Colegios están obligados a cumplir con está norma: no hacerlo les saldría muy caro
El Código de Infancia y Adolescencia, tiene una norma que exige a las instituciones educativas garantizar condiciones seguras y dignas para sus estudiantes.
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En Colombia, los colegios no solo deben impartir conocimientos en áreas como matemáticas, ciencias o sociales; también están legalmente obligados a proteger la integridad y el bienestar de sus estudiantes. Así lo establece la Ley 1098 de 2006, conocida como el Código de Infancia y Adolescencia, una norma que exige a las instituciones educativas garantizar condiciones seguras y dignas para el acceso y la permanencia de los menores en el sistema escolar.
Esta legislación complementa lo dispuesto por la Ley General de Educación y ordena que cada colegio cuente con rutas claras de atención y sanción frente a casos de acoso, discriminación o vulneración del derecho al libre desarrollo de la personalidad. En otras palabras, cuando un estudiante es víctima de bullying o de cualquier tipo de agresión, verbal o física, el plantel educativo debe actuar de inmediato, identificar a los responsables y aplicar medidas correctivas. Ignorar estos casos puede acarrear sanciones legales y administrativas para las instituciones.
La norma es clara: los colegios deben promover ambientes escolares libres de violencia y adoptar estrategias pedagógicas que fomenten la convivencia, la empatía y el respeto por las diferencias.
Cuando un estudiante sufre matoneo, discriminación o amenazas, la institución tiene la obligación de intervenir y activar una ruta de atención que incluya acciones de prevención, corrección y acompañamiento psicológico.
De acuerdo con el Código de Infancia, la víctima también puede solicitar la intervención del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), a través de las Defensorías de Familia, o acudir a las Comisarías de Familia de su municipio. Si el caso implica lesiones físicas, amenazas graves o riesgo para la vida del estudiante, la Policía de Infancia y Adolescencia debe ser notificada para garantizar su protección.
Las instituciones que omitan estas responsabilidades pueden enfrentar procesos sancionatorios por parte de las autoridades de control, además de perder la confianza de las familias y de la comunidad educativa.
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Cumplir con la Ley 1098 no es una formalidad burocrática: es un compromiso con la vida, la seguridad y la dignidad de los niños, niñas y adolescentes que asisten a los colegios del país.