Ante la entrada en vigencia del Decreto 0234 de 2026, que establece la negociación colectiva por niveles, Acopi ha expresado profunda preocupación. Este mecanismo permite que trabajadores y empleadores acuerden condiciones laborales más allá de la empresa individual, estableciendo jerarquía y reglas de representatividad para garantizar la eficacia de los acuerdos. Sin embargo, la organización señala que sus aportes previos al Ministerio de Trabajo no fueron considerados y advierte que la norma podría afectar gravemente a las micro y pequeñas empresas, que representan el 99,7 % del tejido empresarial del país y generan la mayor parte del empleo formal.
“La Mipymes es el sector que más empleo formal genera, pero también la más débil en la cadena. Entonces se solicitó no incluirlas en el decreto, y vemos que no se tuvo en cuenta, y eso es muy grave, muy grave”, afirmó María Elena Ospina, presidenta nacional de Acopi. La organización advierte que si las grandes empresas negocian beneficios, estos se trasladarán automáticamente a las Mipymes, que no cuentan con la capacidad financiera para asumir estas cargas, poniendo en riesgo la sostenibilidad y competitividad del sector.
A este pronunciamiento se sumó el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, que señaló que el Gobierno pretende revivir por la vía administrativa un punto de la reforma laboral que no fue aprobado por el Congreso.
Además, aseguró que el decreto establece que incluso los trabajadores que no estén afiliados al sindicato que llevó a cabo la negociación en el sector deberán pagar una cuota a esa organización. Esto genera preocupación, ya que contradice el derecho de los empleados a no formar parte de un sindicato, un principio protegido tanto por la libertad sindical como por la Constitución.
“El efecto sería que empresas que no participaron en la negociación queden igualmente obligadas por los acuerdos alcanzados. Es un nuevo golpe para las mipymes que quedarían obligadas a cargas salariales cuantiosas”, añadió el presidente de Fenalco.
¿Qué implica el decreto?
El decreto contempla cinco aspectos principales para organizar la negociación colectiva por niveles. Primero, la definición de ámbitos, que permite que la negociación se realice a nivel de grupos de empresas, sectores o ramas de actividad. Esto facilita que trabajadores de micro y pequeñas empresas, que no alcanzan los 25 afiliados necesarios para formar un sindicato, puedan acceder a los beneficios pactados en empresas más grandes, ampliando la cobertura de derechos y protecciones laborales.
En segundo lugar, el piso mínimo y jerarquía asegura que los beneficios acordados a nivel de sector no puedan ser reducidos por convenios individuales de empresa. Solo se permiten ajustes operativos específicos, nunca reducciones de salarios o derechos básicos, garantizando que todos los trabajadores, sin importar el tamaño de su empresa, tengan un nivel mínimo de protección laboral.
El tercer punto es la unidad de negociación, que obliga a los sindicatos a presentar un pliego único y a sentarse en una sola mesa por sector. En caso de desacuerdos entre sindicatos, se crea una matriz de compatibilización que integra las propuestas comunes y minoritarias, reduciendo costos administrativos y asegurando que los beneficios se apliquen de forma uniforme.
Por último, el decreto regula las reglas de representatividad, obligando a los sindicatos y empleadores a demostrar su alcance y legitimidad. Las Mipymes recibirán disposiciones especiales, con plazos graduales y topes de costos, para no comprometer su sostenibilidad. Además, los trabajadores no sindicalizados que se beneficien de estos acuerdos deberán pagar una cuota equivalente a la de los afiliados, reconociendo la labor del sindicato en la negociación.