

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“Si se quiere, dijéramos para hacerlo más entendible, por una incapacidad logística, las compañías, ese porcentaje, en el caso del carbón del 10 %, del níquel es 12, deben venderlo y dárselo a la nación en un valor económico en plata. De tal manera que, como lo dice la Constitución, las compañías tienen que contabilizar en sus ingresos la totalidad de sus ventas”, explicó”, dijo en términos de cifras.

Vea la entrevista completa aquí:

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