Afiliarse a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL) puede parecer un simple trámite administrativo, pero para miles de trabajadores en Colombia representa la diferencia entre estar protegidos o quedar desamparados en caso de un accidente.
En una obra, en una oficina, en un hospital o incluso frente a un computador, la seguridad laboral no es un juego, es la garantía de que, si algo sucede, habrá atención médica, prestaciones económicas y un sistema que responda.
Para las empresas, contar con sus trabajadores afiliados no solo es una obligación legal, sino un escudo ante contingencias que pueden comprometer su operación y su estabilidad financiera.
En este sentido, un formulario de afiliación no es un papel más, es la puerta de entrada al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL). Por eso, cuando este documento cambia, también cambia la manera en que empresas, entidades educativas, trabajadores independientes y organizaciones públicas o privadas se relacionan con el sistema.
Nuevo formulario de afiliación a riesgos laborales
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió en 2025 un proyecto de resolución que modifica el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales, documento obligatorio para gestionar altas y cambios ante cualquier Administradora de Riesgos Laborales (ARL).
La actualización se debe a cambios en la legislación laboral y de seguridad social, especialmente en la “Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), la Ley 2208 de 2022 (Segundas Oportunidades), la Ley 2461 de 2025 (Seguridad Social para concejales) y nuevas disposiciones sobre aprendices, voluntarios y trabajo penitenciario”.
¿Qué cambia en el formulario de afiliación a riesgos laborales?
El proyecto de resolución introduce cambios que buscan que la ARL tenga una descripción más precisa del tiempo, modo y lugar en el que los afiliados desarrollan sus actividades. Entre las principales modificaciones están:
-Inclusión de nuevos tipos de cotizantes, como:
- Trabajador en Ley de Segundas Oportunidades
- Promotor del Servicio Social para la Paz
- Mujeres que prestan servicio de utilidad pública
- Voluntarios en primera respuesta
- Estudiantes bajo nuevas modalidades y aprendices según la Reforma Laboral
-Ajustes para trabajadores de tiempo parcial con varios empleadores, una figura que tiene más importancia en la Ley 2466.
-Cambios en la estructura para registrar:
- Modalidad de trabajo (presencial, teletrabajo, trabajo en casa, remoto)
- Código de actividad económica y clase de riesgo
- Información detallada del sitio donde se ejerce la labor
- Jornada establecida: única, turnos o rotativa
-Nuevos campos y validaciones en el reporte de novedades, como:
- Cambio de ocupación u oficio
- Variación del centro de trabajo
- Traslado de ARL
- Actualización de IBC
- Novedades en aprendices, penitenciarios o trabajadores en esquemas especiales
-Inclusión de fechas obligatorias, registros de residencia, códigos de ocupación y actividades específicas según el tipo de afiliado.
¿Para quiénes aplican los cambios en el formulario?
El formulario es usado no solo por trabajadores y empresas, sino también por:
- Empleadores públicos y privados
- Trabajadores dependientes e independientes
- Entidades educativas y estudiantes en prácticas
- Empresas con población pospenada (Ley de Segundas Oportunidades)
- Entidades del Sistema de Voluntarios en Primera Respuesta
- Empresas que contraten trabajo penitenciario indirecto
- Pagadores de aportes para concejales y ediles
- Entidades que manejen servicio social o utilidad pública
En general, todas las personas u organizaciones que necesiten afiliar o reportar novedades de afiliados al SGRL.
¿Cuándo comienza a regir el nuevo formulario de afiliación a riesgos laborales?
Según la resolución, el nuevo formulario entra en vigencia desde su publicación pero surte efectos a partir del 1 de febrero de 2026. A partir de esa fecha, todas las ARL deberán recibir únicamente este formato actualizado tanto para afiliaciones como para novedades.
Además de actualizar los datos requeridos, la iniciativa una inspección y vigilancia, las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo supervisarán que empleadores y entidades cumplan a cabalidad con los requisitos, evitando afiliaciones incompletas o inconsistencias que puedan afectar la cobertura del trabajador.