La justicia en Colombia se “detiene”: trámites de ciudadanos se verán afectados por esta razón
Ya anunciaron el periodo en el que la mayor parte de los juzgados del país cesan sus actividades, ciudadanos deben estar pendientes de sus trámites para evitar ser afectados.
En los pasillos de los juzgados, diciembre suele traer un ambiente particular. Mientras algunos ciudadanos madrugan para radicar tutelas, verificar estados de procesos o solicitar copias urgentes antes de salir a vacaciones, otros llegan confiados sin saber que, por estas fechas, el ritmo de la justicia cambia.
La escena se repite cada año, personas haciendo largas filas, funcionarios organizando expedientes en el menor tiempo posible y usuarios intentando resolver sus pendientes antes de que el juzgado cierre.
Estas situaciones se deben al inicio de la vacancia judicial, periodo en el que la mayor parte de los despachos del país entran en receso colectivo y en el que solo funciona un grupo reducido de entidades y juzgados de turno para garantizar la atención mínima.
¿Cuándo empiezan las vacaciones judiciales?
A través de la Circular PCSJC25-40, emitida el pasado 4 de diciembre, el Consejo Superior de la Judicatura dispuso el bloqueo de las cuentas de correo institucionales desde el 20 de diciembre de 2025 a las 00:00 horas hasta el 10 de enero de 2026 a las 23:59 horas.
Personas asistiendo a juzgados.
Foto: Universidad Cooperativa de Colombia.
Lo anterior, quiere decir que la mayoría de los juzgados a nivel nacional entran en temporada de receso o vacancia judicial, lo cual se llevará a cabo en las fechas mencionadas, que son las mismas en las que se reanudan las labores en los juzgados, tribunales y altas cortes del país.
De acuerdo con la circular, cada despacho o servidor judicial deberá diligenciar su solicitud de autogestión en el aplicativo habilitado hasta el 19 de diciembre a las 17:59 horas, para activar el mensaje automático que notificará el cierre temporal de sus correos oficiales.
¿Qué entidades seguirán prestando servicio?
Durante este periodo, solo algunas entidades continuarán operando. Entre ellas están:
Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Consejo Superior de la Judicatura y consejos seccionales.
Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y direcciones seccionales.
Juzgados penales municipales.
Juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad.
Fiscalía General de la Nación.
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Como consecuencia, los juzgados penales municipales y los juzgados de ejecución de penas, que operan bajo régimen de vacaciones individuales, deberán asumir una mayor carga laboral durante el receso colectivo, según lo estipulado en la Ley 2430 de 2024.
Esto significa que, entre el 20 de diciembre y el 10 de enero, estos lugares deberán atender no solo los procesos ordinarios que les corresponden, sino también todas las acciones de tutela y habeas corpus que se presenten mientras los demás despachos permanecen cerrados.
Esto implica que las personas que requieran adelantar trámites judiciales deben anticiparse y consultar la disponibilidad de los despachos antes del 20 de diciembre. Durante la vacancia, la atención será limitada y solo estarán operando los juzgados y entidades habilitados.
¿Qué trámites quedan suspendidos?
Para las personas del común, este periodo implica una pausa casi total en la mayoría de trámites judiciales, pues trámites como los siguientes quedarán suspendidos hasta el reinicio de labores:
Solicitudes como copias de procesos.
Radicación de memoriales.
Consultas presenciales
Avances en expedientes civiles, laborales o de familia.
Respuestas a correos institucionales.
La temporada de vacancia judicial podría retrasar audiencias, decisiones pendientes y procesos que muchos ciudadanos esperan resolver antes de terminar el año. Por eso, quienes necesiten gestionar algún trámite deberán hacerlo antes del 20 de diciembre o, de lo contrario, esperar hasta enero para retomar sus diligencias.