Comunidad del anillo: las razones del juez para no cerrar caso del asesinato de la cadete Zapata
En la decisión se dejó constancia de que no se apreció un esfuerzo investigativo orientado a explorar con la misma intensidad hipótesis alternativas a la del suicidio.
Familia de cadete Lina Zapata pide sea crimen de lesa humanidad por nexos con Comunidad del Anillo
Un juez de conocimiento de Bogotá rechazó la solicitud de preclusión presentada por la Fiscalía General de la Nación en el proceso por la muerte de la cadete de la Policía Nacional Lina Maritza Zapata, ocurrida el 25 de enero de 2006 al interior de la Escuela General Santander, presuntamente vinculada a la investigación de la Comunidad del Anillo, al considerar que la investigación no agotó de manera suficiente otras hipótesis distintas a la del suicidio, planteada por el ente acusador para cerrar definitivamente el caso.
Familia de cadete Lina Zapata pide sea crimen de lesa humanidad por nexos con Comunidad del Anillo
La decisión fue adoptada por el Juzgado 58 Penal del Circuito con función de conocimiento, que concluyó que la tesis central sostenida por la Fiscalía, un suicidio motivado por una ruptura sentimental, carece de la solidez probatoria necesaria y presenta inconsistencias frente a los propios elementos temporales y contextuales que reposan en el expediente. En particular, el despacho judicial descartó que la expareja sentimental de la cadete, identificada como “el gordo”, pudiera definirse como el móvil exclusivo del fallecimiento.
Al analizar ese punto, el juez sostuvo que “la narrativa del fracaso amoroso con que se identifica como ‘el gordo’ pierde fuerza explicativa si se la contrasta con los datos temporales aportados por esa misma declarante, según los cuales la ruptura había ocurrido meses antes, lo que permitiría definir un proceso de elaboración ya en curso y una disposición a establecer nuevas relaciones”.
En esa misma línea, el despacho hizo referencia a la mención del cadete, identificado como Cifuentes, señalado por algunos testimonios como un posible vínculo afectivo dentro de la escuela. Para el juez, aunque ese dato “no acredita una determinada hipótesis”, sí introduce un elemento adicional que debilita la idea de una ruptura reciente como detonante inmediato del desenlace.
Otro de los puntos centrales cuestionados por el juez fue la supuesta carta suicida que la Fiscalía tuvo en cuenta para sustentar su solicitud de preclusión. Sobre este elemento, el fallo advirtió que “lo cierto es que la última declaración de quien fue presentada como su mejor amiga introduce un contraste que no puede soslayarse”, pues manifestó no reconocer el escrito como de autoría de la cadete.
Según esa testigo, el contexto personal de Lina Zapataestaba marcado por “expectativas institucionales relevantes, como el ascenso próximo y por la apertura a nuevas posibilidades de vida social y sentimental”, y explicó que sus episodios de aislamiento respondían más a una necesidad fisiológica de descanso que a un cuadro depresivo.
Más allá de la crítica a la hipótesis del suicidio, el juez hizo un llamado de atención a la Fiscalía por la forma en que condujo la investigación. En su decisión dejó constancia de que “no se aprecia un esfuerzo investigativo orientado a explorar con la misma intensidad hipótesis alternativas ni a extender la verificación a otros supuestos penalmente relevantes que eventualmente pudieron concurrir o incidir en el deceso”. Esa falencia, agregó, se agrava por el paso del tiempo y por la ausencia de diligencias básicas que habrían sido útiles para el esclarecimiento de los hechos.
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El despacho enumeró, entre otras omisiones, la falta de análisis de huellas o rastros en el arma y en el sable, así como la inexistencia de actos de reconstrucción que permitieran establecer con mayor precisión qué ocurrió dentro del inmueble y cuál fue el recorrido de la cadete en los minutos previos a su muerte. “No se trata de exigir pruebas imposibles ni de imponer una investigación inagotable, sino de advertir que frente a un desenlace de alta complejidad y a la hipótesis de una posible alteración de la escena, la Fiscalía debía al menos agotar aquellos actos básicos de esclarecimiento y preservación”.
Tras la decisión judicial, el abogado de la familia, Jesús Vergara, explicó las implicaciones procesales inmediatas. “El juez, al no decretar la preclusión, le dice a la Fiscalía que tiene que continuar investigando, pero solamente quedan tres días, debido a la prescripción que tiene como fecha límite el 25 de enero”, señaló.
Según el apoderado, el fiscal del caso deberá solicitar que la investigación sea declarada imprescriptible, lo que implicaría acudir ante la autoridad competente para “seguir investigando, porque hay muchos vacíos”, advirtió.
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El caso de Lina Maritza Zapata no solo marcó a su familia, sino que se convirtió en uno de los episodios más sensibles del escándalo conocido como la Comunidad del Anillo, una presunta red de explotación sexual que habría operado durante años al interior de la Policía Nacional. Aunque inicialmente su muerte fue catalogada como suicidio y el proceso cerrado, una década después la investigación fue reabierta y reclasificada como homicidio.
La defensa de las víctimas ha insistido en la existencia de irregularidades, como patrones de manchas de sangre que no coincidirían con la ubicación del cuerpo, anomalías en el uniforme que vestía la cadete el día de su muerte, entre otros.