Las autoridades capturaron a Mario Antonio Modesti, alias ‘Mil Caras’, señalado de estafar y drogar a más de 50 personas en distintas ciudades del país, principalmente en Bogotá, Medellín y Bucaramanga. De acuerdo con la investigación, las víctimas eran en su mayoría miembros de la comunidad LGTBQ+, quienes fueron contactados a través de aplicaciones de citas.Según el reporte, Modesti, de nacionalidad venezolana, se presentaba como empresario exitoso o extranjero adinerado, incluso asegurando trabajar en el sector petrolero. Tras generar confianza, acordaba encuentros en hoteles o residencias privadas. Una vez a solas, aprovechaba descuidos para contaminar las bebidas con sustancias tóxicas, dejando a las víctimas en estado de indefensión. En entrevista con Testigo Directo, un ciudadano francés, víctima del hombre, relató que “el último recuerdo concretamente es servir la cerveza, hablar un poco y de ahí la memoria se me fue hasta tres días después”. Otra persona afectada aseguró que permaneció “casi una semana caminando como un zombi” debido a los efectos del narcótico.En ese estado, el presunto delincuente accedía a información personal y financiera, logrando vaciar cuentas bancarias y realizar millonarios retiros. En uno de los casos documentados, el hurto superó los 130 millones de pesos, además de sumas en dólares. Las autoridades también establecieron que alias ‘Mil Caras’ robaba pasaportes y documentos, los cuales modificaba para suplantar identidades y cometer nuevos delitos, una práctica que repetía hasta tres veces por semana mientras se desplazaba por diferentes regiones del país.Tras 60 días de seguimiento, la Policía Metropolitana de Bogotá logró su captura. Las investigaciones indican que Modesti tendría antecedentes por hechos similares desde 2007 en Venezuela.Una de las víctimas advirtió sobre los riesgos del uso de estas plataformas digitales, señalando que “cuando uno pone que es extranjero, para un ladrón uno se pone en la puntería”. Las autoridades continúan recopilando denuncias para establecer la totalidad de los afectados y el monto real del dinero hurtado.
La senadora Paloma Valencia decidirá este lunes si se une a la Gran Consulta por Colombia para las elecciones presidenciales de 2026.Si decide hacerlo, deberá medirse el 8 de marzo en las urnas con los seis precandidatos de esa consulta: Vicky Dávila, David Luna, Mauricio Cárdenas, Aníbal Gaviria, Juan Manuel Galán y Juan Daniel Oviedo.Valencia tomará la decisión tras una reunión que tendrá este lunes. Sobre el tema, Valencia ha dicho: “Tenemos reunión y con ello decidimos. Consulta o primera vuelta, esas son las opciones”.Las declaraciones las dio en la presentación de la lista a la Cámara por Bogotá del Centro Democrático.Es importante recordar que este lunes también hubo reunión de la Gran Consulta por Colombia con Juan Carlos Pinzón; sin embargo, hasta el momento no se ha tomado una decisión de fondo sobre su llegada a esa coalición.
Los deepfakes dejaron de ser una curiosidad tecnológica para convertirse en una amenaza cotidiana. Gracias a los avances de la inteligencia artificial generativa, hoy es posible crear videos y audios extremadamente realistas que imitan rostros, gestos y voces con una precisión inquietante. En este escenario, ver y escuchar ya no es sinónimo de verdad, lo que obliga a ciudadanos, empresas e instituciones a desarrollar una mirada crítica frente a los contenidos digitales que circulan a diario.Este fenómeno se da en medio de un crecimiento acelerado de los ciberdelitos. En Colombia, la Policía Nacional reportó que en 2024 se registraron 74.829 denuncias por este tipo de delitos, cerca de un 20 % más que en 2023, además de más de 36.000 millones de intentos de ciberataques. Estas cifras ubican al país como el segundo más afectado de América Latina y evidencian el impacto en sectores sensibles como la banca, la salud y la energía, donde las pérdidas económicas y la desconfianza de los usuarios van en aumento.“Los deepfakes dejaron de ser un experimento tecnológico y hoy son una herramienta de fraude a gran escala. Cuando la identidad puede falsificarse con este nivel de realismo, la confianza digital se rompe”, advirtió Ricardo Amper, fundador y CEO de Incode. El directivo subrayó que, ante esta amenaza, se vuelve indispensable contar con soluciones especializadas capaces de detectar identidades sintéticas antes de que se conviertan en fraudes consumados.Así puede identificar las deepfakesUna de esas soluciones es Deepsight, una tecnología de defensa avanzada que analiza de forma simultánea el video, los movimientos, el comportamiento del usuario y la integridad del dispositivo para encontrar inconsistencias imperceptibles para el ojo humano. Esta herramienta fue evaluada por la Universidad de Purdue, en Estados Unidos, donde obtuvo la mayor precisión y la menor tasa de falsos positivos entre las soluciones comerciales analizadas, lo que refuerza su efectividad frente a contenidos manipulados por IA.En un mundo donde los sistemas digitales verifican identidades y toman decisiones de manera automática, aprender a identificar los deepfakes y fortalecer las defensas tecnológicas es un requisito crítico. “La inteligencia artificial seguirá transformando nuestra forma de vivir y trabajar, pero esa transformación solo será sostenible si preservamos la confianza”, concluyó Amper.
Las autoridades de tránsito y la Policía Metropolitana de Bucaramanga expresaron su preocupación por los reiterados hechos de intolerancia que se registran en el área metropolitana, luego de que una discusión por un accidente vial terminara en una tragedia.El caso se presentó hacia las 3:30 de la madrugada de este domingo 21 de diciembre, en la vía que comunica a Bucaramanga con Girón, a la altura del kilómetro 3, en el sector del barrio Los Guacamayos.Según el reporte oficial, Juan Pablo Villamizar, de 20 años, se movilizaba en una motocicleta junto a su pareja, María Camila Duarte Solano, cuando colisionaron con otro vehículo. Tras el choque, que inicialmente solo dejó daños materiales, se produjo una discusión entre los involucrados por la responsabilidad del accidente.La confrontación fue escalando hasta convertirse en una riña. En medio del altercado, uno de los ocupantes del otro vehículo sacó un arma cortopunzante y atacó al joven motociclista, causándole una herida mortal en el pecho. Pese a los esfuerzos por auxiliarlo, Juan Pablo Villamizar falleció en el lugar de los hechos.La Policía Nacional logró la captura en flagrancia de uno de los presuntos agresores, identificado como Cristian Andrés Amado Quiroz, de 20 años, quien se desempeña como domiciliario y quedó a disposición de las autoridades judiciales.El comandante de la Policía Metropolitana de Bucaramanga, general William Quintero, lamentó lo ocurrido y reiteró el llamado a la calma: "Se presentó un accidente de tránsito. Estas personas incluso habían llegado a un acuerdo por los daños causados, pero uno de ellos no quedó conforme con lo pactado, sacó un arma blanca y asesinó al otro. Es muy lamentable que se sigan registrando estos hechos de intolerancia, especialmente en una época navideña”, señaló el oficial.Finalmente, las autoridades insistieron en la importancia de resolver los conflictos de manera pacífica y recordaron que la intolerancia y las riñas siguen siendo una de las principales causas de hechos violentos en Bucaramanga, dejando familias enlutadas en fechas de celebración.
En Colombia, vivir en unión libre con la pareja no significa quedar por fuera de las obligaciones legales que surgen durante y después de la convivencia. Así lo dejó claro la Corte Constitucional al pronunciarse sobre un tema que, con frecuencia, genera dudas cuando una relación termina y una de las partes queda en una situación económica compleja.En los últimos años se ha abierto el debate sobre si es posible solicitar una cuota alimentaria entre excompañeros permanentes. La respuesta de la Corte fue clara y marca un precedente importante para quienes compartieron años de vida en pareja sin haber contraído matrimonio. El alto tribunal reiteró que la unión marital de hecho también genera derechos y deberes, incluso después de la separación.Corte Constitucional aclara cuándo aplica la cuota alimentaria en unión libreDe acuerdo con la Sentencia T-372 de 2025, la Corte analizó el caso de una mujer que convivió con su pareja por más de dos décadas y con quien tuvo dos hijos. Tras la ruptura, quedó en una situación económica desfavorable, mientras su expareja conservó estabilidad financiera. Frente a ese escenario, la Corte concluyó que, una vez demostrada la existencia de una unión marital de hecho, el excompañero que se encuentre en condiciones de debilidad puede solicitar una cuota alimentaria.El fallo recordó que la unión libre está protegida por la Ley 54 de 1990 y la Ley 979 de 2005, normas que reconocen derechos y deberes similares a los del matrimonio. La clave, según la Corte, está en probar que existió una convivencia estable y permanente por un período mínimo de dos años, lo que permite hablar de la conformación de una sociedad patrimonial entre compañeros permanentes.Este pronunciamiento refuerza la idea de que el vínculo jurídico no depende únicamente de un acta o un contrato formal, sino de la realidad de la vida en común y del apoyo mutuo que caracterizó la relación.No se necesita escritura pública para reclamar derechos en unión maritalUno de los puntos más relevantes del pronunciamiento es que la ausencia de una escritura pública, un acta de conciliación o una sentencia previa no puede convertirse en un obstáculo automático para negar una cuota alimentaria. La Corte fue enfática en señalar que los jueces no deben limitarse a revisar formalidades, sino analizar el caso de fondo y verificar si la unión existió en la práctica.Para demostrar la unión marital de hecho, se pueden presentar diferentes tipos de pruebas que acrediten la convivencia y el proyecto de vida en común, entre ellas:Testimonios de familiares, amigos o vecinos.Afiliaciones conjuntas al sistema de seguridad social.Registros civiles de los hijos en común.Documentos que evidencien convivencia, apoyo económico o administración conjunta del hogar.Publicaciones en redes sociales que reflejen una vida en pareja estable.Estos elementos permiten reconstruir la relación más allá de la ausencia de documentos formales y ayudan al juez a establecer si existió una verdadera unión libre.Ahora bien, la Corte también puso el foco en lo que ocurre después de la separación. No basta con probar que hubo convivencia; es necesario demostrar que una de las partes quedó en una situación de vulnerabilidad económica frente a la otra. Si se acredita que el excompañero tiene capacidad económica y que la ruptura afectó el mínimo vital de quien solicita la cuota, el juez puede ordenar el pago de alimentos a favor de la expareja.Eso sí, el fallo recordó que las acciones relacionadas con la sociedad patrimonial tienen plazos definidos. La Ley 54 de 1990 establece que la disolución y liquidación de dicha sociedad prescriben, por regla general, al año contado desde la separación definitiva. Un detalle clave que no se debe pasar por alto al momento de iniciar cualquier reclamación.