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Flip alerta sobre decreto de MinInterior por "restringir el cubrimiento" de las elecciones

La fundación le pidió al Ministerio modificar la normativa.

322197_BLU Radio. Fundación para la Libertad de Prensa / Foto: @FLIP_org
BLU Radio. Fundación para la Libertad de Prensa / Foto: @FLIP_org

La Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) emitió un comunicado en el que expresa su preocupación y plantea inquietudes sobre el Decreto 1702 de 2023, del Ministerio del Interior. Según la Flip, este decreto plantea serias interrogantes en cuanto a su compatibilidad con los principios constitucionales de libertad de expresión, así como el derecho de informar y ser informado en relación a las elecciones regionales previstas para el 29 de octubre.

Uno de los aspectos más cuestionados es el artículo 4 del Decreto, que prohíbe la realización de entrevistas con propósitos político-electorales a través de medios de comunicación como la radio, la prensa y la televisión durante el día de las elecciones. La Flip considera que esta restricción es arbitraria, ya que no establece criterios precisos para distinguir entre entrevistas con intenciones político-electorales y aquellas que no las tienen.

Otro punto de preocupación es el artículo 13 del Decreto, que establece que los medios de comunicación solamente pueden difundir información de carácter público que haya sido previamente confirmada por fuentes oficiales durante la jornada electoral. La Flip argumenta que esta restricción plantea retos significativos al ejercicio periodístico, ya que impide el acceso a fuentes de información que no sean de carácter oficial, lo que va en contra de los principios fundamentales de la libertad de prensa. Además, en muchas regiones del país, las autoridades locales manifiestan no estar habilitadas para confirmar este tipo de información y derivan a los reporteros a las fuentes nacionales, lo que genera incertidumbre y obstáculos adicionales para los medios de comunicación.

El artículo 7 del Decreto también está bajo escrutinio, ya que restringe el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video en los lugares de votación durante un horario específico, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. Solo se permite su uso a los medios de comunicación previa coordinación con la Registraduría. La Flip sostiene que estas restricciones no concuerdan con el principio de la libertad de expresión, ya que limitan la capacidad de los ciudadanos para ejercer su derecho a supervisar el proceso electoral. Además, plantea preguntas sobre la libertad de prensa, ya que el cubrimiento de las elecciones podría quedar sujeto a la aprobación o coordinación de la Registraduría sin que se haya establecido de manera transparente bajo qué criterios y condiciones se llevará a cabo esta coordinación con los cientos de periodistas que cubrirán los comicios en todo el país.

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"La Flip recuerda que la Convención Americana de Derechos Humanos indica que cuando un Estado quiera limitar la libertad de expresión de manera legítima debe cumplir con tres requisitos. El primero de ellos es que la restricción debe estar previamente consagrada en una ley redactada de manera precisa y clara. El segundo señala que la restricción debe ser necesaria para el logro de objetivos autorizados por la misma Convención (es decir la vigencia de otros derechos humanos) y tercero, que se demuestre que la restricción es necesaria y absolutamente proporcional. Ninguno de estos tres artículos mencionados arriba supera el test tripartito pues de entrada las limitaciones que contemplan no existen en ninguna otra Ley. A su vez, esta normativa debe contemplar que la libertad de prensa contribuye a la garantía del acceso a la información y no es un obstáculo como el decreto pareciera insinuar", se lee en el pronunciamiento de la entidad.

El comunicado de la Flip destaca que situaciones similares se han presentado en elecciones anteriores, como las regionales de 2019 y las legislativas de 2022, donde el Ministerio del Interioremitió normativas que contenían disposiciones que limitaron el ejercicio periodístico. En ese sentido, la Flip había enviado cartas al ministro del Interior, al registrador y al presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE) expresando sus preocupaciones y buscando un diálogo constructivo con el fin de formular recomendaciones para garantizar condiciones óptimas para el ejercicio de la libertad de prensa. Lamentablemente, las entidades mencionadas no respondieron a las preocupaciones planteadas por la Flip.

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En vista de esta situación, la Flip hace un llamado al Ministerio del Interior para que reconsidere y enmiende el Decreto 1702, teniendo en cuenta los principios constitucionales que garantizan los derechos a la libertad de expresión y de prensa en Colombia. Además, la Flip hace un llamado a la Registraduría, la Policía y el CNE para que garanticen un entorno propicio para que los periodistas del país puedan llevar a cabo sus labores durante las elecciones sin temor a obstáculos o represalias. En lo que va de este año, hasta el mes de octubre, se han registrado 69 agresiones a periodistas por parte de grupos armados y 40 casos relacionados con el cubrimiento electoral. La Flip busca así promover la integridad y la libertad de los periodistas y, en última instancia, la calidad de la información disponible para el público en el proceso electoral venidero.

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