Pilas con las fechas: claves para personas naturales en temporada de declaración de renta
Una de las inquietudes más recurrentes entre los contribuyentes, es la obligación de cotizar a seguridad social por ingresos distintos al salario
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La fechas de vencimientos para la declaración de renta de personas naturales ya empezaron a correr. En diálogo con Mañanas Blu, Sandra López, abogada tributarista, habló sobre las obligaciones fiscales y parafiscales, especialmente para aquellos con ingresos adicionales a su salario.
Una de las inquietudes más recurrentes entre los contribuyentes, es la obligación de cotizar a seguridad social por ingresos distintos al salario. La abogada López fue enfática al respecto, especialmente para quienes perciben rentas de capital como arrendamientos o rendimientos financieros de un Certificado de Depósito a Término (CDT).
Explicó que, si una persona recibe mensualmente más de un salario mínimo a través de estos otros tipos de ingresos, surge la obligación de cotizar al sistema de seguridad social. "Si mensualmente en en términos generales, si mensualmente estás recibiendo más de un salario mínimo por otro tipo de ingresos, en este caso rentas de capital como pueden ser arrendamientos, en efecto, hay que cotizar al sistema de seguridad social porque lo estás haciendo como persona natural. Entonces, en principio, sí", afirmó.
Es crucial entender la diferenciación que hace la normativa entre los ingresos por salarios, denominados renta de trabajo, y las rentas de capital, que incluyen intereses, rendimientos financieros y arrendamientos. Aunque una persona ya cotice a seguridad social por su contrato laboral, si sus ingresos por rentas de capital superan el salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV), que para el año 2024 es de 1'300,000 pesos, sin incluir el subsidio de transporte, debe realizar aportes adicionales.
La abogada tributarista, Sandra López, también recordó a la audiencia los criterios que determinan si una persona natural está obligada a presentar la declaración de renta para el año gravable 2024. Estos topes, expresados en Unidades de Valor Tributario (UVT) y su equivalente en pesos, son fundamentales para saber si se es, o no, declarante de renta.
"Las personas naturales que hayan tenido ingresos o consumos o consignaciones también en tiendas y utilización de tarjetas de crédito mayor a 60 5,891,000 pesos aproximadamente, que son 100 UVTs y los que tengan patrimonio superior a 4500 UVTs, que son, más o menos, 11,793,000 pesos. O sea, empezando ya en esos topes, en el momento en que lo superas, pues yo ya soy declarante de renta", explicó López. Estos valores son clave para la mayoría de los contribuyentes.
Escuche aquí la entrevista: