Exjugadores de más de 80 años están esperando que se le reconozcan sus derechos y así acceder a una pensión. Desde la década de los 60 y antes de los 2000, hay al menos 1.000 futbolistas que no han podido acceder a este dinero, pese a que fueron figuras y referentes de diferentes clubes del FPC.El exjugador Hugo Galeano expresó en Blog Deportivo que espera que las autoridades competentes los ayuden, pues es "un derecho que nunca a presidir". Además, recordó que ya algunos exfutbolistas fallecieron esperando su pensión."Que se den cuenta de que la problemática no es solamente de un solo jugador, sino de muchos. Son más de 1000, somos más de 1000", afirmó.Galeano, quien lidera esta iniciativa junto con un grupo de abogados y la asociación de exfutbolistas creada en 2020, explicó que la lucha busca que los clubes reconozcan las semanas laborales que, según afirma, nunca fueron reportadas a los sistemas de pensiones. El exjugador aseguró que el caso ya llegó a la Comisión Séptima del Senado, donde fue catalogado como un trámite de urgencia, y que también han presentado solicitudes ante la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Trabajo, Colpensiones, la Federación Colombiana de Fútbol y la Dimayor, además de organismos internacionales como la ONU, la OEA, la FIFA y FIFPRO.El exjugador de la Selección Colombia insistió en que no buscan confrontar a los clubes, sino que estos reconozcan una obligación laboral. "No estamos pidiendo limosna, estamos reclamando un derecho que adquirimos como trabajadores", afirmó, al señalar que en las historias laborales de muchos exjugadores aparecen vacíos que hoy les impiden completar las semanas necesarias para pensionarse.Galeano también recordó casos de reconocidos futbolistas que continúan esperando una solución, como Luis Carlos Perea, Bendito Fajardo, Arturo Segovia y otros exprofesionales que atraviesan difíciles condiciones de salud. Incluso mencionó que algunos, como el recordado 'Pocillo' López, fallecieron sin haber recibido el reconocimiento de las semanas trabajadas.El 11 de agosto la Defensoría del Pueblo espera recibir una respuesta de la Dimayor en una mesa de trabajo junto con el Ministerio del Trabajo, Colpensiones y la Federación Colombiana de Fútbol.
El Congreso de la República comenzó el trámite de un proyecto de ley que propone modificaciones en el régimen civil de los divorcios en Colombia.La iniciativa contempla que un juez de la República ordene el pago de una cuota de sostenimiento de hasta el 50 % de la mesada pensional del cónyuge culpable a favor del cónyuge inocente.El descuento aplicaría sobre pensiones de vejez, invalidez o asignaciones de retiro, y busca amparar a las personas que quedaron en desventaja económica tras años de dedicación al trabajo doméstico no remunerado.¿En qué consiste la medida sobre la mesada pensional?La propuesta legislativa no crea un nuevo tipo de pensión ni afecta los recursos del Estado.En términos sencillos, el proyecto plantea un mecanismo de protección donde el cónyuge que provocó el divorcio comparte una parte de sus ingresos pensionales con su expareja.El porcentaje del descuento, que no podrá superar la mitad del valor mensual del beneficio, será determinado por el juez encargado de resolver el proceso de divorcio según las pruebas del caso.Requisitos para acceder a la cuota pensional tras el divorcioLa asignación de estos recursos no funcionará de forma automática. El proyecto estipula que el beneficiario deberá acreditar de manera obligatoria las siguientes condiciones:Ausencia de culpa: no haber incurrido en ninguna de las causales de divorcio estipuladas en la ley.Tiempo dedicado al hogar: haber permanecido mínimo 20 años dedicado a las labores domésticas o al cuidado de los hijos.Falta de pensión propia: no haber realizado aportes suficientes para obtener una mesada o contar con una que resulte insuficiente.Límite de ingresos: no percibir rentas, ayudas o ingresos superiores a un salario mínimo mensual legal vigente.Liquidación insuficiente: demostrar que los bienes recibidos en la liquidación de la sociedad conyugal no garantizan ingresos por encima de la línea de pobreza.¿Cómo se pagará el beneficio y qué pasa en caso de muerte?Una vez dictada y ejecutoriada la sentencia firme del divorcio, el juez emitirá una orden directa a la administradora de fondos de pensiones o a la entidad pagadora.La institución deberá descontar mes a mes el porcentaje fijado por el despacho judicial y realizar el giro inmediato a la cuenta del beneficiario.Frente a la duración del recurso, la iniciativa establece límites claros:Muerte del cónyuge culpable: la cuota se extingue automáticamente al desaparecer la pensión de la cual se genera el descuento.Muerte del cónyuge beneficiario: el dinero no se transmite ni se hereda. Los recursos retornan de manera íntegra al titular de la mesada.El documento fue radicado el 28 de julio de 2026 en la Secretaría General del Senado de la República bajo el radicado de Proyecto de Ley 102 de 2026.La autoría principal es del presidente del Congreso, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, acompañado por congresistas del Centro Democrático como Juan Fernando Caicedo, Daruin Castellanos, Óscar Darío Pérez, Enrique Cabrales y Esteban Quintero, junto al representante Juan Felipe Corzo.En la exposición de motivos, los autores sostienen que el objetivo central es proteger a las mujeres que sacrificaron su trayectoria laboral para cuidar a sus familias y quedaron expuestas a la pobreza tras una ruptura matrimonial.Para convertirse en ley de la República, la iniciativa deberá superar cuatro debates formales en las comisiones y plenarias del Senado y la Cámara de Representantes.
Quedarse sin empleo cuando se está a pocos años de pensionarse puede afectar directamente la estabilidad económica de una familia. Precisamente por ello, la Corte Suprema de Justicia estableció un nuevo criterio que fortalece la protección de los trabajadores prepensionados y, de esa manera, limita los despidos sin justa causa durante la etapa previa a la jubilación.La decisión quedó consignada en la Sentencia SL2600-2025 de la Sala de Casación Laboral, la cual amplió el alcance del fuero de estabilidad laboral reforzada. Con este fallo, la protección no dependerá únicamente de las semanas cotizadas, sino también de la cercanía del trabajador a la edad exigida para pensionarse.¿Qué trabajadores no pueden ser despedidos sin justa causa?La Corte señaló que la estabilidad laboral reforzada cobija a los trabajadores del sector privado que estén a tres años o menos de cumplir la edad para acceder a la pensión, incluso si ya reunieron el número mínimo de semanas exigidas por el sistema.Es decir, la protección aplica cuando el empleado está próximo a alcanzar la edad legal para pensionarse.De acuerdo con el alto tribunal, este periodo representa una etapa de especial vulnerabilidad, ya que perder el trabajo puede afectar el sustento del trabajador y de su familia. Por ello, consideró necesario garantizar la continuidad laboral hasta que se consolide el derecho pensional.¿Qué pasa si despiden a un trabajador cerca de pensionarse?La decisión no significa que estos empleados sean intocables. Según la Corte, las empresas pueden terminar el contrato si existe una justa causa debidamente justificada o alguna otra causal prevista por la legislación laboral.Pero si un trabajador protegido por este fuero es despedido sin causa legal, podrá acudir ante la justicia laboral y solicitar:El reintegro a su cargo.El pago de los salarios dejados de percibir.El reconocimiento de las prestaciones sociales correspondientes al tiempo que estuvo desvinculado.Será un juez quien determine si el despido vulneró la estabilidad laboral reforzada y si procede ordenar esas medidas.Sentencia cambia la protección para prepensionadosAntes de este fallo existían interpretaciones según las cuales el fuero solo protegía a quienes todavía les faltaban semanas para pensionarse.Con la Sentencia SL2600-2025, la Sala Laboral modificó ese criterio y concluyó que estar próximo a cumplir la edad de jubilación también justifica la protección especial.Para la Corte, afirmar que una persona puede esperar la pensión mientras permanece desempleada desconoce la realidad económica de quienes dependen de su salario para cubrir sus necesidades básicas. Además, mantener el vínculo laboral hasta que se consolide el derecho pensional facilita una transición más estable hacia la jubilación.
El Tribunal Superior de Medellín concedió la pensión de sobreviviente vitalicia a una madre tras la muerte de su hijo, eliminando la exigencia tradicional de probar con "pesos y centavos" o recibos y exactos cuánto le aportaba económicamente. Decisión irá a casación en la Corte Suprema de JusticiaEsta decisión podría marcar un precedente para cientos de familias que buscan el reconocimiento de una pensión de sobrevivientes en Colombia. En un fallo de segunda instancia, esa corporación revocó la negativa emitida por un juzgado laboral de la ciudad y ordenó reconocer una pensión vitalicia a favor de María Genoveva Bravo Bedoya, madre de Mauricio Tabares, quien falleció el 6 de junio de 2020.El caso está relacionado con uno de los aspectos más debatidos sobre este tipo de procesos: la acreditación de la dependencia económica. Durante años, en numerosos litigios se ha exigido a quienes reclaman este derecho demostrar con precisión cuánto dinero recibían del familiar fallecido, incluso estableciendo porcentajes o montos específicos del aporte económico.En este expediente quedó acreditado que Mauricio Tabares contribuía mensualmente con sumas entre 400.000 y 500.000 pesos para cubrir gastos esenciales de su madre, entre ellos alimentación y arriendo. Tras su fallecimiento, ese ingreso desapareció, afectando de manera directa las condiciones materiales de vida de María Genoveva Bravo Bedoya.Pese a ello, un juzgado laboral de Medellín en primera instancia negó la demanda al considerar que no existía prueba suficiente para determinar exactamente cuál era el monto o porcentaje del aporte realizado por el hijo y, en consecuencia, establecer si este constituía una ayuda significativa para el sostenimiento de su madre.Sin embargo, el Tribunal Superior de Medellín llegó a una conclusión distinta. Al resolver la apelación, la corporación señaló que el juzgado hizo una valoración equivocada de las pruebas y, además, el fondo de pensiones en la pruebas presentadas tergiversó el contenido del informe investigativo.Esteban Manco, abogado defensor de la demandante expuso que es muy poco probable que los aportes de este tipo puedan ser probados, además que en el caso particular se demostró que la ausencia del hijo sí produjo una disminución real en las condiciones materiales de subsistencia de su madre."Eso fue realmente un argumento absurdo por las dinámicas familiares de el aporte de un hijo a su padre o a su madre no queda consignado en un pagaré, en un cheque, en recibo de pago, en un aporte por consignación", señaló Manco.Como consecuencia, el Tribunal ordenó reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes de manera vitalicia a favor de María Genoveva Bravo Bedoya. No obstante, el proceso no ha concluido.El fondo de pensiones demandado interpuso recurso extraordinario, por lo que el expediente será revisado por la Corte Suprema de Justicia, instancia que tendrá la última palabra sobre el caso, aunque todo apunta a que el alto tribunal mantendría la línea jurisprudencial que prioriza la comprobación de la afectación económica real sobre la exigencia de cuantificar con exactitud el dinero que aportaba el familiar fallecido.
Los pensionados de Colombia normalmente no están obligados a realizar trámites para recibir su mesada. Sin embargo, existe un grupo específico que sí debe acreditar periódicamente que continúa con vida. De no hacerlo dentro de los plazos establecidos, podrían quedarse sin su mesada, pues esta sería suspendida de manera preventiva.La medida aplica exclusivamente para quienes viven fuera de Colombia, debido a que las entidades pensionales no pueden actualizar de manera automática la información de los fallecidos registrados en otros países. Por tal motivo, la norma obliga a que los beneficiarios presenten un certificado de supervivencia de manera periódica.Pensionados deben presentar certificado de supervivenciaLa legislación colombiana establece que los jubilados que viven fuera del país deben reportar su condición de supervivencia cada seis meses ante la entidad que administra su pensión.Por lo tanto, si el fondo de pensiones no recibe este documento dentro del plazo correspondiente, la consecuencia será la suspensión preventiva del pago de la mesada hasta que el pensionado entregue la certificación exigida.En caso de que el beneficiario se encuentre en Colombia cuando deba realizar el trámite, tiene la posibilidad de acercarse a cualquier oficina de su fondo de pensiones con su cédula de ciudadanía y acreditar su supervivencia.¿Quiénes no necesitan acreditar su supervivencia?Para los pensionados que viven en Colombia, el procedimiento no es obligatorio. La Ley 019 de 2012 puso fin a la exigencia de presentarse personalmente para certificar que se encuentran vivos.De hecho, entidades como Colpensiones y las administradoras privadas de fondos de pensiones verifican esta información mediante el cruce de datos con la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Ministerio de Salud y Protección Social, lo que evita que las personas deban realizar este trámite.Qué deben tener en cuenta los pensionados para evitar la suspensión del pagoLos jubilados que residen en el exterior deben estar atentos al cumplimiento de esta obligación para evitar contratiempos con el pago de su pensión. En términos generales, es importante recordar que:El certificado de supervivencia debe presentarse cada seis meses.Si no se entrega oportunamente, la entidad podrá suspender preventivamente la mesada.El pago se reanudará una vez el pensionado complete el trámite exigido.Quienes viven en Colombia no deben presentar fe de vida, gracias al sistema de verificación automática implementado por las autoridades.La recomendación para los pensionados que residen fuera del país es mantener actualizada su información ante el fondo de pensiones y cumplir oportunamente con este requisito para garantizar la continuidad del pago de su mesada.
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) lanzó una advertencia sobre las interpretaciones equivocadas que pueden surgir al comparar directamente las cifras de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) con los resultados de la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH), dos herramientas que cumplen funciones distintas dentro del análisis del mercado laboral colombiano.La entidad respondió a un estudio académico de la Universidad de Antioquia y explicó que la PILA no fue diseñada para medir la formalidad laboral del país, sino para registrar los aportes efectivamente realizados al Sistema de Protección Social. Por esta razón, sus cifras reflejan el comportamiento de las cotizaciones a salud, pensión y otros subsistemas, bajo criterios operativos específicos.En contraste, la GEIH, elaborada por el DANE, recopila información a partir de las respuestas de los ciudadanos sobre su situación laboral en un momento determinado. Esto significa que mientras la encuesta muestra cómo las personas perciben y reportan su empleo, la PILA registra pagos reales efectuados al sistema, lo que genera diferencias metodológicas naturales entre ambas fuentes.La UGPP enfatizó que estas diferencias no representan inconsistencias ni errores en los datos. Por el contrario, señaló que se trata de herramientas complementarias que ofrecen perspectivas distintas sobre el mercado laboral. Una permite conocer las características del empleo y la otra monitorea el comportamiento de los aportes a la seguridad social.Ante el debate generado, la entidad hizo un llamado a interpretar las estadísticas con rigor técnico y a reconocer el alcance de cada fuente de información. Según la UGPP, comparar sin contexto los registros de la PILA y la GEIH puede conducir a conclusiones erróneas sobre la formalidad laboral en Colombia y generar alertas que no cuentan con el respaldo metodológico necesario.
Miles de pensionados en Colombia ya empiezan a revisar el calendario para conocer cuándo recibirán la anhelada mesada 14, un beneficio económico adicional que solamente recibirán algunos jubilados del país.Aunque muchas personas creen que este pago llegará al bolsillo de todos los pensionados, lo cierto es que no. De acuerdo con la legislación colombiana, solo algunos grupos de pensionados conservan este derecho, especialmente quienes pertenecen a regímenes especiales o porque alcanzaron su pensión antes de determinados cambios de la ley.De acuerdo con lo revelado por Colpensiones, los pagos se llevarán a cabo entre el 15 y 30 de junio de 2026, fecha que coincide con el pago de la prima de servicios de los trabajadores en Colombia.Mesada 14 en Colombia: quiénes recibirán el pago adicional en junioLa mesada 14 corresponde a un pago adicional que equivale al valor completo de la pensión mensual que recibe el trabajador ya jubilado. Es decir, si un pensionado recibe $3 millones de mesada al mes, esa misma suma la recibirá como beneficio adicional durante junio.Sin embargo, este pago no será para todos los pensionados del sistema colombiano. La norma indica que el beneficio se mantiene solo para ciertos sectores y personas que adquirieron el derecho antes de las modificaciones introducidas por el Acto Legislativo 01 de 2005.Por lo tanto, entre quienes conservan el beneficio aparecen integrantes de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y docentes del sector público.Colpensiones confirmó fechas de pago de mesada 14Según lo reveló Colpensiones, los pagos se realizarán desde la segunda mitad de junio y se extenderán hasta finalizar el mes.La entidad recordó que los pensionados no deben realizar trámites adicionales para recibir el dinero, solo deben cumplir las condiciones que exige la ley.Eso sí, la entidad destacó que el pago se verá reflejado en el cronograma habitual de consignaciones, por lo que los beneficiarios podrán revisar sus cuentas bancarias o canales oficiales de consulta para confirmar la fecha del desembolso.Quiénes son los beneficiados con la mesada 14La mesada 14 fue limitada desde hace varios años tras cambios constitucionales que eliminaron progresivamente el beneficio para nuevos jubilados.Las personas del régimen común solo pueden recibirla si obtuvieron su pensión antes del 25 de julio de 2011 y siempre que el valor de la jubilación no supere los tres salarios mínimos mensuales.Una medida que ha generado molestia en gran parte de los beneficiados, quienes no consideran equitativa la norma, pues los pensionados posteriores a esa fecha solo reciben la mesada 13 en diciembre, así como todos los jubilados que disfrutan de la llamada prima de Navidad.
Los ministros de Trabajo y Hacienda le acaban de pedir a la Superfinanciera que establezca si las AFP le trasladaron a Colpensiones los recursos correspondientes a los afiliados de manera suficiente, íntegra y completa.“Se solicita adoptar las medidas necesarias que permitan establecer con claridad la suficiencia, integridad y completitud de los recursos trasladados, por trasladar a la fecha o que deban trasladarse, en atención a que dicha información resulta esencial para garantizar la sostenibilidad financiera del Sistema General de Pensiones y de Colpensiones”, señala la comunicación.Según el Gobierno, existe un riesgo financiero derivado de la incertidumbre generada por las discrepancias en las cifras y en el número de afiliados reportados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, en relación con los traslados de recursos desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) hacia el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM), administrado por Colpensiones.Sin embargo, la petición tiene como telón de fondo una disputa de varias semanas entre el Gobierno de Gustavo Petro y el régimen privado de pensiones por 25 billones de pesos.En varias declaraciones, el Gobierno ha sugerido que el no traslado de recursos pone en aprietos las finanzas públicas, aunque descartó que se vayan a suspender los pagos a unas 20 mil personas que se trasladaron y ya están tramitando o cobrando la pensión.El Gobierno estima que unas 132 mil personas se han trasladado desde fondos privados hacia Colpensiones y que esos ahorros siguen en manos del sistema privado.¿En qué va la disputa entre los fondos privados de pensiones y el Gobierno nacional?Hace unas semanas, el Gobierno emitió un decreto que daba a los fondos de pensiones 15 días para entregarle a Colpensiones 25 billones de pesos correspondientes a los ahorros de afiliados al sistema de pensiones que se trasladaron desde el régimen privado hacia Colpensiones. Sin embargo, el decreto terminó demandado ante el Consejo de Estado y ese tribunal suspendió el traslado de los recursos mientras la Corte Constitucional decide si la reforma pensional puede regir o no como ley de la República.La decisión del Consejo de Estado provocó la molestia del presidente Gustavo Petro, quien ordenó a su Gobierno “investigar” a los fondos privados de pensiones por apropiarse de los recursos del público. La investigación fue abierta de inmediato y está en curso.Los fondos privados de pensiones deben reportar información al regulador con una base prácticamente diaria, pero además el Gobierno conserva la facultad de hacer visitas de inspección, aprobar reglamentos de inversión, entre otras funciones.El Gobierno también elevó ante el Consejo de Estado un recurso de súplica, pidiéndole que reconsidere su decisión, y aún no hay una respuesta a ese pedido.
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, aseguró este jueves que el Gobierno Nacional contempla “todas las medidas que sean necesarias” frente a la negativa de los fondos privados de pensiones de trasladar recursos a Colpensiones, en medio de la controversia jurídica que rodea la implementación parcial de la reforma pensional.Durante una entrevista concedida a Mañanas Blu, el jefe de la cartera de Hacienda defendió la posición del Ejecutivo frente al traslado de 6,6 billones de pesos correspondientes a afiliados que ya consolidaron su derecho pensional y que actualmente reciben mesadas por parte de Colpensiones. Sus declaraciones se producen luego de que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente el decreto que reglamentaba dichos traslados.“Están consideradas todas las medidas que sean necesarias. Creemos que hay una obligación de parte de los fondos privados de cumplir con estos traslados”, afirmó Ávila.El choque entre Colpensiones y las AFPEl debate gira en torno al artículo 76 de la reforma pensional impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro. Aunque la iniciativa permanece bajo revisión de la Corte Constitucional, ese apartado sigue vigente y permitió que miles de afiliados solicitaran el traslado desde los fondos privados hacia Colpensiones.Según cifras entregadas por el ministro, en los últimos meses se han registrado más de 132.000 solicitudes de traslado, lo que equivale a “una persona cada dos minutos” pidiendo pasar al régimen público. De ese total, alrededor de 24.000 ciudadanos ya estarían siendo atendidos por Colpensiones, mientras que otros 8.000 habrían cumplido los requisitos para pensionarse.Ávila cuestionó duramente la postura de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), señalando que mantienen retenidos recursos que pertenecen a ciudadanos que ya no hacen parte de ese régimen.“¿Cómo es posible que se trasladen las personas, lleguen a Colpensiones, Colpensiones atienda el cumplimiento de su mesada pensional y los fondos privados se queden con los recursos de sus propios ahorradores?”, cuestionó.Posible intervención y revisión administrativaAunque el ministro evitó confirmar una decisión concreta, dejó abierta la posibilidad de medidas extraordinarias respecto a los fondos de pensiones. “No es necesario anticiparnos a situaciones excepcionales”, respondió inicialmente, aunque reiteró que tanto el Ministerio de Hacienda como la Superintendencia Financiera adelantan revisiones detalladas sobre el manejo de los recursos pensionales por parte de las administradoras privadas.La declaración ocurre días después de que la Superfinanciera anunciara investigaciones administrativas relacionadas con el traslado de afiliados y los recursos correspondientes. El organismo informó que más de 32.800 afiliados ya consolidaron su derecho pensional, mientras que más de 24.000 reciben actualmente sus pagos desde Colpensiones.El tamaño del sistema pensionalDurante la entrevista, Ávila insistió en que los fondos privados administran actualmente cerca de 551 billones de pesos, una cifra superior incluso al Presupuesto General de la Nación para este año, calculado en 546 billones.“El Gobierno está pidiendo que trasladen apenas el 1,2 % de los recursos administrados”, señaló el ministro, quien calificó de “desproporcionada” la reacción de las AFP frente al requerimiento estatal.Asimismo, defendió el papel financiero del Estado en el sostenimiento del sistema público de pensiones. Según explicó, el Gobierno destina anualmente cerca de 33 billones de pesos para cubrir las obligaciones de Colpensiones, cuyo costo total ronda los 70 billones. “El Estado está colocando una cantidad muy grande de recursos para atender el sistema pensional”, enfatizó.La incertidumbre jurídica de la reforma pensionalEl panorama sigue marcado por la incertidumbre legal. El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que ordenaba los traslados de recursos, mientras la Corte Constitucional aún no emite una decisión definitiva sobre la reforma pensional aprobada por el Congreso.Pese a ello, el ministro defendió que actualmente la Ley 100 continúa vigente y que esa norma establece claramente que una persona no puede estar afiliada a un régimen mientras sus recursos permanecen en otro.Crece la presión sobre el sistema privadoLas declaraciones del ministro se producen en un contexto de creciente tensión entre el Gobierno y las AFP. Desde sectores cercanos al Ejecutivo se insiste en que los fondos privados estarían generando un ambiente de desconfianza dentro del sistema pensional. Ávila incluso aseguró que la postura de las administradoras podría incentivar nuevos traslados hacia Colpensiones.“Están acumulando razones para que los cotizantes del sistema pensional tengan mayores motivos para hacer el traslado al sistema público”, advirtió. Mientras tanto, el Gobierno mantiene garantizado el pago de las mesadas para los pensionados ya trasladados, aun si persiste el bloqueo judicial sobre los recursos reclamados a las AFP.
El presidente Gustavo Petro anunció nuevas medidas regulatorias y posibles acciones penales contra los fondos privados de pensiones, luego de la decisión del Consejo de Estado de suspender temporalmente el traslado de cerca de $25 billones desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hacia Colpensiones.Durante el más reciente Consejo de Ministros, el mandatario aseguró que el Gobierno expedirá nuevos decretos y resoluciones para proteger los recursos pensionales y defender lo que calificó como el ahorro público administrado por entidades privadas.“Voy a impartir nuevos decretos y resoluciones en virtud de esta función constitucional para defender el ahorro del público”, afirmó el jefe de Estado durante la reunión ministerial.Petro cuestiona decisión del Consejo de EstadoEl Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 0415 de 2026, norma que ordenaba el traslado de recursos desde las AFP hacia Colpensiones para afiliados que cambiaron de régimen tras la reforma pensional. El alto tribunal argumentó que el Gobierno habría excedido sus competencias al definir el destino de esos recursos sin autorización expresa del Congreso.Frente a esa decisión, el presidente Petro sostuvo que el tribunal “prejuzgó” el decreto antes de estudiarlo a fondo y aseguró que hubo actuaciones por fuera de la ley. Las declaraciones del mandatario generaron reacciones dentro de la rama judicial. Según se conoció, distintos tribunales acusaron al presidente de descontextualizar las decisiones judiciales y de deteriorar la confianza institucional mediante sus pronunciamientos públicos.Además, las altas cortes advirtieron que ese tipo de mensajes pueden derivar en señalamientos y hostigamientos contra jueces y magistrados que actúan conforme a la ley.Gobierno anuncia acciones administrativas y penalesEl presidente también lanzó fuertes advertencias contra los fondos privados de pensiones. Petro aseguró que las AFP incumplieron el traslado de recursos correspondientes a pensionados que cambiaron de régimen y afirmó que el Ejecutivo actuará si no se realizan los giros.“Si los fondos privados no devuelven los ahorros conforme a las sentencias de la Corte Suprema, se iniciarán acciones administrativas y penales”, indicó el mandatario.El jefe de Estado también le pidió a la Secretaría Jurídica de la Presidencia actuar contra funcionarios de las tres ramas del poder público que, según dijo, hayan violado el artículo 76 de la reforma pensional. Petro sostuvo que ese artículo sigue vigente y ordenó a la Superintendencia Financiera adoptar medidas inmediatas frente al caso.En ese contexto, la SuperFinanciera abrió investigaciones contra varios fondos privados por el presunto incumplimiento en el traslado de $8,7 billones correspondientes a 32.803 afiliados que debían pasar a Colpensiones.Las fechas y montos del traslado suspendidoEl Decreto 0415 de 2026 establecía que las AFP debían trasladar aproximadamente $25 billones correspondientes a unos 120.000 afiliados que cambiaron de régimen con la reforma pensional.Según la reglamentación suspendida, las personas que aún no tenían consolidada su pensión debían recibir el traslado del 50 % de los recursos antes del 10 de mayo de 2026 y el restante 50 % antes del 20 de mayo.Para quienes ya tenían consolidado el derecho pensional, el plazo máximo para transferir la totalidad de los recursos vencía el pasado 5 de mayo. Petro aseguró que los fondos privados ya habían anunciado transferencias por cerca de $5 billones, pero sostuvo que esos recursos finalmente no fueron consignados debido a la medida cautelar del Consejo de Estado.Petro advierte que los fondos privados “van a quebrar”Durante el mismo Consejo de Ministros, el presidente lanzó nuevas críticas contra el sistema privado de pensiones y afirmó que las AFP enfrentan una crisis financiera.Según Petro, cálculos del exministro de Hacienda Ricardo Bonilla indican que los egresos de recursos de los fondos privados ya superan los ingresos desde la aprobación de la reforma pensional. El mandatario aseguró además que las utilidades de las administradoras privadas han disminuido y afirmó que estas entidades buscan “sobrevivir” frente al impacto que tendría la reforma sobre el modelo actual.Incluso, el presidente advirtió que si la Corte Constitucional tumba la reforma pensional aprobada por el Congreso, los fondos privados “quiebran de una vez”. Finalmente, el mandatario comparó la situación de las AFP con la crisis financiera que atraviesan las EPS y aseguró que el Gobierno prepara nuevos controles y medidas sustentadas en el mismo artículo constitucional que, según él, continúa vigente.Escuche aquí el informe:
La sostenibilidad en la industria hotelera ha dejado de medirse únicamente por indicadores ambientales. Aunque la reducción del consumo de agua, energía o plásticos sigue siendo una prioridad, cada vez cobra más fuerza un enfoque que también busca generar oportunidades para las comunidades, promover la inclusión laboral y fortalecer el trabajo conjunto con organizaciones sociales.Así lo explicó Agustina Nadellini, líder de Up for People en América, quien considera que el reto del sector es demostrar que la sostenibilidad no puede limitarse al discurso, sino traducirse en acciones que tengan un impacto real sobre las personas.Uno de los ejes de este modelo es el voluntariado corporativo. A través de diferentes jornadas durante el año, colaboradores participan en actividades con fundaciones que apoyan a niños en condición de vulnerabilidad, entregando alimentos, juguetes y otros insumos. A esto se suman iniciativas de economía circular, en las que la ropa donada por los propios empleados se intercambia por alimentos no perecederos que posteriormente son destinados a organizaciones sociales.La inclusión laboral también hace parte de esta transformación. En Colombia, por ejemplo, se desarrollan programas que facilitan el acceso al empleo de personas con síndrome de Down o discapacidad intelectual, en alianza con fundaciones especializadas. El propósito es ofrecer oportunidades de trabajo formal que contribuyan a su autonomía económica y a una mayor inclusión en el mercado laboral.Otra de las iniciativas busca brindar apoyo a familias con niños que deben desplazarse para recibir tratamientos médicos o cumplir actividades organizadas por fundaciones. La idea es que los menores puedan permanecer acompañados por sus familiares durante estos procesos, aprovechando la infraestructura hotelera como una herramienta de apoyo.Nadellini explicó que el impacto de estos programas se mide a través de indicadores como el número de beneficiarios, voluntarios y donaciones, además de la capacidad de adaptar las iniciativas a las necesidades específicas de cada comunidad.Este modelo hace parte de la estrategia de sostenibilidad de Minor Hotels, que divide su trabajo entre los programas Up for Planet, enfocado en el cuidado del medio ambiente, y Up for People, orientado al desarrollo de las comunidades. "La sostenibilidad llegó para quedarse. No solo se trata de cuidar el planeta, sino también de construir comunidades más fuertes, inclusivas y con mejores oportunidades para las futuras generaciones", concluyó Nadellini.
Saber qué hacer y cómo reacciona el cuerpo tras el sismo de magnitud 7,4 registrado este lunes 10 de agosto en Colombia es clave para recuperar la tranquilidad. El evento, con epicentro en San José del Palmar, Chocó, se percibió en ciudades como Bogotá, Cali, Medellín, Pereira y Manizales, convirtiéndose en el más fuerte de la última década en el país, según reportó el Servicio Geológico Colombiano (SGC).Frente a sensaciones físicas persistentes como la percepción de que el suelo se sigue moviendo, Denisse Morales, directora de la Maestría en Psicología Clínica de la Universidad de San Buenaventura, Bogotá, explicó las causas médicas de este fenómeno y estructuró pautas de manejo emocional.Qué es el síndrome de mareo postsismoLa especialista señaló que manifestaciones como mareo, taquicardia, insomnio, dificultad para concentrarse o temor a ingresar a edificios responden a una activación del sistema de alarma del cuerpo para protegerse.De acuerdo con un estudio publicado en 2021 por la revista científica PLOS ONE sobre los terremotos de Kumamoto (Japón, 2016) citado por la institución, de 4.231 personas encuestadas, 1.543 mantuvieron la sensación de mareo posterior al evento. Este fenómeno combina la respuesta del oído interno, encargado del equilibrio, el sistema nervioso y factores emocionales como la ansiedad.Las réplicas del movimiento telúrico reactivan temporalmente la vigilancia del organismo, por lo que la calma suele retornar de forma paulatina.Cinco consejos psicológicos tras el temblor de 7.4Para controlar la respuesta de alerta sin descuidar las medidas de prevención ante posibles réplicas, Morales entregó cinco recomendaciones prácticas:Anclar el cuerpo: sentarse con ambos pies apoyados firmemente en el piso, fijar la vista en un punto fijo de la pared y nombrar en voz alta cinco objetos a su alrededor para devolver estabilidad al cerebro.Alargar la exhalación: inhalar contando hasta cuatro y expulsar el aire lentamente contando hasta seis. Repetir la secuencia durante dos minutos para bajar las pulsaciones del corazón.Limitar el uso del teléfono celular: revisar de forma puntual las fuentes oficiales del SGC y la UNGRD, evitando la sobreexposición a imágenes o videos de la emergencia que incrementen la ansiedad.Hablar con claridad a los niños: explicarles con palabras sencillas lo ocurrido y las acciones a seguir si vuelve a temblar, manteniendo las rutinas habituales de alimentación y sueño.Estructurar un plan de acción: Definir un punto de encuentro familiar, despejar las vías de evacuación de la vivienda y alistar una maleta de emergencia con agua, botiquín, linterna, radio y documentos.¿Cuándo solicitar atención médica o psicológica?El análisis académico establece que se debe buscar ayuda profesional si los síntomas no ceden al cabo de una semana; si la persona no logra dormir, comer o laborar; si existe evasión a ingresar a inmuebles o si un menor de edad registra regresiones conductuales.Asimismo, si el mareo se acompaña de vómito intenso, zumbidos constantes o pérdida de audición, la recomendación es acudir a valoración médica para descartar cuadros de vértigo y evitar la automedicación.El Ministerio de Salud cuenta con la línea gratuita 106 para atención en salud mental las 24 horas, mientras que las emergencias inmediatas se atienden a través del número 123.
Como consecuencia del terremoto registrado en Colombia y con el propósito de proteger la integridad de colaboradores, empresarios y usuarios, las Cámaras de Comercio de Pereira, Cali, Quibdó, Buga, Cartago, Manizales, Armenia y Buenaventura modificaron temporalmente la atención presencial en sus sedes. La medida se mantendrá mientras se adelantan las inspecciones técnicas para determinar las condiciones de seguridad de las edificaciones y establecer las reparaciones locativas que sean necesarias.La decisión fue adoptada en el marco de lo establecido por la Circular Externa 100-000002 de 2022 de la Superintendencia de Sociedades, que permite a las cámaras de comercio modificar temporalmente la atención presencial cuando se presentan circunstancias extraordinarias o situaciones de fuerza mayor. Sin embargo, la normativa establece que estas entidades deben garantizar la continuidad de los servicios mediante sus canales virtuales e informar oportunamente a los usuarios y a la autoridad de supervisión sobre cualquier modificación en la prestación del servicio.Por esta razón, los servicios registrales y demás trámites a cargo de las Cámaras de Comercio no quedan suspendidos. Los empresarios y ciudadanos podrán continuar realizando sus diligencias a través de los canales virtuales habilitados por cada entidad, los cuales se encuentran disponibles las 24 horas del día, los siete días de la semana.La modificación temporal de la atención presencial aplica para las Cámaras de Comercio de Pereira, Cali, Quibdó, Buga, Cartago, Manizales, Armenia y Buenaventura. En cada una de estas ciudades se adelantan las respectivas verificaciones técnicas para establecer si las instalaciones presentan afectaciones derivadas del movimiento telúrico y determinar las condiciones necesarias para retomar la atención al público de manera segura.De acuerdo con la información suministrada por la Red de Cámaras de Comercio de Colombia, la atención presencial será restablecida una vez finalicen las inspecciones y se compruebe que existen las condiciones adecuadas para garantizar la seguridad tanto de los trabajadores como de los usuarios. Cualquier cambio en los horarios o en las condiciones de atención será comunicado por cada Cámara de Comercio mediante sus canales oficiales.Finalmente, la Red de Cámaras de Comercio recomendó consultar los sitios web y las redes sociales oficiales de cada entidad para conocer el estado de la atención presencial y acceder a los canales virtuales disponibles para realizar trámites y servicios mientras se normaliza la atención en las sedes físicas.
El Operador Nacional de Juegos realizó el sorteo del Baloto y Baloto Revancha correspondiente a este lunes, 10 de agosto de 2026, dos de los juegos de azar con los premios acumulados más altos del país.En esta jornada, miles de colombianos estuvieron atentos a los resultados con la expectativa de quedarse con el premio mayor. A continuación, puede consultar los números ganadores de ambas modalidades y conocer cómo quedaron los acumulados para el siguiente sorteo.Números ganadores del Baloto y Baloto RevanchaEstos son los resultados del sorteo de este lunes, 10 de agosto de 2026.BalotoNúmeros ganadores: 14 - 04 - 35 - 27 - 19.Super Balota: 14.Baloto RevanchaNúmeros ganadores: 31 - 13 - 21 - 36 - 09.Super Balota: 03.¿Cómo quedaron los premios del Baloto y Revancha?Si bien el resultado del premio mayor se conoce al finalizar el sorteo, el Operador Nacional de Juegos también publica el balance de ganadores en cada una de las categorías de premiación, desde los cinco aciertos con Super Balota hasta los premios por aproximaciones.En esta publicación se actualizarán el número de ganadores, los valores entregados en cada categoría y el reporte oficial de premiación una vez la información sea divulgada.¿Cuánto está acumulado el Baloto y la Revancha?Para este lunes, 10 de agosto de 2026, el Baloto ofrece un premio acumulado de $52.000 millones, mientras que la modalidad Revancha entrega un acumulado de $10.000 millones.En caso de que no se registre un ganador del premio mayor, ambos acumulados aumentarán para el próximo sorteo, programado para el miércoles, de acuerdo con el calendario oficial del juego.Los jugadores pueden verificar sus resultados y validar los tiquetes adquiridos en los puntos de venta autorizados o mediante los canales oficiales del operador en todo el país.
El sorteo número 586 de MiLoto, jugado este lunes, 10 de agosto de 2026, dejó miles de ganadores en todo el país. En esta edición, el acumulado que estaba en juego alcanzó los $450 millones de pesos.A continuación, te mostramos los números ganadores, el desglose de premios por cantidad de aciertos y el nuevo monto acumulado para el próximo sorteo.Números ganadores de MiLoto 10 de agosto (Sorteo 586)La combinación ganadora del sorteo 586 de este lunes 10 de agosto de 2026 fue: 02 - 19 - 14 - 29 - 08.¿Cómo jugar MiLoto?Elige tus números: Selecciona 5 números del 1 al 39. Puedes elegirlos tú mismo o pedirlos de forma automática (al azar).Costo del boleto: Cada jugada tiene un costo accesible para los apostadores.¿Cómo ganar?: Ganas si aciertas a 5, 4, 3 o 2 de los números sorteados.Puntos de venta: Puedes comprar tu tiquete en los puntos autorizados de Gana, Paga Todo, Suchance, Jer, entre otros operadores de red a nivel nacional, o de forma virtual a través de la plataforma web oficial.