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"Eliminar la Procuraduría requiere de una Constituyente porque es un órgano de control": procuradora

Durante un seminario, la procuradora Margarita Cabello, se refirió a la propuesta de eliminar ese organismo.

Procuradora Margarita Cabello.PNG
Margarita Cabello
Foto: Procuraduría

Durante el VI Seminario Regional para la implementación de la Ley 2094 de 2021, la procuradora General Margarita Cabello enfatizó sobre la importancia de no eliminar el Ministerio Público.

"Frente a la polémica que ha suscitado el anuncio de eliminar a la Procuraduría, igual que nos ocurrió a nosotros, se están dando cuenta que no es fácil dar con una solución que satisfaga la orden de la Corte IDH. ¡No se trata de proferir un articulito y ya!", señaló la funcionaria.

Frente al tema también dijo que ya se habló más de una reforma que eliminación.

“Mi criterio personal y trabajado con mi equipo jurídico es que la eliminación de la Procuraduría requiere de una Asamblea General Constituyente y la requiere porque la Procuraduría es un órgano de control, que hace parte de estructura del Estado", indicó.

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Cabello, además, recordó que el Nuevo Código Disciplinario llevó a la Procuraduría a incrementar la planta de personal.

"Además de explicarle a todos los ciudadanos cómo va a operar y las garantías, hicimos separación de funciones, lo cual nos conllevó a pedir planta de personal. Recuerden que al separar las funciones, necesitamos ahora dos delegados, ya no hay única instancia, todas las decisiones tienen doble instancia y doble conformidad (…) para que sean revisadas por el Consejo de Estado. Y estamos entonces llenando esas garantías que tienen los procesos penales, a los procesos disciplinarios", finalizó.

Desde Pasto, la procuradora habló acerca de la implementación del Nuevo Código Disciplinario y celebró la reforma que le dio atribuciones jurisdiccionales, como una solución a las peticiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

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Sin embargo, esta norma está actualmente demandada en la Corte Constitucional, porque, según la demanda, no acata lo que dice la CIDH acerca de que las sanciones a elegidos popularmente no deben ser efectuadas por la Procuraduría, debido a que no tienen facultades de jueces. Ahora la Corte Constitucional debe resolver si este ente de control puede sancionar o no a funcionarios elegidos popularmente.

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