Ratifican condena a mujer que acudió a banda criminal para cobrar deuda en Mutatá, Antioquia
Como consecuencia de la situación fueron torturados y asesinados un padre y su hijo de 15 años.
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La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra Adriana Janeth Osorio Bustamante, quien en 2012 contactó a un grupo delincuencial armado para cobrar una deuda de $300.000, lo que desencadenó el secuestro, tortura y asesinato de un campesino y su hijo menor de edad en el municipio de Mutatá.
Según los hechos relatados en la sentencia, el 23 de marzo de 2012, Manuel Antonio Ruiz Torregrosa y su hijo de 15 años, se desplazaron desde su vivienda rural hasta la cabecera municipal de Mutatá, motivados por un mensaje de texto en el que le informaban al padre que había ganado un supuesto premio de 10 millones de pesos. Para reclamarlo, debían hacer varias recargas por 300 mil pesos a algunos números de celular.
Estas recargas se hicieron en el restaurante La Sorpresa, administrado por Adriana Osorio. Al no tener el dinero en el momento, el hombre le explicó que pagaría cuando le entregaran el premio. En ese momento, la mujer llamó primero a la Policía, pero al no obtener respuesta favorable, decidió contactar a Ernesto Goez Valderrama, jefe de una estructura criminal con presencia en la zona, para que la ayudara a recuperar el dinero, así lo explicó el magistrado Gerson Chaverra.
"Sabía de los métodos violentos usados por Ernesto Góez y su organización cuando intervenían en la resolución de algún conflicto, siendo especialmente despiadados. No obstante, lo anterior no fue impedimento para que Osorio Bustamante acudiera ante alias 'El Tío'".
Ese mismo día, cuando Ruiz y su hijo regresaban a su casa, fueron interceptados por miembros de la banda, quienes los secuestraron y exigieron a la familia el pago de $2 millones a cambio de su liberación.
Como no lograron reunir la suma, ambos fueron asesinados. Días después, sus cuerpos aparecieron en el río Riosucio, y según el informe forense, el cuerpo del menor tenía múltiples heridas que evidenciaban signos de tortura, incluidas algunas fracturas y signos de violencia sexual.
Aunque la mujer había sido absuelta en primera instancia, el Tribunal Superior de Antioquia revocó esa decisión el 15 de septiembre de 2023 y la condenó como determinadora del delito de tortura agravada, al considerar que fue su contacto con la banda el que activó el aparato criminal.
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Con este historial, la Corte Suprema de Justicia, en una sentencia dictada recientemente, ratificó esa misma condena de más de 10 años y medio de prisión y una multa de 800 salarios mínimos vigentes, además rechazó la solicitud de la defensa de declarar prescrita la acción penal.