La Corte Constitucional estudiará una demanda en contra del artículo sexto de la Ley de la Paz Total,la cual dice que las discusiones y documentos del 'Gabinete de la Paz' podrán ser confidenciales, "excepto la información relacionada con el uso del presupuesto de los ministerios”.
Esta demanda fue presentada por la Fundación Para el Estado de Derecho, y tiene el respaldo de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), en donde se pide tumbar esta reserva del ‘Gabinete de Paz’.
La norma demandada
De acuerdo con el documento, el mencionado gabinete será convocado por el presidente de la República o por quien él designe, y los asuntos referidos a conversaciones, acuerdos y negociaciones con actores armados que se traten en sus sesiones.
Del mismo modo, la información y documentos que se expidan en esta materia, podrán tener el carácter de reservados; excepto lo referido a la información relacionada con la ejecución presupuestal de cada cartera.
"A sus sesiones podrán ser invitadas las autoridades que defina el presidente de la República. Deberá rendir un informe a la Nación acerca del desarrollo de los diálogos o acercamientos, sin vulnerar los compromisos de reserva pactados en los procesos”, se agregó en el texto.
Allí se expuso una presunta vulneración de los artículos 23 y 74 de la Constitución Política, en el que se nombran los derechos de petición al acceso que tienen las personas a la documentación pública.
Por su parte, el Gobierno nacional defendió la reserva en estas sesiones, al mencionar que no revelar información, documentos conversaciones de los acuerdos y negociaciones con grupos armados es relevante para la seguridad nacional.
Así las cosas, será la magistrada de la Corte Constitucional Cristina Pardo quien estudie esta demanda admitida por el alto tribunal en contra de la reserva de las sesiones del Gabinete de Paz.