Procuraduría emite concepto sobre emergencia económica decretada por el Gobierno
El documento solicita que se declare la inexequibilidad en varios de sus apartes e introduce una excepción en materia de salud.
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La Procuraduría General de la Nación emitió concepto sobre la emergencia económica decretada por el presidente Gustavo Petro, actualmente bajo estudio de la Corte Constitucional, que previamente había suspendido sus efectos mediante una medida cautelar.
El documento, firmado por el procurador general Gregorio Eljach, solicita que se declare la inexequibilidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 en varios de sus apartes, al considerar que no se cumplen los presupuestos constitucionales para la declaratoria del estado de emergencia económica y social.
En el concepto se lee: “Asimismo, que declare la inexequibilidad del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 en lo relacionado con los hechos y consideraciones asociadas a (i) la necesidad de recursos en el sector defensa y en lo concerniente a la gestión de la Unidad Nacional de Protección, (ii) la atención de emergencia causada por el desastre natural, (iii) el pago de sentencias judiciales y el pago de obligaciones atrasadas”.
Uno de los argumentos centrales del Ministerio Público se refiere al sector defensa. Allí advierte: “Ante este panorama, el Ministerio Público considera que no procede la declaratoria del Estado de Emergencia Social y Económica respecto de estos hechos, pues, sin desconocer la relevancia de los mismos y su necesidad de atención, la situación actual es producto de fallas en los procesos de planeación del Gobierno nacional y las entidades públicas involucradas que, al momento de solicitar, asignar y priorizar los gastos, desconocieron el panorama y las realidades del país en materia de seguridad”.
En relación con el cambio climático y los desastres naturales, la Procuraduría sostiene que “el Estado ya actuó para la atención de esos eventos, de modo que acudir a los mismos hechos para una declaratoria de emergencia económica y social podría desdibujar la naturaleza de aquellas herramientas de planeación y gestión del riesgo”. Añade además que “no se superó el requisito de sobreviniencia propio del presupuesto fáctico, en tanto el Gobierno nacional no acreditó que el cambio climático y la incidencia estructural que conlleva haya agravado la situación de desastre natural ya advertida en el territorio nacional y en el departamento de Cundinamarca, de donde se deduciría la necesidad de giro de recursos adicionales por el carácter extraordinario de las circunstancias”.
Sin embargo, el concepto introduce una excepción en materia de salud. En este punto, la Procuraduría solicita que se declare la exequibilidad del decreto únicamente respecto de los hechos y consideraciones relacionados con la garantía del aseguramiento en salud, producto de la equiparación de la unidad de pago por capitación.
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Textualmente señala: “Por las razones expuestas, la Procuraduría General de la Nación le solicita a la Corte Constitucional que declare la EXEQUIBILIDAD del Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, ‘por el cual se decreta el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional’, únicamente respecto de los hechos y consideraciones relacionados con la garantía del aseguramiento en salud producto de la equiparación de la unidad de pago por capitación”.
Sobre este punto precisa que “el juicio de sobreviniencia se cumple. Además de tratarse de una cuestión relacionada con la problemática estructural en materia de salud, es cierto que la crisis fiscal y de iliquidez acaecida agravó esa situación. Lo anterior, porque para equiparar la prima pura en ambos regímenes se requiere un considerable aumento en los recursos exigidos y así cumplir con la obligación en la vigencia 2026, de manera que la posible falta de pago de estos recursos agudizaría e impactaría negativamente en la problemática estructural”.
El concepto del Ministerio Público se convierte en un insumo clave para la decisión de fondo que deberá adoptar la Corte Constitucional sobre la validez del decreto. El mes de abril es la fecha límite para que el alto tribunal comparta su decisión definitiva sobre la emergencia económica declarada por el Gobierno nacional.