Pago de seguridad social y primas 2026: así afecta la medida al salario mínimo
Con el anuncio del Consejo de Estado sobre el salario mínimo, ¿empresas y trabajadores independientes deben continuar realizando sus aportes a salud y pensión bajo las cifras decretadas a finales del año pasado?
El pago de seguridad social y las prestaciones sociales en Colombia mantendrán el incremento del 23 % hasta el próximo 21 de febrero, según expertos legales. Tras el reciente auto del Consejo de Estado sobre el decreto del salario mínimo, las empresas y trabajadores independientes deben continuar realizando sus aportes a salud y pensión bajo las cifras decretadas a finales del año pasado, mientras se surte el plazo otorgado al Gobierno Nacional para expedir un nuevo documento.
Juan Camilo Pérez, gerente de Pérez y Pérez Abogados, aclaró en entrevista con Mañanas Blu 10:30 que el ajuste salarial sigue vigente para todos los efectos legales. "Desde el 1 de enero al 21 de febrero, el decreto que sacó el Gobierno rige sin ninguna modificación con su 23 %", señaló el jurista. Esto implica que las cotizaciones a EPS y fondos de pensión deben liquidarse sobre la base actual (1.750.905 pesos para el mínimo) sin variaciones inmediatas.
La medida cautelar del alto tribunal no anula el cobro, sino que exige al Ejecutivo sustentar técnicamente la cifra. Según Pérez, los ocho días calendario para la notificación vencerían a finales de este mes, fecha en la que se espera un nuevo decreto transitorio.
Pago de la prima de fin de año.
Foto: Freepik.
Impacto en el salario integral y primas
La incertidumbre también alcanzó a quienes devengan un salario mínimo integral, el cual quedó fijado en 22.761.765 pesos para 2026. Al estar indexado al salario mínimo legal, este grupo también debe recibir sus pagos con el aumento del 23 % durante este periodo de transición.
En cuanto a las prestaciones sociales, como primas y cesantías, el abogado recomendó a los empleadores mantener los promedios actuales. Aunque el Consejo de Estado cuestionó que el Gobierno fijara el aumento basándose únicamente en estudios de la OIT y no en los factores legales de la Ley 1278 de 1996, se prevé que el Ejecutivo subsane el error formal manteniendo el porcentaje por razones políticas y electorales.