La sanción contra William Dau fue confirmada en segunda instancia por la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría, que determinó que el exalcalde incurrió en una falta disciplinaria gravísima, al desconocer principios de contratación estatal en la firma del contrato por $725 millones de pesos.
Ahora, el Consejo de Estado evaluó el caso a la luz de la sentencia C-030 de 2023 de la Corte Constitucional, la cual establece que las sanciones de destitución e inhabilidad contra funcionarios de elección popular deben ser revisadas automáticamente por la jurisdicción contencioso-administrativa y, por esa razón, admitió la revisión de la sanción impuesta por la Procuraduría al exalcalde de Cartagena.
La competencia de la Procuraduría para sancionar a funcionarios elegidos por voto popular ha sido una larga discusión y, en este caso, el Consejo de Estado le pidió al Ministerio Público remitir el expediente completo del caso y le advirtió sobre la obligación de respetar el debido proceso en futuras sanciones a funcionarios electos.
”La ejecución de los respectivos actos sancionatorios ‘procederá inmediatamente’ (...) impidió el ejercicio del derecho del exalcalde William Jorge Dau Chamatt referente a formular cargos, presentar argumentos a su favor, solicitar pruebas y controvertir las practicadas en el procedimiento disciplinario", señala el documento.
Con esta decisión, el exalcalde tendrá la oportunidad de argumentar su defensa antes de que el tribunal determine si la sanción se mantiene o es revocada.