¿Qué tan grave es la sanción del CNE a la campaña Petro Presidente y cómo impacta al Gobierno?
Alfonso Portela, exregistrador delegado para lo electoral, analiza la sanción del CNE a Petro Presidente y advierte riesgos penales por financiación prohibida y no reporte de recursos.
El presidente Gustavo Petro ha reiterado que el CNE no puede investigarlo.
El exregistrador delegado para lo electoral, Alfonso Portela, analizó en entrevista en Sala de Prensa a fondo la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de imponer sanciones a la campaña Petro Presidente 2022, un hecho que calificó como histórico, no solo por su impacto político sino por las consecuencias administrativas y penales que se desprenden.
Portela explicó que, a diferencia de investigaciones previas a campañas presidenciales, como las de Juan Manuel Santos u Óscar Iván Zuluaga, esta es la primera vez que el CNE materializa una sanción de esta naturaleza. “Aquí el gerente termina sancionado, y en las campañas anteriores (…) las investigaciones fueron archivadas”, recordó.
Sin embargo, aclaró que en el caso Santos, aunque la investigación electoral no produjo sanciones, su gerente de campaña, Roberto Prieto, sí fue condenado posteriormente, aunque por hechos que no correspondían directamente a financiación electoral. “No creo que resulta sancionado penalmente por otros asuntos, pero directamente por el tema de campaña no”, puntualizó.
¿Qué tan grave es la sanción?
A juicio de Portela, la sanción impuesta por el CNE —limitada en este caso a multas económicas— no representa el mayor riesgo para los responsables financieros de la campaña. Asegura que lo verdaderamente delicado está en el plano penal.
Campaña Petro Presidente 2022
AFP
“La parte más gravosa tiene que ver con la sanción penal, cuando ya los temas los toma la Fiscalía (…) estamos hablando de una situación mucho más compleja”, advirtió, subrayando que tanto el gerente Ricardo Roa, como la tesorera y la auditora, enfrentan posibles responsabilidades por delitos como financiación prohibida, violación de topes y ocultamiento de información.
Portela insistió en que la Fiscalía ya tenía abierta una investigación al respecto: “Eso es una obligación del Consejo Nacional Electoral. Si encontró irregularidades, debe compulsar copias”. Recordó que delitos como acudir a fuentes prohibidas —incluyendo aportes de personas jurídicas, como sindicatos— pueden acarrear penas de 4 a 9 años de prisión.
Claves de la investigación
El exregistrador explicó que la ley es explícita al prohibir aportes de personas jurídicas a campañas presidenciales. “Aquí no es narcotráfico ni minería ilegal. Es una plata legal, pero la ley lo prohíbe”, dijo en referencia a las donaciones de sindicatos.
Sobre el pago de testigos electorales, sostuvo que existe un debate jurídico pendiente, pues estos no buscan votos, sino que vigilan el proceso. Aun así, subrayó que el no reporte de recursos constituye en sí una falta grave.
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Consultado sobre la eventual responsabilidad del presidente Gustavo Petro, Portela fue categórico en recordar que el fuero presidencial obliga a que cualquier proceso pase por el Congreso. “La financiación prohibida sí involucra al presidente (…) pero el juicio lo adelanta la Comisión de Acusaciones”, explicó. El Congreso no sanciona penalmente, sino que decide si levanta el fuero para que intervenga la Corte.
Finalmente, Portela anticipó una discusión jurídica compleja. Señaló que la defensa del presidente y del Pacto Histórico probablemente alegará la caducidad de la acción sancionatoria, contemplada en el artículo 52 del CEPACA. “Si en tres años no hay sanción, caducó”, recordó, aunque aclaró que el CNE argumenta que hubo eventos que suspendieron el término.