JEP seguirá investigando magnicidio de Álvaro Gómez tras negar apelación de la familia
La Sección de Apelación de la JEP ratificó que esa jurisdicción es competente para investigar el magnicidio del líder conservador Álvaro Gómez Hurtado y advierte que la Fiscalía también puede investigar.
La JEP se declara competente para investigar el crimen de Álvaro Gómez Hurtado
La Sección de Apelación de la JEP ratificó la competencia de esa jurisdicción para investigar el magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado, asesinado el 2 de noviembre de 1995 en Bogotá, cuando salía de dictar clases en la Universidad Sergio Arboleda.
La familia del líder conservador había solicitado a la JEP revocar esa competencia y enviar el caso a la Fiscalía; sin embargo, la jurisdicción consideró que existen elementos suficientes para mantener la investigación en su órbita.
“La JEP tiene competencia material para adelantar la investigación por el presente caso. Aunado a ello, y reconociendo el interés legítimo que asiste a las víctimas en reclamar que se haga justicia por los hechos, la SA identifica que le corresponde al Estado encauzar de manera objetiva la totalidad de las acciones que resulten conducentes para garantizar el cumplimiento efectivo de su obligación de investigar y sancionar a los responsables”, señala la resolución de la Sección de Apelación.
Álvaro Gómez Hurtado
Foto: cortesía archivo El Espectador
La jurisdicción precisó que, aunque mantiene la competencia, la justicia ordinaria puede avanzar en otras hipótesis, ya que la JEP se concentrará en la relacionada con la presunta responsabilidad de la extinta guerrilla de las Farc.
“La Sección de Apelación insiste en que debe tenerse presente que la competencia que asume la JEP para investigar los homicidios de Álvaro Gómez Hurtado y José del Cristo Huertas Hastamorir solamente cobija la hipótesis relacionada con la presunta responsabilidad de exmiembros de las Farc-EP y, en consecuencia, no configura ningún tipo de interferencia con los avances que puedan seguir obteniéndose en la JPO por parte de las instituciones que se encuentran indagando la responsabilidad de otros agentes estatales y no estatales que no estarían sujetos a la competencia del órgano judicial transicional, por lo menos hasta la fecha. En ese sentido, como ya lo indicó la Sala de Reconocimiento, la Fiscalía y la Comisión de Investigación y Acusación podrán continuar con su función constitucional, en tanto siguen ostentando la titularidad de la acción penal de las investigaciones ya reseñadas y que no son objeto de estudio por la JEP”, agregaron los magistrados.
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Imagen: cortesía JEP
La familia de Álvaro Gómez ha reiterado que no cree en la versión de la extinta guerrilla de las Farc, según la cual esa organización es responsable del magnicidio. Sus familiares sostienen que habría una responsabilidad de Estado e incluso han señalado por su presunta responsabilidad al expresidente Ernesto Samper.
En la resolución también se indica: “Aunque no existe un nivel de certeza determinante, tampoco es descartable la responsabilidad de las Farc-EP y, en esa medida, se entiende que esta hipótesis podrá encontrar una evolución mientras avanza la investigación y el esclarecimiento de los patrones de violencia y hasta que se logre determinar de manera contundente la existencia, o no, de la responsabilidad penal que ha sido formulada por los comparecientes. Lo anterior, bajo la debida garantía de que en cada etapa del proceso las víctimas y demás intervinientes tendrán las oportunidades correspondientes para presentar, de acuerdo con las reglas procesales aplicables, las objeciones que estimen pertinentes”.
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La Sección recordó además que la jurisdicción tiene competencia prevalente para investigar hechos relacionados con el conflicto armado. En ese sentido, explicó que miembros del antiguo Secretariado de las Farc-EP afirmaron que el asesinato obedeció a una retaliación por las posturas políticas de Gómez Hurtado en la época del surgimiento de esa guerrilla, cuando los calificó como “repúblicas independientes”.