A estudiantes se les hizo el 'milagro': no pueden perder el año por esta razón
Muchos desconocen que un estudiante no puede perder el año sin que el colegio cumpla con un requisito previo estipulado en la normativa educativa del país
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Cuando se acerca el calendario escolar, miles de familias en el país empiezan a preguntarse cómo están los boletines de sus hijos, si cumplieron con los objetivos del año para avanzar al siguiente curso o si deben repetirlo. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que un estudiante no puede perder el año sin que el colegio cumpla con un requisito previo consignado en la normativa educativa del país, un detalle que para muchos resulta casi un “milagro” que evita decisiones arbitrarias a última hora.
Cabe recordar que la educación es un derecho fundamental en Colombia, estipulado en el artículo 67 de la Constitución y en tratados internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos. Por ello, más allá de boletines y promedios, el sistema educativo debe garantizar acompañamiento, seguimiento y transparencia en los procesos evaluativos.
En redes sociales, el abogado Fernando Beltrán, experto en convivencia escolar, explicó que el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) es la herramienta que define cómo se evalúa el aprendizaje en cada colegio: criterios de promoción, acciones de mejora, seguimiento y los informes periódicos para las familias.
Esto significa que un estudiante que presenta dificultades académicas debe recibir acompañamiento, y los padres deben ser informados con anterioridad. “Si un estudiante tiene un bajo rendimiento académico, tiene derecho a recibir un acompañamiento por parte del colegio”, señaló Beltrán. Agregó que, si la familia considera que hubo fallas en ese seguimiento, puede pedir explicaciones.
Este paso no es opcional. Está regulado por el Decreto 1075 de 2015, cuyo artículo 2.3.3.3.3.17 ordena que los padres deben ser citados para conocer el progreso del estudiante y recibir alertas a tiempo. Si esto no ocurre, la institución educativa está incumpliendo la ley.
El decreto también establece que, por solicitud de los padres, el colegio debe entregar las constancias de desempeño de los estudiantes con los informes periódicos del año, lo que permite verificar si realmente hubo seguimiento.
Este proceso, además de proteger la permanencia escolar, busca reducir fenómenos como repetir el curso y la deserción, que siguen generando preocupación en Colombia. En 2023, la repitencia llegó al 8,1 %, equivalente a más de 725.000 alumnos, y la deserción alcanzó el 3,7 %.
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Aunque la ley protege a los estudiantes, también recuerda que ellos deben cumplir con sus deberes académicos y convivenciales. Sin embargo, lo esencial es claro: nadie pierde el año “porque sí”. Si no hubo avisos, acompañamiento ni reportes, el proceso está incompleto y la familia puede exigir una revisión.