Supuestos embargos masivos en cuentas bancarias: Dian aclara lo que realmente ocurre con deudores
En días recientes circuló información sobre un supuesto decreto que permitiría a la Dian embargar cuentas bancarias y tarjetas a deudores, lo que llevó a la Dian a aclarar algunos puntos.
La entidad del Gobierno que se encarga de recaudar los impuestos de los colombianos es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la cual también administra y controla aduanas y el comercio exterior, con el fin de garantizar la seguridad fiscal del Estado.
Asimismo, allí los ciudadanos pueden gestionar trámites relacionados con el Registro Único Tributario (RUT), recaudo de tributos como el IVA, renta, entre otros.
Desde hace unos días ha estado circulando una información sobre un supuesto decreto que permite a la Dian embargar cuantas bancarias y tarjetas de crédito de las personas que cuentan con una deuda activa, por ello la entidad aclaró algunos puntos.
Dian aclara información sobre supuesto decreto para embargar cuentas bancarias
Frente a lo anterior, la Dian aclaró que "no existe ningún decreto para embargar masivamente cuentas bancarias o tarjetas de crédito".
El pronunciamiento se debe a que en los últimos días ha estado circulando información relacionada con el tema. Por ello, la entidad indicó que: “no hace embargos automáticos ni generales”.
Si bien es cierto que la Dian cuenta con procesos para cobrar lo que adeudan los colombianos, esto debe hacerse bajo un procedimiento estipulado por la ley.
Persona recibiendo una notificación de embargo.
Foto: creada con Meta AI.
De cuerdo con la página web de la entidad, los procesos de recaudación y cobro se centran en el Procedimiento Administrativo de Cobro Coactivo, “una vía extrajudicial para forzar el pago de deudas tributarias mediante embargo, secuestro y remate de bienes”.
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No obstante, primero deben cumplirse unos pasos iniciando con “un mandamiento de pago notificado al contribuyente, ofreciendo etapas persuasivas (acuerdos de pago) y, si no hay respuesta, ejecutando las medidas cautelares, incluyendo remates virtuales, para satisfacer la obligación fiscal”.
Por medio de una publicación en X la entidad explicó que las actuaciones de cobro se ejecutan así:
Solo se activan tras múltiples llamados previos y falta de acción del contribuyente.
Estas notificaciones pueden ser entregadas personalmente, por correo certificado o mediante publicación en el boletín oficial de la entidad, por ello, es importante que las personas tengan su información actualizada.
¿Qué sucede si no se paga la deuda a la Dian?
Si el deudor no cumple con el pago de su obligación, la entidad estatal puede proceder conforme a lo establecido en el Artículo 837-1 del Estatuto Tributario, el cual señala que el tope de inembargabilidad corresponde a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes depositados en la cuenta de ahorros más antigua del contribuyente.
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En consecuencia, cuando una persona natural posee una cuenta de ahorros cuyo saldo no supera ese límite, dicha cuenta no es susceptible de embargo por parte de la Dian. Sin embargo, los recursos que excedan ese monto sí pueden ser objeto de esta medida.
Luego de validar lo anterior, la entidad puede ejecutar las siguientes acciones:
Embargo de bienes: la entidad está facultada para retener cuentas bancarias, inmuebles y demás bienes pertenecientes al deudor.
Secuestro de bienes: de manera complementaria al embargo, la Dian puede ordenar el secuestro de los activos retenidos, lo que restringe su uso o libre disposición por parte del obligado.
Remate de bienes: en caso de que la obligación continúe sin ser cancelada, los bienes embargados y secuestrados podrán ser subastados con el fin de cubrir la deuda.
Acciones penales: cuando se presentan situaciones de evasión relevante o fraude, la Dian está en capacidad de presentar denuncias penales contra el deudor.
🚨 ¡Falso!
⛔️No existe ningún decreto para embargar masivamente cuentas bancarias o tarjetas de crédito.
La DIAN no hace embargos automáticos ni generales.
Las actuaciones de cobro: ✔️ Son individuales ✔️ Siguen debido proceso ✔️ Solo se activan tras múltiples llamados… pic.twitter.com/yZTlyYo3VH