El Consejo de Estado no aceptó una tutela con la que Reficar pretendía tumbar apartes del laudo arbitral que la condenó a pagar más de 30.000 millones de pesos.
La Refinería de Cartagena incumplió un contrato de consultoría, interventoría y gestoría que celebró con el consorcio ICG-Icsas, en medio de la ejecución de la ampliación de la refinería.
Por eso, Reficar debía pagar $31.992.524.862, lo que incluía intereses de mora.
Sin embargo, mediante una tutela, Reficar pretendía tumbar el laudo pues decía que “se valoró irracionalmente la prueba que demostraba que los efectos suspensivos de ciertas obligaciones de Reficar estaban sustentados en una de las cláusulas del contrato”.
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La refinería argumentaba que no se tuvo en cuenta el debido proceso y el trato igualitario.
El Consejo de Estado le dijo a Reficar que ese alto tribunal no es una tercera instancia, que la decisión ya había sido ratificada por el tribunal de arbitramiento y que la tutela no es el mecanismo para esos alegatos.
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No se cumplió con el requisito de relevancia constitucional. El actor plantea que se violaron sus derechos fundamentales, basado en un debate probatorio y económico que ya fue resuelto por el mencionado juez natural de la causa.