Una actuación preventiva fue la que inició la Procuraduría General de la Nación para verificar las denuncias sobre supuestas irregularidades que habría cometido en materia administrativa, contractual y financiera el hoy ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, cuando fungió como agente especial de la empresa Air-e Intervenida.
Para ello, la Procuraduría le envió una solicitud a la Superintendencia de Servicios Públicos para que en un plazo máximo de cinco días hábiles, que se cumplen este viernes, envíe al ente de control información sobre el proceso de intervención de Air-e que inició en septiembre de 2024.
Puntualmente, el Ministerio Público pide información sobre 11 ítems relacionados con nombramientos y conflictos de interés, contratos y uso de recursos públicos, y manejo del Fondo Empresarial y pagos efectuados en medio de esta intervención.
Palma es cuestionado por contratar a familiares y amigos de él cuando estuvo en la intervenida empresa de energía, por lo que la Procuraduría pide “allegar relación de todos los nombramientos en cargos directivos, gerenciales y de confianza en Air-e desde septiembre de 2024”.
De hecho, pide a Superservicios confirmar si tenía “conocimiento de vínculos entre Edwin Palma y Juan Pablo Nieto Egea previo al nombramiento” de este último como gerente de contabilidad de Air-e Intervenida y de quien se conoció que es primo del alto funcionario.
En relación al uso de recursos públicos la Procuraduría solicita, entre otras, “detalle completo de contratos suscritos entre octubre de 2024 y agosto de 2025, incluyendo objeto, contratista, valores, modalidades de selección, recursos empleados y estado de ejecución”.
Además, pide información sobre “montos totales girados por el Fondo Empresarial a Air-e desde septiembre de 2024, desglose y destino específico de dichos giros (proveedores, acreedores, etc.) y criterios para priorización de pagos y existencia de beneficiarios recurrentes o favorecidos de manera sistemática”.
Al final, el ente afirma “la actuación preventiva tiene como objetivo anticiparse a la ocurrencia de hechos que puedan vulnerar los derechos de las personas o amenazar el adecuado ejercicio de la función pública”, pero que ello “no implica, en modo alguno, la coadministración o injerencia en las decisiones administrativas, financieras, técnicas o jurídicas de las entidades públicas o de los particulares que ejercen funciones públicas”.