Estado tendrá que indemnizar por hacinamiento a presos de cárcel de Itagüí entre 2013 y 2018
Tras fallo del Consejo de Estado serán 800 las personas privadas de la libertad en ese periodo que deberán ser reparadas.
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En una reciente decisión, el Consejo de Estado confirmó la responsabilidad patrimonial del Ministerio de Justicia, el INPEC y la USPEC por los daños causados a internos —tanto condenados como sindicados— recluidos en la cárcel La Paz de Itagüí, debido a las precarias condiciones generadas por el hacinamiento entre los años 2013 y 2018.
La decisión revocó parcialmente un fallo de primera instancia que había excluido a los detenidos preventivos de la indemnización, al considerar que la problemática es estructural y que estas entidades tenían la obligación de garantizar un trato digno a todos los privados de la libertad.
Según el alto tribunal, los internos vivieron en condiciones indignas: celdas para dos personas ocupadas por hasta 12 reclusos, turnos para dormir, baños insuficientes, alimentación deficiente, escaso acceso a salud, casi nula recreación y trabajo, y ausencia de espacios adecuados para visitas conyugales. Tales situaciones, en su criterio, vulneraron derechos fundamentales como la dignidad humana, la integridad personal, la vida familiar y el acceso a la resocialización.
La sentencia determinó como periodo indemnizable el comprendido entre el 21 de mayo de 2013 y el 6 de abril de 2018, con un monto máximo de compensación de 10 salarios mínimos para quienes soportaron todo el lapso, ajustable según el tiempo real de reclusión.
Los dos demandantes principales fueron Carlos Mario Gómez Gómez y José de Jesús García Acevedo y la indemnización total se calculó para cubrir al resto del grupo en 8.600 salarios mínimos, es decir unas 860 personas teniendo en cuenta que el monto máximo para cada uno es de 10 salarios.
El fallo resalta que el hacinamiento carcelario constituye en sí mismo una violación a la integridad personal y que los Estados no pueden justificar estas condiciones con limitaciones presupuestales.
Además, recordó que la Corte Constitucional ha declarado en varias ocasiones el “estado de cosas inconstitucional” en las cárceles, exhortando a las autoridades a adoptar políticas criminales y penitenciarias coherentes y preventivas, más allá de la mera ampliación de cupos carcelarios.