El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Suaita admitió una acción de tutela presentada por la Veeduría Comunitaria Santander Unido y concedió una medida provisional para que se adopten acciones que permitan garantizar el suministro continuo de agua a los habitantes del corregimiento de Vado Real.
La decisión fue tomada el 16 de septiembre de 2026, luego de que la veeduría expusiera que habitantes de Vado Real han permanecido hasta 15 días sin el servicio. Para el juez, la duración de esta situación puede afectar necesidades básicas de la población y generar consecuencias como problemas gastrointestinales, proliferación de insectos transmisores de enfermedades, malos olores y afectaciones a la dignidad humana.
Por esta razón, el despacho ordenó a la Suaitana de Servicios Públicos S.A. E.S.P. y a la Alcaldía de Suaita que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la decisión, y dentro de sus competencias, adopten las medidas necesarias para materializar el suministro continuo de agua en Vado Real, “con un mínimo de 50 litros diarios por persona y dando prioridad a quienes sean sujetos de especial protección constitucional”, dice el fallo.
La tutela también vinculó al proceso a la Gobernación de Santander, la Oficina para la Gestión del Riesgo de Desastres de Santander, la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), la Superintendencia de Servicios Públicos y el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres de Suaita, entre otras entidades que hacen parte de este último organismo.
Cristian Osorio, representante legal de la Veeduría Comunitaria Santander Unido, explicó que la acción judicial fue promovida por las dificultades que vienen enfrentando las familias de Vado Real ante la falta de agua potable.
“Hay familias que han completado hasta 15 días sin servicio y otras 20. Yo considero que no deberíamos tener que llegar a esta instancia judicial para solicitar que se garantice un suministro tan esencial para la vida de las personas”, señaló.
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Osorio cuestionó además que, pese a las interrupciones en el servicio, los habitantes continúen recibiendo las facturas y aseguró que en algunos casos los cobros incluso habrían llegado por valores superiores.
El representante de la veeduría también señaló que la comunidad ha tenido que organizar rifas y otras actividades para reunir dinero destinado a cubrir combustible y gastos logísticos de los vehículos utilizados para transportar agua.
“Pedimos a las entidades poner los ojos en este corregimiento para poder ayudar a suplir esta grave necesidad”, manifestó.
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Para la veeduría, el problema requiere una solución que vaya más allá del abastecimiento mediante carrotanques. Osorio aseguró que el acueducto de Vado Real es obsoleto y que la bocatoma presenta fallas, por lo que pidió avanzar en una intervención de fondo de la infraestructura.
El alcalde de Suaita, Alonso Pulido, recordó que el municipio declaró la calamidad pública por la temporada seca mediante el Decreto 069 del 10 de septiembre.
El mandatario explicó que Vado Real históricamente ha tenido dificultades con su sistema de acueducto durante las temporadas de lluvias, debido a que la tubería pasa cerca del río y las crecientes terminaban afectando la infraestructura. Sin embargo, la situación actual es distinta por la reducción del caudal.
“Hoy ya es el río el que está seco”, afirmó Pulido.
Según el alcalde, durante la última semana la Suaitana de Servicios Públicos, con apoyo de la comunidad, realizó trabajos con gaviones para intentar canalizar parte del agua y elevar el nivel en la zona de captación, con el propósito de que el líquido pueda llegar hasta la planta de tratamiento de Vado Real.
Pulido también reconoció que la infraestructura requiere una renovación. Explicó que la planta de tratamiento tiene más de 30 años y fue construida con participación de la propia comunidad.
Ante la emergencia, la Alcaldía solicitó apoyo de la CAS para disponer de un carrotanque que permita atender a la población afectada. El mandatario aclaró que el suministro de agua mediante carrotanques no hace parte de la función misional ordinaria de la corporación, pero que puede intervenir en el marco de la atención de situaciones relacionadas con la gestión del riesgo.