Estos servicios no subirían de precio por el salario mínimo: influyen otros factores
El ingreso mensual quedó fijado en $1.750.905. Al sumarse el auxilio de transporte, el total para quienes tienen derecho a este beneficio asciende a $2.000.000
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Con el aumento del salario mínimo para 2026, decretado por el presidente Gustavo Petro con un incremento del 23 %, el ingreso mensual quedó fijado en $1.750.905. Al sumarse el auxilio de transporte, el total para quienes tienen derecho a este beneficio asciende a $2.000.000. Este anuncio, aunque esperado, abrió de inmediato una inquietud recurrente entre los colombianos: qué bienes y servicios subirán de precio el próximo año.
Durante varios años, buena parte de los costos cotidianos estuvieron atados directamente al Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV). Sin embargo, en la actualidad, varios servicios clave dejaron de depender de este indicador y ahora se ajustan con base en otros mecanismos, principalmente la inflación. Esto significa que el aumento salarial no se traduce, de forma automática, en un alza generalizada de todos los gastos.
De acuerdo con la información oficial, algunos de los gastos más frecuentes de los hogares ya no están conectados al salario mínimo. Un caso claro es el de los arriendos de vivienda. Por ley, los cánones solo pueden incrementarse con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), una medida que busca evitar aumentos desproporcionados y dar mayor estabilidad a los arrendatarios.
Algo similar ocurre con los peajes en vías nacionales y concesionadas. Estos valores se ajustan según la inflación o lo establecido en los contratos de concesión, sin una relación directa con el SMLMV. Por esta razón, el alza del salario mínimo no impactará de manera inmediata los costos de viajar por carretera.
Otro punto que suele generar preocupación son las sanciones de tránsito. Aunque afectan el bolsillo de millones de conductores, estas multas se calculan en Unidades de Valor Básico (UVB), que se actualizan con base en la inflación y no en el salario mínimo.
En cuanto a los servicios públicos domiciliarios, como agua, energía, gas y aseo, las tarifas se determinan mediante esquemas técnicos. Estos tienen en cuenta costos de operación, regulación sectorial e inflación. Si bien pueden presentar incrementos, no lo hacen de manera automática por el aumento del SMLMV.
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La educación privada también se rige por criterios distintos. Matrículas y pensiones se fijan con base en presupuestos internos y ajustes inflacionarios. Aunque cada institución define sus incrementos, estos deben mantenerse dentro de los límites legales y no dependen directamente del salario mínimo.
Aunque muchos servicios no están atados al SMLMV, el impacto del aumento salarial puede sentirse de forma indirecta. Sectores intensivos en mano de obra, como la vigilancia y el aseo en conjuntos residenciales, podrían ajustar sus tarifas si los mayores costos laborales se trasladan a los usuarios.
De igual forma, algunos servicios privados, como consultas médicas particulares o trabajos profesionales independientes, podrían encarecerse por ajustes generales de costos, aun cuando no exista una obligación legal de ligarlos al salario mínimo.