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Reforma política: colombianos estarían obligados a votar a partir de 2026

El presidente del Congreso y coordinador ponente de la reforma, Roy Barreras, celebró su aprobación.

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Elecciones Colombia
Foto: AFP

El proyecto de reforma constitucional que busca hacer que en Colombia sea obligatorio el voto, pasó el primero de sus ocho debates constitucionales y ahora irá a la Plenaria del Senado.

Luego de casi diez horas de discusión, en la Comisión Primera del Senado fue aprobado el Proyecto de Acto Legislativo que establece una reforma política en Colombia. La sorpresa fue el corto tiempo que hubo entre la radicación del proyecto del Gobierno y el inicio de la discusión, que fue de casi una semana.

El presidente del Congreso y coordinador ponente de la reforma, Roy Barreras, celebró su aprobación y afirmó que este acto legislativo tiene dos cambios fundamentales.

“Primero, es que se cierran las lista para evitar la compra y venta de votos y el sistema corrupto clientelar, con la financiación prevalentemente estatal a los partidos y no a los candidatos. Segundo, es de obligatorio cumplimiento que las listas se integren respetando la paridad de género e identidades diversas, corrigiendo un error histórico del sistema electoral”, explicó Barreras.

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¿Cuáles son los principales cambios que trae esta reforma?

- Se mantienen las facultades de la Procuraduría para sancionar con la inhabilitación política a los funcionarios que sean condenados por faltas disciplinarias.

-Los partidos sólo podrán inscribir listas cerradas y bloqueadas con garantía de universalidad, alternancia y paridad de género e identidades diversas.

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-Se establece el deber de implementar mecanismos de democratización interna en las colectividades, su incumplimiento acarreará sanciones al partido como la pérdida de la personería jurídica.

-La financiación de los partidos será prevalentemente estatal e irá directamente a los partidos, ya no a los candidatos, lo que elimina el conflicto de intereses que se presenta cuando la financiación es personal.

-Si un miembro de una corporación pública se presenta a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos seis meses antes de la inscripción. Y se garantiza que quienes quieran aspirar a un cargo de elección popular deberán tener como mínimo una militancia de 6 meses dentro de la colectividad.

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-Se autoriza por una sola vez, desde 2026 y dos meses antes de la elección del Congreso, a los miembros de los Cuerpos Colegiados de elección popular, o a quienes hubieren renunciado a su curul, para inscribirse en un partido distinto al que los avaló, sin renunciar a la curul o incurrir en doble militancia.

-Para fortalecer la cultura ciudadana de participación en las decisiones políticas y electorales del país, se crea durante dos períodos constitucionales consecutivos, el voto obligatorio y el deber del estado de garantizar gratuidad en el servicio público de transporte para la jornada electoral.

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- Congresistas podrán ir al ejecutivo, es decir, podrán ser Ministros de Gobierno o podrán aspirar a cargos ejecutivos como alcaldías, gobernaciones y Presidencia; sin tener que renunciar a su cargo.

- Límite a la reelección dentro de corporaciones públicas de elección popular. Nadie podrá ser elegido para más de cuatro períodos consecutivos en el Senado de la República, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital o Municipal, o Junta Administradora Local.

Ahora, el proyecto de ley pasa a la Plenaria del Senado para continuar su tramite legislativo de ocho debates en dos vueltas. Se espera que la reforma esté aprobada en primera vuelta antes de finalizar la ultima semana de noviembre de este año.

Escuche el podcast Sin Tabú:

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