Formalmente, el Gobierno acaba de pedirle a la Corte Constitucional que modere los efectos fiscales de su decisión sobre la reforma pensional, que estableció el 1.º de abril de 2027 como fecha de entrada en vigencia de las disposiciones que fueron declaradas exequibles.Acuérdense: la reforma pensional fue aprobada durante el gobierno anterior y posteriormente demandada, entre otros motivos, por la senadora Paloma Valencia. Después de un proceso judicial que se extendió durante varios años, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-264 de 2026, declaró exequible la mayor parte de la Ley 2381 de 2024 y estableció que esas disposiciones comenzarán a regir el 1.º de abril de 2027. Algunos artículos y apartes, sin embargo, fueron devueltos a la Cámara de Representantes para que se subsanen los problemas de trámite identificados por la Corte.¿Qué es lo nuevo? El ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez, presentó formalmente ante la Corte una solicitud para que se abra un Incidente de Impacto Fiscal, dentro del expediente de la reforma pensional.Este es un mecanismo que permite discutir ante la Corte las consecuencias económicas de una decisión judicial y la manera en que debe cumplirse teniendo en cuenta la sostenibilidad fiscal. La Corte debe estudiar la solicitud, pero eso no significa que tenga que aceptar los argumentos del Gobierno. En este caso, el ministerio pide expresamente la apertura del incidente frente a la Sentencia C-264 de 2026.Según el Ministerio de Hacienda, la decisión de la Corte cambia de manera importante las proyecciones fiscales del Estado hacia el futuro en especial cuando se habla de las obligaciones de financiación y en los recursos que deberán movilizarse para la implementación del nuevo sistema pensional. También advierte que, según las estimaciones de la cartera, la entrada en vigencia de la reforma podría generar requerimientos adicionales de recursos del orden de $5 billones, en un escenario fiscal que el propio Ministerio describe como de alta rigidez y con necesidad de ajustes.“... a la fecha no existe para el Gobierno nacional una certeza absoluta sobre las implicaciones fiscales de la reforma, pues existen algunos puntos cuya discusión o eventual declaratoria de exequibilidad o inexequibilidad pueden modificar el escenario actuarial, prestacional y financiero”.El Gobierno, en otras palabras, le está diciendo a la Corte: la decisión judicial se debe cumplir, pero hay que revisar cómo hacerlo para que sus efectos sean compatibles con la sostenibilidad de las finanzas públicas y con la programación presupuestal de la nación. De hecho, esa es la finalidad que expresamente plantea el ministerio en su solicitud.La decisión queda ahora en manos de la Corte Constitucional: primero, tendrá que tramitar la solicitud de incidente y, posteriormente, determinar qué efectos puede tener frente a la sentencia.
La figura de los prepensionados en Colombia mantiene una protección relacionada con la estabilidad laboral para quienes están próximos a cumplir los requisitos necesarios para acceder a la pensión. La Corte Constitucional ha señalado que esta condición puede aplicar cuando a una persona le faltan tres años o menos para completar los requisitos de edad y semanas, bajo las condiciones establecidas en cada caso.La reforma pensional también modificará las reglas para quienes no queden cobijados por el régimen de transición. La Corte Constitucional determinó en agosto de 2026 que las disposiciones del nuevo sistema que fueron declaradas exequibles entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027.¿Quiénes quedan cobijados por el régimen de transición pensional?Uno de los puntos que deberán revisar los trabajadores próximos a pensionarse es el número de semanas cotizadas al momento definido por la reforma.De acuerdo con la información de la reforma, quienes no cumplan las condiciones establecidas para permanecer en el régimen de transición pasarán al nuevo sistema de pilares. En este esquema, el pilar contributivo estará compuesto por un componente de prima media administrado por Colpensiones y otro de ahorro individual. En el nuevo sistema, las cotizaciones correspondientes al ingreso base de hasta 2,3 salarios mínimos estarán en el componente de prima media. La parte que supere ese límite y llegue hasta 25 salarios mínimos corresponderá al componente complementario de ahorro individual. ¿Qué beneficio conservan los prepensionados en Colombia?La condición de prepensionado puede dar lugar a una protección de estabilidad laboral, particularmente cuando la persona está a tres años o menos de cumplir los requisitos para pensionarse. La Corte Constitucional reiteró esta regla en una sentencia de 2026, en la que precisó que la protección debe analizarse según las circunstancias laborales y pensionales de cada trabajador.Esto no significa que exista una prohibición absoluta de terminar el vínculo laboral. La protección está relacionada con evitar que una persona próxima a pensionarse quede sin la posibilidad de completar los requisitos para acceder a su prestación.¿Qué pasa si un trabajador llega a la edad y no tiene las semanas requeridas?La Ley 2381 de 2024 contempla una prestación anticipada de vejez para quienes no estén en el régimen de transición, hayan cumplido la edad establecida y tengan más de 1.000 semanas, pero no alcancen las semanas necesarias para acceder a la pensión de vejEn esos casos, la norma establece que el valor correspondiente a las cotizaciones faltantes para completar las 1.300 semanas puede descontarse mensualmente de la prestación, hasta alcanzar el requisito cuando corresponda.Así, los trabajadores próximos a pensionarse deberán revisar tanto su historia laboral como las condiciones que les permitan determinar si están cobijados por el régimen de transición o por las nuevas reglas del sistema pensional.
La Contraloría lanzó una alerta sobre la financiación de las pensiones en Colombia. De acuerdo con un análisis de la Delegada para el Sector Trabajo, se necesitarían más de $4,2 billones adicionales para garantizar el cumplimiento de las obligaciones pensionales durante 2026.El organismo de control encontró un desbalance entre el comportamiento utilizado para proyectar el presupuesto y el incremento que finalmente tuvo el salario mínimo. Mientras las estimaciones presupuestales contemplaban un crecimiento cercano al 7,5 %, el aumento efectivo del salario mínimo fue del 23 %. Esta diferencia habría generado un incremento no previsto en las obligaciones que debe atender el sistema pensional, particularmente en las mesadas que están vinculadas al salario mínimo. El presupuesto inicial de los fondos administrados por Colpensiones para este año contempló gastos por $75,58 billones. De ese total, $72,80 billones fueron destinados al pago de pensiones y jubilaciones.Una parte importante de estos recursos proviene directamente del Presupuesto General de la Nación. Para 2026 se habían contemplado $33,7 billones en aportes nacionales, equivalentes al 44,6 % de la financiación prevista.Según el análisis de la Contraloría, la ejecución de esos recursos asciende a los mismos $33,7 billones. Es decir, si las transferencias ya fueron efectivamente giradas, Colpensiones habría recibido prácticamente la totalidad de los recursos nacionales que estaban inicialmente presupuestados. El problema estaría entonces en que las obligaciones aumentaron por encima de las previsiones utilizadas al momento de elaborar el presupuesto. La Contraloría aclaró que el hecho de que exista un posible faltante no significa que actualmente se hayan suspendido los pagos de las pensiones. La advertencia está relacionada con la necesidad de garantizar recursos adicionales para cubrir las obligaciones que se generaron durante la vigencia.Por esta razón, el organismo de control pidió al Gobierno Nacional prever y disponer los recursos necesarios para evitar que las mayores obligaciones pensionales afecten el cumplimiento de los pagos.
El anuncio sobre un faltante de $5 billones para cubrir las mesadas de noviembre y diciembre generó preguntas entre pensionados y trabajadores sobre el futuro de sus pagos. En Sala de Prensa Blu, Andrés Izquierdo, CEO de Soluciones Pensionales ISP, explicó los factores que, según su análisis, están detrás de la situación.Izquierdo señaló que el incremento del salario mínimo tuvo un efecto importante sobre los gastos asociados al sistema pensional. Según explicó, el presupuesto había contemplado un crecimiento de 7 % en estos gastos, mientras que posteriormente el salario mínimo aumentó 23 %. “En promedio, todos en Colombia sabemos que el salario mínimo siempre aumenta por encima de la inflación, porque la Constitución ordena que los ingresos de los trabajadores aumenten por encima del mínimo para que no haya una, digamos, una pérdida del poder adquisitivo”, explicó.¿Por qué se generó el faltante para las pensiones?El experto sostuvo que el problema está relacionado con la diferencia entre el crecimiento de los gastos y el comportamiento de los ingresos del sistema. Para explicarlo, comparó la situación con las finanzas de un hogar.“Si yo me gasto hoy 2 millones de pesos en mis gastos mensuales y preveo que mi aumento de sueldo el año entrante va a ser del 5 %, pues yo no me pongo a comprarme un carro de 100 millones que me hace pagar una cuota o un incremento de mis gastos de más del 30 %, porque simplemente pues los números no me dan”, precisó.De acuerdo con Izquierdo, esta situación representa una presión fiscal para Colpensiones, debido a que una proporción importante de sus pensionados recibe una mesada equivalente al salario mínimo. ¿Está garantizado el pago de las pensiones?Ante las dudas sobre las mesadas y la prima de los pensionados, Izquierdo aseguró que existe una garantía constitucional para estos pagos y descartó que el faltante implique que puedan dejar de cumplirse esas obligaciones.“Las mesadas están garantizadas porque primero, constitucionalmente no lo pueden hacer. Segundo, y este dato es muy importante, pues popularmente sería insostenible”, afirmó.El experto agregó que el Gobierno tendría que buscar mecanismos para cubrir los recursos que hacen falta, entre ellos trasladar presupuesto de otros rubros o recurrir al endeudamiento.¿Qué recomendó sobre el sistema pensional?Durante la entrevista también se refirió a los jóvenes que actualmente cotizan. Izquierdo destacó que la cotización pensional funciona como protección frente a tres riesgos: vejez, invalidez y muerte.“Cuando uno cotiza, pues tiene la posibilidad de que lo que uno cotiza al Sistema General de Seguridad Social lo puede deducir de su declaración de renta. Entonces le puede bajar los impuestos si quiere un beneficio tributario”, mencionó.
Cuando una persona se acerca a la edad de jubilación y descubre que su historia laboral registra menos semanas de las que esperaba, una de las primeras preguntas que puede hacerse es si existe alguna forma de pagar esos periodos faltantes para completar el requisito de pensión.Sin embargo, pagar dinero no permite convertir automáticamente un periodo que nunca fue trabajado en semanas cotizadas. El punto de partida, según explica Marcelo Duque, director de Cómo Me Pensiono y experto en temas pensionales, debe ser otro: establecer por qué esas semanas no aparecen en la historia laboral.La diferencia es importante, especialmente en un escenario en el que los cambios del sistema pensional hacen necesario que los trabajadores conozcan con precisión la información registrada a su nombre.No todas las semanas que faltan tienen el mismo origenEncontrar menos semanas de las esperadas no necesariamente significa que la persona deba resignarse a no contabilizarlas. Hay que determinar primero qué ocurrió durante el periodo que no figura en los registros.Por ejemplo, puede tratarse de una persona que efectivamente trabajó para un empleador, pero los aportes correspondientes nunca fueron realizados o no quedaron registrados correctamente. En ese escenario, el trabajador puede contar con elementos que permitan demostrar que existió una relación laboral durante ese tiempo.La situación es distinta cuando simplemente se pretende agregar semanas correspondientes a periodos en los que no hubo trabajo ni cotización.Duque enfatiza que una corrección de la historia laboral no puede hacerse únicamente con el propósito de alcanzar el número de semanas requerido para pensionarse.Por eso, contratos, comprobantes, documentos laborales y demás soportes que permitan acreditar la existencia de una relación de trabajo pueden adquirir relevancia cuando se presenta una inconsistencia.¿Y qué pasa con quienes trabajaron como independientes?Otro escenario corresponde a quienes ejercieron actividades como trabajadores independientes y durante determinados periodos no hicieron las cotizaciones correspondientes.En estos casos, dependiendo de las circunstancias particulares, pueden existir procedimientos para regularizar determinados periodos. Algunas situaciones pueden requerir cálculos actuariales y el pago de los valores establecidos para ese trámite.Esto, no obstante, no equivale a comprar semanas de manera directa. Primero debe establecerse cuál era la situación de la persona durante ese periodo y qué mecanismo contempla la normativa para regularizarla.Por eso, dos trabajadores que aparentemente tienen el mismo problema —un número de semanas inferior al esperado— podrían tener rutas diferentes para resolverlo.Por qué conviene revisar la historia laboralLa revisión de las semanas cotizadas también cobra importancia por los cambios que se avecinan en el sistema pensional colombiano.La Corte Constitucional fijó el 1 de abril de 2027 como fecha para la entrada en vigencia de las disposiciones de la reforma pensional. En este contexto, conocer cuál es la información que aparece oficialmente en la historia laboral puede ayudar a determinar la situación particular de cada trabajador.La Ley 2381 de 2024 estableció, para el régimen de transición, como uno de sus referentes 750 semanas para las mujeres y 900 para los hombres, junto con las demás condiciones contempladas en la norma.Por eso, revisar la historia laboral con anticipación puede permitir detectar inconsistencias antes de que llegue el momento de solicitar la pensión.¿Qué debería hacer si encuentra un error?El primer paso es verificar el número de semanas que aparecen registradas y compararlo con los periodos en los que efectivamente trabajó o realizó aportes.Si existe una diferencia, la persona debería identificar exactamente qué periodo falta, qué actividad desarrolló durante ese tiempo y qué documentos conserva para demostrarlo.De acuerdo con el experto, tampoco es recomendable tomar decisiones apresuradas únicamente porque faltan semanas.“Antes de tomar una decisión, es fundamental revisar las semanas, entender cada caso y determinar cuál es la ruta adecuada”, concluye Duque.En ese sentido, revisar la historia laboral no debería ser un trámite que se deje para el último momento. Detectar con anticipación los periodos que no aparecen registrados y conservar las pruebas correspondientes puede facilitar la corrección de inconsistencias cuando haya razones para solicitarla.La clave, entonces, no está en “comprar” semanas, sino en establecer si realmente existen periodos laborales o de cotización que deberían hacer parte de la historia laboral y cuál es el procedimiento que corresponde en cada caso.
La reforma pensional modificará la manera en la que los trabajadores realizan sus aportes y reciben su pensión. Uno de los principales cambios se relaciona con la distribución de las cotizaciones entre Colpensiones y los fondos privados.El nuevo sistema establece que, dentro del pilar contributivo, las cotizaciones correspondientes a ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes estarán a cargo de Colpensiones. Cuando el ingreso supere ese límite, la parte restante irá hacia el componente de ahorro individual.¿Cómo funcionarán las cotizaciones con la reforma pensional?En este nuevo modelo se contemplan cuatro pilares: solidario, contributivo, semicontributivo y de ahorro voluntario.En el contributivo, Colpensiones administrará las cotizaciones que correspondan hasta 2,3 salarios mínimos. El excedente, cuando el trabajador tenga un ingreso superior a ese monto, será destinado al componente complementario de ahorro individual, que será administrado por una administradora de fondos de pensiones.Esto significa que una persona con ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos podrá tener aportes distribuidos entre el componente público y el ahorro individual.¿Cuál es el tope de cotización en Colpensiones?El límite de 2,3 salarios mínimos corresponde al monto de ingreso sobre el que se realizarán las cotizaciones dentro del componente administrado por Colpensiones. Esto no quiere decir que esa cifra sea el tope de la pensión que recibirá cada persona.El valor de la mesada dependerá de factores como el ingreso base de liquidación, las semanas cotizadas y las condiciones establecidas por la legislación pensional.Por esta razón, un trabajador que gane más de 2,3 salarios mínimos no necesariamente tendrá una pensión limitada a ese monto. Su mesada podrá estar conformada por los recursos correspondientes al componente de prima media y por el ahorro acumulado en el complementario.¿Cómo se calculará la pensión con aportes públicos y privados?Para quienes superen el límite establecido, la pensión podrá tener una composición mixta. Una parte corresponderá al componente administrado por Colpensiones y otra estará relacionada con los recursos acumulados en el fondo privado.El monto final dependerá de la historia laboral, las semanas cotizadas, los ingresos sobre los que se realizaron los aportes y el ahorro acumulado durante la vida laboral. Por eso, el valor de la pensión no se determinará únicamente con base en lo administrado por Colpensiones.
El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, explicó en Mañanas Blu las razones detrás del déficit fiscal que afronta el sistema público de pensiones para cubrir los pagos de fin de año.Según el dirigente gremial, el faltante responde a la diferencia entre las proyecciones presupuestales y el incremento definitivo del salario mínimo decretado para la vigencia 2026.El presupuesto inicial se construyó bajo la premisa de un ajuste cercano al 7.5 %, correspondiente a la inflación esperada más un punto porcentual. Sin embargo, el Gobierno nacional fijó un aumento del 23.7 %.Debido a que cerca del 60 % de las pensiones que paga Colpensiones corresponden al salario mínimo, el costo de estas mesadas se elevó en una proporción muy superior a la calculada.El gasto total en pensiones de salario mínimo en Colpensiones ronda entre 8 y 9 billones de pesos. Aunque la entidad recibe mayores ingresos por las cotizaciones de los trabajadores que ganan un mínimo más alto, la suma neta deja un déficit de 5 billones de pesos."Esa es nuestra estimación, pero se compensa con mayores cotizaciones por el salario mínimo que liquida el 16 % sobre un mínimo más alto. Entonces hay más cotizaciones, como usted bien dice, pero en neto quedan faltando 5 billones de pesos", explicó.Para financiar este hueco en los últimos tres meses del año, el Ministerio de Hacienda deberá reasignar partidas dentro del Presupuesto General de la Nación. Velasco aclaró que el pago de las pensiones es una obligación prioritaria en la ley colombiana, ubicada solo por detrás de la deuda pública."Yo no creo que lleguemos hasta un punto de afectación de los pensionados. Yo creo que la alerta que hace la ministra es una alerta que obviamente van a poder solucionar", señaló el dirigente de Asofondos.El impacto de este reajuste también alcanzó al Presupuesto General de la Nación presentado para 2027. La propuesta corregida del Ministerio de Hacienda incluyó 6.5 billones de pesos adicionales para atender las obligaciones del sistema pensional.Actualmente, Colpensiones desembolsa 80 billones de pesos anuales en mesadas dentro del régimen general. La mitad de esa suma se financia con transferencias directas del presupuesto provenientes de impuestos como el IVA y la renta, mientras que los otros 40 billones provienen del uso de cotizaciones y traslados de afiliados desde el régimen privado.Velasco dio un mensaje de tranquilidad a los adultos mayores al manifestar que "la nación colombiana no los va a dejar atrás, no los va a olvidar, les va a pagar su pensión", aunque reiteró la necesidad de solucionar el problema fiscal del país.
El aumento anual de las pensiones en Colombia tendría una modificación si avanza una propuesta que busca cambiar la fórmula utilizada para actualizar las mesadas de los jubilados. La iniciativa plantea establecer un criterio diferente para las personas según el valor de su pensión y tomar como referencia el incremento del salario mínimo o el Índice de Precios al Consumidor.El proyecto de ley propone modificar el artículo 14 de la Ley 100 de 1993, que establece las reglas para llevar a cabo el reajuste anual de las pensiones de vejez, jubilación, invalidez y de sustitución o sobrevivientes.La propuesta aún no se encuentra vigente. Para convertirse en ley, debe completar el trámite correspondiente en el Congreso de la República y luego ser promulgada.¿Cómo cambiaría el aumento de las pensiones en Colombia?Según el proyecto, se busca dividir las mesadas en dos grupos de acuerdo con el número de salarios mínimos que representan. Las pensiones iguales o inferiores a seis salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) tendrían un reajuste anual equivalente al mismo porcentaje de aumento definido para el salario mínimo de ese año.En cambio, las pensiones superiores a seis SMMLV seguirían usando como referencia el IPC. La modificación aplicaría a las diferentes modalidades contempladas en la propuesta y tendría alcance en cualquiera de los regímenes del Sistema General de Pensiones.De esta manera, el esquema planteado quedaría así:Pensiones de hasta seis SMMLV: aumento con el mismo porcentaje del salario mínimo.Pensiones superiores a seis SMMLV: aumento con el porcentaje correspondiente al IPC.El cambio modificaría el punto de referencia utilizado actualmente para determinar el reajuste de las mesadas que se encuentren dentro del primer grupo.¿Por qué se cambiaría la fórmula para aumentar las pensiones?La exposición de motivos señala que el mecanismo vigente puede generar pérdidas reales de ingreso para algunos pensionados cuando el comportamiento del IPC difiere del incremento del salario mínimo.Los autores del proyecto también han sostenido que el IPC corresponde a un promedio estadístico general y que no refleja únicamente los gastos que tienen los adultos mayores.En ese sentido, el proyecto menciona rubros como la salud, los medicamentos, la alimentación básica, los servicios públicos y la vivienda como parte de los gastos que tienen los pensionados.Con base en ese argumento, la iniciativa plantea que utilizar el salario mínimo como referencia para las pensiones de hasta seis SMMLV podría contribuir a mantener el poder adquisitivo de estos ingresos.¿Cuándo aplicaría el nuevo aumento de pensiones?El proyecto establece que la eventual modificación comenzaría a regir el primero de enero siguiente a la fecha en que sea promulgada la ley.Además, contempla que el Gobierno Nacional tendría un plazo de seis meses después de la promulgación para reglamentar las nuevas disposiciones.La propuesta también sustenta sus planteamientos en los artículos 1, 13, 46, 48 y 53 de la Constitución Política, relacionados con asuntos como la dignidad humana, la igualdad, la protección del adulto mayor, la seguridad social y el reajuste periódico de las pensiones.Por ahora, el cambio corresponde únicamente a una iniciativa legislativa. Su contenido podría modificarse durante el trámite en el Congreso antes de una eventual aprobación.
La Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, Asofondos, respaldó el proyecto de decreto publicado por el Ministerio de Hacienda, que busca eliminar el límite que actualmente tienen los fondos de pensiones para invertir en mercados internacionales. La medida permitiría mantener una mayor diversificación de los ahorros de los afiliados.“Desde el gremio de los fondos de pensiones y cesantías recibimos con beneplácito la publicación de ese decreto, porque consideramos que un portafolio que es diversificado siempre será mejor, siempre podrá dar mayor rentabilidad, dar mejor gestión del riesgo y mejor gestión de la liquidez, que un portafolio menos diversificado”, afirmó Andrés Velasco, presidente de Asofondos.Actualmente, los fondos tienen un límite del 30 % para invertir en el exterior. La propuesta del Ministerio de Hacienda busca eliminar esa restricción para que las administradoras puedan distribuir de una mejor manera los recursos de los trabajadores entre inversiones en Colombia y otros países, con el objetivo de reducir riesgos y buscar mejores rendimientos.El cambio se plantea después de la reforma pensional y de la decisión de la Corte Constitucional sobre la Ley 2381 de 2024. Según el Gobierno, mantener un límite estricto a las inversiones internacionales podría afectar la rentabilidad y aumentar los riesgos de los portafolios. Por eso, la propuesta busca que las administradoras tengan mayor libertad para decidir dónde invertir, siempre priorizando la protección y el crecimiento de los ahorros de los trabajadores.“Recordemos que ese decreto era el que obligaba a los fondos de pensiones y cesantías a limitar sus inversiones en el extranjero, reduciendo la diversificación, lo cual iba en contravía de la rentabilidad y del bienestar de los ahorradores colombianos, de los trabajadores colombianos”, concluyó Velasco.
El Ministerio de Hacienda de Colombia ya publicó para comentarios un proyecto de decreto con el que echa para atrás la polémica decisión de la administración anterior que obligaba a los fondos privados de pensiones a repatriar unos 125 billones de pesos en ahorro de sus afiliados que estaba invertido en los mercados internacionales.El argumento de la administración de Gustavo Petro es que el ahorro pensional debe financiar el desarrollo en el país. Sin embargo, la industria cree que en el país no hay suficientes alternativas de inversión para esa cantidad de recursos y que se habrían visto obligados a dejar la mayor parte de esos recursos 'parqueados' en títulos de deuda del gobierno.El decreto tendra que pasar por un período obligatorio de comentarios del publico antes de ser firmado por el presidente Abelardo De La Espriella.Los fondos privados de pensiones celebraron el anuncio"Recordemos que ese decreto era el que obligaba a los fondos de pensión de cesantías a limitar sus inversiones en el extranjero, reduciendo la diversificación, lo cual iba en contravía de la rentabilidad del bienestar de los ahorradores colombianos, de los trabajadores colombianos. Desde el gremio de los fondos de pensiones de cesantías a sus fondos, recibimos con beneplácito la publicación de ese decreto, porque consideramos que un portafolio que es diversificado siempre será mejor, siempre podrá dar mayor rentabilidad, dar mejor gestión del riesgo y mejor gestión de la liquidez, que un portafolio menos diversificado", dijo el presidente de Asofondos, Andrés Velasco.
La retractación de David Murcia Guzmán ante la Fiscalía, en la que aseguró que sus señalamientos contra el presidente Abelardo De La Espriella estuvieron precedidos por expectativas relacionadas con una eventual designación como gestor de paz y la posibilidad de recuperar su libertad, abrió un nuevo capítulo sobre el uso de esta figura durante el anterior Gobierno.El tema fue analizado este jueves en Mañanas Blu, donde el periodista Felipe Zuleta aseguró que el caso de Murcia no sería, según su versión, un hecho aislado. Zuleta afirmó que durante el Gobierno de Gustavo Petro también se habría producido una gestión ante integrantes de grupos paramilitares con un propósito político.Felipe Zuleta habla de una supuesta gestión ante paramilitaresAl referirse a la carta enviada por Murcia a la Fiscalía, Zuleta dijo que no le sorprendía la retractación y recordó que el exdirector de DMG había manifestado que le ofrecieron la posibilidad de ser gestor de paz. A partir de ese episodio, el periodista aseguró que tenía conocimiento de otro caso que, según él, guardaría similitudes: “Sí señor, el presidente Petro también en su momento mandó a dos altos funcionarios del Gobierno a reunirse con los paramilitares”, afirmó Zuleta.Según su relato, esas reuniones se habrían producido en el contexto de lo que denominó el “cierre de Ralito” o cierre de las conversaciones con los paramilitares. Zuleta aseguró que la misión encomendada a esos funcionarios habría sido convencer a integrantes de esos grupos, a cambio de “prebendas”, para que hablaran del entonces candidato presidencial Abelardo De La Espriella y del expresidente Álvaro Uribe.El periodista agregó que tiene documentación relacionada con lo que estaba contando, aunque decidió reservar los nombres de las personas que, según su versión, habrían participado en esas gestiones.La relación con la figura de gestor de pazMurcia, quien permanece recluido en la cárcel de Palogordo, en Girón, Santander, envió una carta de cuatro páginas a la Fiscalía 63 Local de la Unidad de Conciliación Preprocesal. En ella se retractó de los señalamientos que había formulado en febrero contra De La Espriella, quien en ese momento era candidato presidencial. En el documento, Murcia explicó que sus declaraciones estuvieron precedidas por expectativas que, según afirmó, le fueron planteadas desde sectores cercanos al Gobierno nacional anterior y que estaban relacionadas con una eventual vinculación como gestor de paz y con la posibilidad de recuperar su libertad.En Mañanas Blu se planteó precisamente la pregunta sobre quién habría ofrecido esa posibilidad a Murcia y bajo qué condiciones. El periodista Felipe Zuleta sostuvo que el episodio debía analizarse dentro de un contexto más amplio y volvió a referirse a las supuestas reuniones con paramilitares.También mencionó a Angie Rodríguez, quien, según se recordó durante el programa, había hablado anteriormente sobre reuniones y gestiones relacionadas con este asunto. Zuleta afirmó que Rodríguez no se habría prestado para realizar la gestión que, según su versión, se buscaba adelantar.Zuleta también mencionó a Salvatore MancusoDurante la conversación, Zuleta y los periodistas de Mañanas Blu también hicieron referencia a Salvatore Mancuso. En particular, se mencionó una retractación relacionada con señalamientos contra Álvaro Uribe y con hechos como las masacres de El Aro y La Granja. El argumento planteado durante el programa fue que estos episodios tendrían elementos en común con la discusión sobre las declaraciones de Murcia y las gestiones que supuestamente se habrían realizado para obtener determinados testimonios.Zuleta afirmó que, según su versión, una de las razones por las que el Gobierno habría cuestionado a Angie Rodríguez estaría relacionada con que los paramilitares no terminaron hablando en contra de quienes se buscaba señalar. En ese punto, además de De La Espriella y Uribe, mencionó al exvicepresidente Germán Vargas Lleras como otro de los nombres que, según su relato, habría estado dentro de ese contexto.La carta de David Murcia está ahora en manos de la FiscalíaLa revelación de Zuleta se produce después de que Murcia presentara formalmente su retractación ante la Fiscalía. En el documento, el condenado por el caso DMG negó varias de las afirmaciones que había realizado en febrero contra De La Espriella. Entre ellas, aseguró que los honorarios pagados al entonces abogado correspondían a los servicios jurídicos prestados y negó que este se hubiera apropiado indebidamente de dinero.También negó haber recibido de De La Espriella propuestas para entregar dinero a congresistas o funcionarios públicos con el propósito de influir en un trámite legislativo. Murcia igualmente se retractó de la afirmación relacionada con unos supuestos 5.000 millones de pesos y negó que el padre de De La Espriella hubiera recibido beneficios o un nombramiento como notario a cambio de que el abogado abandonara su defensa.El caso se originó después de que De La Espriella presentara una querella por las declaraciones de Murcia en una entrevista del 12 de febrero de 2026. Ahora, la Fiscalía deberá establecer qué ocurrió y determinar el alcance de las afirmaciones contenidas en la nueva versión de Murcia.Detalles en el siguiente video:
El Juzgado 25 con Función de Conocimiento absolvió a Nelsy Tirado Chacón y Hernando Barón Ayala, quienes habían sido señalados por la Fiscalía de presuntamente colaborar en las exigencias económicas realizadas a integrantes de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) de la excongresista Tatiana Cabello Flórez Martínez.La investigación estaba relacionada con el proceso por el que la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a Cabello a 144 meses y un día de prisión, equivalentes a 12 años, por el delito de concusión en modalidad continuada y en concurso homogéneo.De acuerdo con esa investigación, la entonces congresista habría solicitado mensualmente a integrantes de su UTL la devolución de un porcentaje de sus salarios. Las personas identificadas como víctimas fueron Luisa Fernanda Puerto Vela, Lina Marcela García Pinto, Daniela Salazar Puerto y Sonia Astrid Blanco Reyes.Sin embargo, al analizar la situación particular de Tirado Chacón y Barón Ayala, el Juzgado 25 de Conocimiento concluyó que las pruebas practicadas no permitían establecer que hubieran realizado actos de constreñimiento, inducción o solicitud de dinero.La juez explicó que las funciones desempeñadas por ambos eran de carácter “secundario, secretariales, conducción y mensajería” y que no se acreditó que hubieran utilizado esas labores para generar una relación de superioridad o doblegar la voluntad de alguna de las víctimas.El despacho también analizó las transferencias de dinero que aparecen en el expediente. Sobre los 670.000 pesos enviados a la cuenta de Nelsy Tirado y los giros realizados a Hernando Barón, la juez señaló que “la mera recepción de dinero no configura el delito de concusión”.Según la decisión, las pruebas mostraron que la instrucción relacionada con la devolución de dinero provenía de un tercero, identificado en el proceso como la jefa, y no de una solicitud directa realizada por los dos procesados. Por esa razón, el juzgado consideró que la recepción material de los recursos no era suficiente para configurar el delito.En el caso de Tirado Chacón, la juez señaló que nunca realizó una exigencia económica verbal o escrita. De acuerdo con el análisis del testimonio, la iniciativa de enviar el dinero habría surgido de Lina García a través de WhatsApp y Tirado se habría limitado a suministrar los datos de su cuenta bancaria como canal receptor.Además, la juez indicó que la testigo había reconocido que la instrucción inicial de entregar un porcentaje de su salario le fue comunicada por Luisa Fernanda Puerto y no por los procesados. Frente a Barón Ayala, sostuvo que la testigo manifestó que este nunca le realizó constreñimiento, inducción o solicitud económica.El despacho también cuestionó aspectos del testimonio de Puerto. La juez habló de “inconsistencias y contradicciones esenciales” y señaló que la defensa la confrontó con un documento físico firmado por ella el 17 de agosto de 2017, en el que manifestó haber recibido siempre un trato respetuoso y negó que se le hubiera solicitado dinero.La decisión también indicó que durante el juicio se evidenciaron variaciones en sus declaraciones sobre el grado de conocimiento que Hernando Barón habría tenido respecto del origen de los dineros.Tras conocer la absolución, la defensa de Barón Ayala, encabezada por el abogado Juan Manuel Castellanos, destacó el resultado del proceso y afirmó “es una decisión acertada en derecho porque la Fiscalía General de la Nación no probó, y no tenía cómo probar alguna responsabilidad en contra del señor Barón Ayala.Es decir, no existían elementos materiales probatorios contundentes en su momento. Yo creo que, aprovechando la coyuntura del país, sí es necesario apoyar en este momento al ministro de justicia, pues, en punto de la eliminación de una audiencia de imputación, y precisamente este es el caso, porque una imputación que se realizó sin un solo elemento material probatorio, pero que sí daña la vida, no solamente del procesado, sino de la familia”Por otro lado, rechazó el principio de oportunidad de Luisa Fernanda Puerto “Yo creo que la Fiscalía se equivocó al otorgar un principio de oportunidad a la señora Luisa Fernanda Puerto. Gracias a ese principio de oportunidad, y creo que así lo determina la juez en un primer momento, es que ella tenía que involucrar a inocentes. Como abogado, sí tengo que rechazar esas presiones indebidas que se hacen para buscar principios de oportunidad e involucrar a terceras personas o personas cercanas para obtener beneficios e irse impunes”.
¡Mucho cuidado! Autoridades en Medellín alertan a comerciantes por suplantación de funcionarios y cobros indebidos. Aseguran que ninguna persona puede cobrar dinero por agilizar procesos o realizar visitas.Sobre la alertaLa Alcaldía de Medellín lanzó una alerta dirigida a comerciantes, propietarios y administradores de establecimientos abiertos al público ante posibles casos de suplantación de servidores públicos y falsos inspectores sanitarios que estarían realizando cobros indebidos.Es por esta razón que la Administración Distrital recordó que ningún funcionario está autorizado para solicitar dinero o beneficios económicos a cambio de realizar visitas, entregar conceptos favorables o agilizar trámites.La subsecretaria Administrativa y Financiera de la Secretaría de Salud, María Rivera, indicó que la advertencia se relaciona con las labores de inspección, vigilancia y control sanitario que adelantan las autoridades en diferentes zonas de la ciudad.“En Medellín, hacemos un llamado a los comerciantes y propietarios de establecimientos abiertos al público, recuerden que ningún funcionario está autorizado para solicitar dinero, dádivas o beneficios económicos a cambio de visitas sanitarias, conceptos, trámites o para evitar medidas sanitarias”, dijo.Ante una visita, la recomendación de la Alcaldía de Medellín es que los comerciantes soliciten la identificación del funcionario y verifiquen su nombre, cargo y entidad. Además, pidió desconfiar de personas que prometan evitar sanciones o gestionar visitas a cambio de dinero.Las autoridades en la capital de Antioquia hizo un llamado a los comerciantes para mantenerse atentos frente a posibles intentos de engaño y verificar siempre la identidad de quienes se presenten como funcionarios encargados de realizar controles sanitarios.
Ya son 32 los cuerpos recuperados en el Cementerio Universal de Medellín, en un proceso humanitario realizado a nivel regional que, además, ha permitido hallar a más de 100 personas con vida y entregar más de 200 cuerpos recuperados a sus familias.Tras culminar su quinta fase de intervención en el Jardín Cementerio Universal de Medellín, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas recuperó 14 cuerpos de personas reportadas como desaparecidas, sumando un total de 32 recuperaciones en este camposanto desde el año 2020.Las labores recientes permitieron intervenir igual número de bóvedas en las galerías Mausoleo Municipal, Coonaltef, Ferroviarios y Aspenjudas.Este sitio de interés forense ha sido históricamente el principal punto de inhumación de cuerpos no identificados y no reclamados en la ciudad, albergando a víctimas de desaparición procedentes, tanto de zonas urbanas del Valle de Aburrá como de áreas rurales de Antioquia, incluidas personas en situación de vulnerabilidad, habitantes de calle y víctimas del conflicto armado vinculadas a los ríos Medellín, Porce y Cauca.“Históricamente, este sitio o este camposanto ha sido un epicentro para la inhumación de cuerpos de no solo el Valle de Aburrá, sino de todo noroccidente. A la fecha, en el marco de nuestra investigación humanitaria, ha realizado un total de cinco fases de intervención desde el 2020 a la fecha y hemos recuperado un total de 32 cuerpos”, aseveró.A nivel regional, la Unidad de Búsqueda registra un universo de más de 33.000 personas dadas por desaparecidas en el noroccidente del país que comprende los departamentos de Antioquia, Caldas y Chocó, apoyadas por 19 Planes Regionales y un registro de 9.712 personas buscadoras. En esta demarcación, la labor humanitaria ha permitido hallar a 122 personas con vida y recuperar 1.628 cuerpos, de los cuales 224 han sido entregados dignamente a sus familias.“Tenemos aproximadamente un universo de más de 33,000 personas dadas por desaparecidas. A la fecha hemos recuperado más de 1,600 cuerpos. Tenemos un resultado de 122 personas encontradas con vida y hemos realizado 124 entregas dignas”, puntualizó.En el panorama nacional, la entidad ha logrado ubicar un total de 5.721 cuerpos y a 633 personas con vida, consolidando procesos de investigación extrajudiciales que buscan dar respuesta a las familias que continúan buscando a sus seres queridos en el país.
Volkswagen llamó a revisión más de 2,8 millones de vehículos VW y Audi en todo el mundo por un riesgo de "ruptura de los tornillos" de la dirección, informó este viernes la agencia alemana del automóvil (KBA) en un comunicado.El problema puede provocar una "ruptura de los tornillos", lo que puede "acarrear un fallo de la dirección", precisó KBA.En concreto, la medida afecta a 2,16 millones de vehículos de VW y a 700.000 de la marca Audi. De todos ellos, un tercio se encuentran en Alemania.Cuáles son los carros VW y Audi llamados a revisiónEn el caso de VW, los cinco modelos -Golf, Golf Variant, Tiguan, Touran et Caddy- fueron fabricados entre 2013 y 2024. En cuanto a Audi, se trata de modelos Q3 fabricados de 2017 a 2024."Estamos retirando de forma preventiva los vehículos afectados, sin que haya habido daños corporales", dijo a la AFP un portavoz del grupo, que indicó que se había detectado "un fenómeno de corrosión en el tornillo".Según él, el peligro "no es tan grave como para inmovilizar el vehículo" inmediatamente y dijo que los particulares pueden acudir al concesionario al volante del vehículo, "conduciendo". Allí, les proporcionarán nuevos tornillos más resistentes a la corrosión, precisó.Un nuevo revés para el primer fabricante de vehículos europeo, que a principios de septiembre alcanzó un acuerdo con los sindicatos para suprimir hasta 100.000 puestos de trabajo de aquí a 2030.