SuperSalud autoriza reforma estatutaria en la Nueva EPS, ¿que significa?
La Superintendencia Nacional de Salud autorizó a los accionistas de Nueva EPS a modificar la composición accionaria de la entidad, con el fin de facilitar la toma de decisiones relacionadas con su capitalización.
El 21 de agosto de 2025 la Superintendencia Nacional de Salud expidió la Resolución No. 7064-6, mediante la cual autorizó la reforma estatutaria de los artículos 16, 17, 21, 22 y 66 de la Nueva EPS,entidad que en este momento se encuentra bajo intervención por el Gobierno del presidente Gustavo Petro. El agente interventor solicitó la autorización previa para realizar los ajustes, los cuales fueron avalados por la Asamblea General de Accionistas el 28 de julio de 2025.
Entre los cambios aprobados se encuentran los artículos 16 y 17, que modifican las reglas sobre emisión, colocación y oferta de acciones. En el artículo 16 se reduce del 80 % al 60 % el porcentaje de votos necesarios para autorizar la emisión de acciones y para colocarlas sin derecho de preferencia, lo que facilita decisiones de capitalización. El artículo 17, por su parte, amplía la competencia para aprobar el reglamento de colocación de acciones, que antes correspondía solo a la Junta Directiva y ahora también puede hacerlo la Asamblea de Accionistas.
En cuanto a los artículos 21 y 22, las modificaciones están relacionadas con los derechos de los accionistas. El artículo 21 amplía las facultades de la Asamblea, que ahora puede definir junto a la Junta Directiva las reglas para la negociación del derecho de preferencia en la compra de acciones. El artículo 22, que antes obligaba a mantener proporciones fijas de participación entre la Nación y las Cajas de Compensación, elimina esa rigidez y abre la posibilidad de que, si un accionista vende la totalidad de sus acciones y los demás no las adquieren en seis meses, la sociedad pueda aprobar la venta a terceros con el 75 % de los votos.
Nueva EPS
Foto: Twitter @GCuidandoGente
Finalmente, el artículo 66, que regula las causales de disolución, ya no obliga a la liquidación si cambia la proporción accionaria. Ahora se remite únicamente a las causales generales del Código de Comercio y a lo dispuesto en la Ley 2069 de 2020, lo que otorga más estabilidad a la sociedad y evita que modificaciones en la propiedad la lleven automáticamente a disolverse.
En este caso, la Superintendencia dispuso la autorización formal de la reforma estatutaria aprobada por los accionistas, advirtió que los artículos no modificados deben mantenerse intactos, y exigió que una vez registrada la reforma en la Cámara de Comercio, se remita una copia completa de los estatutos actualizados a la entidad de control. Además, ordenó la notificación electrónica al representante legal de la EPS, con plena validez jurídica.
De esta manera, la resolución no solo valida la decisión de la Asamblea de Accionistas, sino que también refuerza la supervisión del Estado sobre la Nueva EPS en medio de la crisis del sistema de salud.