Colombia autoriza el uso médico de la flor de cannabis
El nuevo decreto del Gobierno permite que la flor de cannabis se use con fines médicos y terapéuticos.
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El Gobierno Nacional expidió el decreto 1138 de 2025, una norma que cambia las reglas sobre el uso del cannabis en Colombia y autoriza por primera vez el uso de la flor de esta planta con fines médicos. A partir de ahora, las farmacias y droguerías podrán vender el producto a personas con certificaciones médicas.
El decreto establece que la flor de cannabis podrá utilizarse para producir medicamentos, cremas o preparaciones recetadas, siempre que cuenten con la aprobación de las autoridades de salud. También permite que los pequeños y medianos cultivadores participen en este mercado legal, con trámites más sencillos y apoyo del Estado para fortalecer sus proyectos.
Según el Ministerio de Salud, esta decisión busca garantizar que los pacientes puedan acceder a tratamientos seguros y de calidad, basados en estudios que demuestran los beneficios terapéuticos del cannabis. Además, el Gobierno espera que esta medida impulse la economía rural y contribuya a cambiar la percepción sobre el uso médico de la planta.
El decreto también establece licencias extraordinarias para la investigación no comercial, regula la fabricación de derivados psicoactivos y no psicoactivos, y define que los productos con bajo contenido de tetrahidro cannabinol (THC) no serán fiscalizados. Además, introduce lineamientos técnicos para las preparaciones magistrales a base de cannabis, que deberán ser elaboradas únicamente por establecimientos farmacéuticos y bajo supervisión de químicos farmacéuticos certificados.
Durante los próximos meses, los ministerios de Justicia, Agricultura y Salud deberán definir las normas técnicas para la venta y producción del cannabis medicinal, así como las condiciones para la investigación científica. Mientras tanto, los cultivadores actuales tendrán dos años para adaptarse a las nuevas reglas.