La JEP rechaza sometimiento de Sabas Pretelt y Alberto Velásquez
La JEP rechazó las solicitudes de sometimiento presentadas por el exministro del Interior y de Justicia, Sabas Pretelt de la Vega, y por el exdirector del Dapre, Alberto Velásquez Echeverri.
De acuerdo con la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, los delitos por los cuales ambos exfuncionarios fueron condenados en la justicia ordinaria no tienen relación con el conflicto armado interno, razón por la cual sus casos no son de competencia de la jurisdicción transicional.
Pretelt y Velásquez fueron condenados por ofrecer prebendas burocráticas a congresistas para obtener su apoyo en la reforma constitucional que permitió la reelección presidencial inmediata en 2004. Según la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de abril de 2015, ambos incurrieron en el delito de cohecho por dar u ofrecer, al acudir a prácticas corruptas para influir en las decisiones del Congreso, aprovechando los cargos que ocupaban en el Gobierno Nacional.
La JEP rechaza sometimiento de Sabas Pretelt y Alberto Velásquez
En el caso de Sabas Pretelt, la JEP destacó que, además de la falta de relación con el conflicto armado, el exministro no presentó un compromiso claro, concreto y programado con los fines de verdad, reparación y no repetición, pese a haber sido requerido en varias ocasiones. Por ello, la Sala rechazó de plano su solicitud y le negó cualquier beneficio transicional.
Respecto a Alberto Velásquez, la Sala determinó que su sanción penal ya había sido extinguida por la justicia ordinaria, por lo que su situación jurídica se encuentra resuelta de forma definitiva. En consecuencia, la petición de sometimiento fue declarada sin objeto.
Con esta decisión, la JEP reafirma que su competencia se limita exclusivamente a hechos relacionados con el conflicto armado y a quienes demuestren un compromiso real con los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición.