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Reforma pensional: estos son los cambios que propone el Gobierno

¿La reforma pensional aumenta la edad de pensión por la puerta de atrás? Todas las respuestas en esta entrevista en Mañanas Blu.

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Vejez, foto de referencia
Foto: referencia AFP

En entrevista con Mañanas Blu, Kevin Hartmann, asesor externo de la ministra del Trabajo, Gloría Inés Ramírez, explicó qué cambiaría con la reforma pensional que propone el Gobierno nacional.

El presidente Petro, desde la campaña viene hablando del modelo de pilares. Ese modelo de pilares, ¿dónde nació?

Es un modelo que esencialmente, cuya nomenclatura se le inventó el Banco Mundial en el informe del 94, que podríamos traducir como algo así como envejecimiento sin crisis, en donde esencialmente lo que se trataba era de hacer una división racional de las diferentes funciones y objetivos que debe tener un sistema de pensiones y asignarles una responsabilidad a los diferentes actores que hacen parte de ese sistema. De esa suerte usted podría tener, digamos, distintos componentes con el mismo objetivo coordinado que es garantizar un ingreso en la vejez. Ahora bien, quiero decir una cosa, el término pegó y la nomenclatura fue adoptada por diferentes organizaciones internacionales. Tres años después del informe del Banco Mundial, la OIT salió también con una estructura muy similar que también se llamaba el sistema de pilares. En el 2005, luego de diez años del informe original del Banco Mundial, sacó otro informe con otro sistema muy parecido que se llamaba también el sistema de pilares. Y ha sido básicamente el modelo base paradigmático sobre el cual se discuten las diferentes reformas estructurales al sistema pensional en Occidente. Entonces, de eso surge, de ahí surge.

Este modelo de pensiones que ustedes están presentando, ¿qué tiene? ¿Qué cambia para la gente que quiere pensionarse?

Todos que aspiramos a alguna pensión algún día. Pues esencialmente nosotros estamos haciendo una migración de un sistema que podríamos llamar paralelo, que es el que tenemos hoy en día, en donde hay un fondo de pensiones público y varios fondos de pensiones privados, cada uno con sus lógicas y sus regímenes que lo que hacen es competir por atraer la mayor cantidad de contribuyentes posible. Ese modelo es único en el mundo, es un exotismo que genera toda clase de críticas. Lo que vamos a pasar es a un sistema coordinado, un sistema en donde ya no van a competir esos dos modelos, sino que se van a complementar. Eso con un objetivo muy claro, en el resto del mundo también funciona de esa misma manera y es tratar de garantizar la mejor pensión posible y tratar de disminuir los riesgos a los que se ven expuestas las personas que están contribuyendo.

Hablemos entonces de cómo sería el cambio. Hoy en día, con el modelo que tenemos, es cierto, claro, no hay modelo perfecto. ¿Cuál es la mejor pensión a la que puede aspirar un trabajador en Colombia?

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Depende de la biografía de trabajo de cada persona. Hoy en día usted tiene la oportunidad de llamar al fondo de pensiones al que esté afiliado, ya sea Colpensiones, eso al fondo de la que esté afiliado y contribuyendo, para hacer una asesoría sobre cómo ven un poco el desarrollo de su biografía laboral.

Ahora, en términos generales, y eso lo quiero decir es porque la distribución del ingreso en Colombia, es decir, la distribución de los salarios en Colombia, aproximadamente 80% de los colombianos ganan entre 1 y 2 salarios mínimos de la población que está en el mercado formal de trabajo, 80%. En ese caso, porque el 80% de la gente gana entre 1 y 2 salarios mínimos, hoy en día les favorece más estar en un fondo privado de pensiones por una razón, y es que hay una regla que en los fondos privados de pensiones permite que las personas se pensionen con un salario mínimo, es el fondo de garantía de pensión mínima, con tres años menos de cotización que el de Colpensiones.

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Pero eso es una regla que se inventaron en el 97, justamente para darle pensionabilidad a ese sistema. Por ejemplo, el año pasado hay unas cifras más conservadoras, o un poco más críticas, entre el 85% y el 96% de las personas que se pensionaron en un fondo privado de pensión, lo hicieron a través del fondo de garantía de pensión mínima, es decir, se pensionaron con un salario mínimo, gracias a esa regla que se inventaron en el 97, justamente para aumentar la pensionabilidad.

Si esa regla está funcionando, ¿por qué la quieren cambiar?

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Esa regla está funcionando hoy, pero esa regla tiene graves problemas de sostenibilidad en el futuro. Justamente, los mismos fondos de pensiones y el ministro de Hacienda lo que han acreditado es que en unos años no va a haber suficientes recursos para poder pagar las pensiones a través del sistema, justamente porque esa regla lo que hace es distorsionar la competencia entre los dos regímenes. ¿Por qué? Porque usted le está permitiendo pensionarse con menos años de contribución. Por eso es por lo que se quiere cambiar.

Hablemos de los cuatro modelos de pensiones que va a haber, ¿cierto? O cuatro pilares, uno dependiendo los ingresos, dependiendo de las expectativas, va a estar en cada uno de sus pilares. ¿Le entiendo bien? Primer pilar, Pilar Solidario, ¿cómo es?

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Se llama Pilar No Contributivo porque está financiado por el Presupuesto General de la Nación y lo que quiere es tratar de garantizar una renta básica solidaria. Es esencialmente un ingreso mínimo que al menos tenga en cuenta la línea de pobreza, que hoy en día está aproximadamente entre 250.000 y 260.000 pesos mensuales. Eso, ¿por qué se hace? Se hace por una razón muy simple, y es que como usted tiene un sistema de seguridad social que está basado sobre la contribución del trabajo formal, cuando usted tiene un mercado de trabajo disfuncional como el colombiano, en donde el 50% de la gente no tiene un trabajo formal, pues usted tiene un montón de gente que al final en sus veces no contribuyó suficiente para poder tener una pensión contributiva.

Entonces, lo que necesita es acudir a lo que se llama la asistencia social, la renta básica. Y eso, ¿qué garantiza? Eso garantiza que las personas que no lograron cumplir con las condiciones de elegibilidad del sistema de pensiones puedan de cualquier forma estar protegidos contra lo mínimo que es la pobreza, la pobreza extrema.

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Esto es básicamente quienes no llegaron a la edad de pensión con el suficiente número de semanas trabajadas cotizadas.

Así es, que hoy en día suman aproximadamente 3 millones de personas que están en la pobreza. Es decir, el sistema de pensiones de Colombia, tal como está diseñado hoy en día, pues ha fracasado en ese componente. Es muy importante tener decir una cosa: en Colombia, lamentablemente, ser viejo es ser sinónimo de ser pobre. Y eso es lo que no se puede permitir en una sociedad.

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¿Cuántos millones de personas que no cumplen hoy en día condiciones de pensión van a recibir esta asistencia, esta ayuda del Gobierno?

La reforma, la propuesta de reforma pensional es una apuesta realista por mejorar la vida de aproximadamente 2.5 millones de personas que hoy en día están en pobreza y en condiciones de vulnerabilidad producto de su edad.

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¿2.5 millones de colombianos? ¿Estos son 2 millones y medio de colombianos que tienen más de 62 años y recibirían mensualmente un cheque de 223.000 pesos?

Sí, más o menos, aproximadamente. Ahora, depende también de la biografía del trabajo, porque hay personas que pudieron contribuir. Eso es para las personas que no pudieron contribuir ni siquiera 150 semanas, que son 3 años de contribución. Las personas que pudieran haber contribuido algo, en fin.

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O sea, quien llegó a los 65 años y no trabajó por la razón que sea, o no cotizó a pensión, va a recibir por lo menos 223.000 pesos mensuales.

No. El proyecto de reforma es relativamente claro en decir que son las personas que están en condición de pobreza y vulnerabilidad. Eso tiene que estar en condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

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Segundo pilar, el pilar semicontributivo

Es esencialmente la expansión y mejoramiento del programa que hoy en día se llama Beneficios Económicos, Periódicos y Sociales, BEPS, que es un programa que se inventó en el año 2005 en el acto legislativo 01. A partir de entonces, que les permite a las personas que están en la informalidad, la mitad de la población económicamente activa, hacer contribuciones dependiendo de su posibilidad de esfuerzo de ahorro y el Estado colombiano les permite les garantiza un subsidio más o menos proporcional que para que al final de su vida puedan tener una pensión, al menos de un salario mínimo.

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Entonces, el pilar semicontributivo lo que hace es recoger la cantidad de contribuciones que usted haya podido hacer a través de su vida de trabajo, ya sea, digamos, a través del sistema de BEPS o a través del sistema contributivo y se las cuentan para que si usted se encuentra en la edad determinada, 65 años y en una condición de vulnerabilidad porque no cumplió con los requisitos para poderse pensionarse, pues eso que usted contribuyó se lo devuelvan de forma tal, que no se lo devuelvan como hoy en día en un solo pago de una indemnización sustitutiva, sino en una mensualidad que junto a la renta básica le constituiría también una asistencia.

¿Ese pilar es sobre todo para quienes cumplen la edad de jubilación, pero no alcanzan las semanas de cotización?

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Así es, sí.

¿Cuál sería el monto mensual que se les daría a esas personas?

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Depende de lo que usted haya contribuido y sobre el salario que usted haya contribuido.

¿No hay un estándar?

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Ese es el estándar.

Pero, es decir, ¿no hay un valor único para todos los usuarios que se vayan a pensionar?

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No, la renta básica es el valor único, que estoy diciendo como mínimo una línea por ese extrema y ya el estándar semicontributivo depende necesariamente de la biografía del trabajo de cada uno.

Hay unas voces, aprovecho para ligar el pilar 1 y el pilar 2, que critican la reforma y dicen que lo que está ocurriendo es que se está bajando una renta de 550.000 pesos mensuales a una renta de 233.000 pesos, que fue la que usted nos explicó en el pilar.

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Hoy en día no existe la renta de 500.000 pesos.

Hoy quien no se alcanza a pensionar, ¿cómo recibe la plata que alcanzó a cotizar durante su vida laboral?

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Hoy en día lo que ocurre es que dependiendo de los regímenes, a usted le entregan o una que se llama indemnización sustitutiva en el caso de Colpensiones o en el caso de los fondos privados de pensiones una devolución de los saldos. En función del mecanismo de financiación de cada uno de los esquemas, pues le devuelven lo que usted aportó, ya sea actualizado a través de la inflación o en el caso de Colpensiones o en el caso de los fondos privados de pensiones con los rendimientos financieros que sean necesario. Hoy en día ocurre de esa forma. Eso es naturalmente un exotismo completo.

¿Cómo se haría el cálculo si ahora no va a ser una indemnización en un solo contado, sino que se va a distribuir a lo largo de la vida de esta persona que no alcanzó las semanas cotizadas, pero tiene la edad de jubilación? Si alcanzó a ahorrar determinado monto, determinada cantidad de dinero, ¿cómo se hace la división o el cálculo para saber cuál va a ser si se quiere, no es similar al otro caso, la mesada pensional mensual, digamos mensualmente, ¿cómo se calcula ese valor?

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Bueno, eso va a ser competencia de las reglas que se vayan a definir en el marco del proyecto. En los artículos del proyecto se establece justamente que se van a definir esas reglas en el trámite, no solamente del proyecto, sino de la reglamentación del sistema. En general, esencialmente lo que se trata es de tomar lo que uno contribuyó a hacer el cálculo en relación con la expectativa de mortalidad de las personas, en las tablas de mortalidad, etcétera, y en función de eso se hace el cálculo de la mensualidad.

Pasemos al tercer pilar, ¿cuál es?

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Tenemos Pilar 0, que lo podríamos llamar así la renta básica; pilar 0.5, que es el pilar semicontributivo, Pilar 1, que es el pilar de Colpensiones. Y ese pilar de Colpensiones es el pilar contributivo. Allí las personas que hoy en día ganan entre 1 y 3 salarios mínimos en un empleo formal, y bueno, el proyecto de ley, además, es bastante. El proyecto del borrador es bastante explícito en decir que son las personas que además, independientes, garantistas de capital, deberán contribuir al Pilar 1. Esencialmente, las reglas de contribución se mantienen más o menos iguales. Entonces, allí van todas las personas que tienen un trabajo dependiente, cotizan como independientes o garantistas de capital, las personas que ganan entre 1 y 3 salarios mínimos.

¿Qué pasa si se aprueba esta reforma pensional con las pensiones altas?

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Al usted tener un techo de contribución de hasta aproximadamente 3 salarios mínimos, y teniendo en cuenta que las reglas de liquidación de Colpensiones no van a cambiar, o pues no se prevé que cambien según el borrador, pues efectivamente usted lo que hace es que los subsidios que hoy en día están recibiendo las personas que están pensionadas por Colpensiones se reduzcan drásticamente. Es decir, una de las críticas más grandes, y con toda la razón del mundo, que han tenido organizaciones internacionales y diferentes expertos respecto del funcionamiento del sistema público de pensiones, son los monstruosos subsidios que reciben las personas que más favorecidos estuvieron en la vida y que cotizaron a Colpensiones y se pensionaron allí. Eso se acaba, o se modera. No se acaba, si me permite la corrección.

¿Qué quiere decir no se acaba, pero se modera?

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Claro, acabo de poner en mis redes sociales justamente eso, en parte de la evaluación preliminar que tenía sobre estos borradores, que la fórmula de reemplazo de Colpensiones permite que haya subsidios más altos a las personas que mayor pensión logren en ese sistema. Hoy en día pasa así, y si esa fórmula se mantiene más o menos igual, a pesar de que usted lo modere drásticamente, sigue teniendo la misma estructura. Entonces, si bien los subsidios van a ser mucho más pequeños y además se van a moderar, porque ya llevan la parte de esta discusión, a pesar de eso, como la regla de beneficio definido es más o menos igual, se van a reproducir de forma techada, de forma moderada los subsidios.

Estamos hablando del cuarto pilar, que es el pilar de ahorro voluntario.

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No, estamos hablando del pilar de Colpensiones y para hablar de los subsidios, hay una cosa que me parece muy importante resaltar de ese proyecto, y es lo siguiente: como hoy en día existen unos subsidios cruzados que los están ganando las personas que más altas pensiones tienen en Colpensiones, el proyecto de borrador incluye un artículo muy importante, y es el de aumentar la contribución al fondo solidario de las personas que tienen pensiones de 10 salarios mínimos o más en Colpensiones. Y eso que implica, eso implica un mecanismo de equidad y solidaridad.

Entonces, ¿es una especie de sobretasa la pensión a quienes tienen salarios altos y la expectativa de una pensión alta?

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No, son las personas que están pensionadas con pensiones muy altas en Colpensiones.

¿Qué es de cuánto?

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Esas personas hoy en día hacen una contribución que se llama la contribución al fondo de solidaridad del sistema de seguridad social en pensiones, y eso se va a aumentar, justamente para poder hacer que la reforma sea internacionalmente más equitativa. ¿A quiénes? Esto es a quienes ya están pensionados. De 10 salarios mínimos para adelante.

¿Si una persona hoy tiene más de mil semanas cotizadas, ¿qué pasa?

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Esa es la transición. El proyecto de borrador del proyecto de reforma pensional establece es que se le va a garantizar que las condiciones que hoy en día existen en la ley, se van a respetar a las personas que tienen más de mil semanas cotizadas al sistema. Entonces, hay otra regla también que se deriva de este proyecto y es que las personas que tienen más de mil semanas cotizadas van a poder también escoger a cuál fondo, con cuál fondo se van a pensionar o bajo qué reglas de hoy de la ley 100 van a querer acogerse, después de un proceso de doble asesoría, es muy explícito el proyecto en ese sentido. Entonces, el régimen de transición, ¿se acuerda? El régimen de transición de 1993, en el que su fondo de ahorro de cabeza duró 20 años, pues se quiere acotar. Se quiere acotar diciendo que solamente las personas que tienen más de mil semanas cotizadas al sistema van a poder ser a respetar las condiciones de pensionabilidad que tiene hoy en día la ley 100.

Más de mil semanas cotizadas, son 19 años y más o menos tres meses. No le entiendo muy bien cómo así que van a poder escoger a qué régimen se quieren ir. Y después de un proceso de doble asesoría, ¿de qué? ¿Y régimen de qué?

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Más de mil semanas son 20 años. Esencialmente las personas que han contribuido durante más de 20 años se les va a garantizar un régimen de transición. ¿Cuál es ese régimen de transición? Esencialmente, es garantizarles que las condiciones de pensionabilidad de hoy en día de la ley 100 se les van a mantener vigentes. ¿Y eso que implica? Eso no implica nada más que lo que existe hoy en día. Y es que las personas van a poder escoger finalmente si se van a pensionar en el régimen público o en el régimen privado, como pasa hoy en día. ¿Por qué? Porque son las condiciones de pensionabilidad de la ley 100 del 93. Eso a eso me refiero.

Pero esas condiciones son edad y semanas que igual no se tocan para nadie. Ni la edad, ni las semanas, ni las 1300 que deben estar cotizadas.

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Así es. Entonces, las personas que tengan 1000 semanas en la entrada en vigencia del proyecto de ley que lo puso para el 1 de enero del 2025, esas personas van a poder beneficiarse de ese régimen de transición. Las personas que no tengan esas 1000 semanas el 1 de enero del 2025, pues no se van a poder beneficiar de esas reglas.

Sobre la tasa de reemplazo en Colombia, generalmente es alrededor del 60%. La tasa de reemplazo, para que los oyentes entiendan, es el porcentaje de pensión que le toca a uno frente al salario que se estaba ganando, que generalmente era en los últimos 10 años, el promedio de los 10 últimos años. ¿Eso cambia? ¿Se modifica?

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Lo mencionaba hace un instante, quizás debería ser mucho más explícito. La regla de las fórmulas de reemplazo para el caso del pilar de Colpensiones no se va a cambiar. Se van a seguir contando los últimos 10 años, y la tasa de reemplazo, que es la fórmula que empieza en 65.5% del promedio de los últimos 10 años, se va a mantener vigente. Eso es multiplicado por un factor que lo que trata es de hacer más progresivo el sistema, pero no quiero entrar en ese detalle. Entonces, esencialmente esa regla se mantiene para el pilar de Colpensiones.

Sobre el porcentaje que cotizamos los colombianos, que generalmente, o la cifra que tenemos en la cabeza es del 16% sobre el salario, ¿hay algún cambio?

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No va a haber cambios en la tasa de contribución tampoco en el proyecto. Está bastante claro que no es así. Entonces, los porcentajes de contribución se van a mantener relativamente similares. ¿Qué es lo que va a pasar? Lo que va a pasar es que cuando usted tiene un sistema como el que tenemos hoy en día, donde se compiten entre dos lógicas diferentes de pensionabilidad, y usted tiene al mismo tiempo la mayor cantidad de contribuyentes en un régimen y la mayor cantidad de pensionados en el otro, pues usted crea un déficit artificial. Ese déficit artificial se tiene que cubrir con unos impuestos, que es el caso de Colpensiones, 18 billones de pesos al año, una línea de metro totalmente públicamente financiada al año, para poder cubrir las pensiones de aproximadamente 2 millones de personas. Entonces, ¿qué es lo que hace esta reforma? Que eso es una de las cosas que además me parece más importantes también para tener en cuenta. Esta reforma lo que hace al redireccionar los recursos no solamente, no se los va a gastar todos, hay una regla definida también en esta propuesta para poder crear un fondo, que podríamos llamarlo, si se quiere pedagógicamente, el Fondo de las Generaciones Futuras, para hacerle choque o para hacerle frente al desafío demográfico que tenemos en Colombia, que se va a empezar a sentir aproximadamente en 20-25 años. Ese ahorro colectivo, que va a ser un ahorro colectivo, en un patrimonio autónomo y con unas reglas de inversión determinadas, pues va a ir acrecentándose a través del tiempo, según las reglas del mismo proyecto que se está presentando y a través de los retornos del mercado, para hacerle frente justamente al reto demográfico que tiene Colombia y que hoy en día está ya enfrentando otros países del mundo.

Tengo aquí muchas preguntas de oyentes que me preguntan por su caso particular. Quiero preguntarle sobre las pensiones de más de 3 o 4 millones de pesos. Esa primera parte de la pensión, hasta tres salarios mínimos, tres millones y medio, la paga con pensiones y de ahí en adelante, ¿es por cuenta de ahorros voluntarios que hace el cotizante en fondos privados?

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No son ahorros voluntarios, van a ser ahorros también, digamos, obligatorios al segundo pilar contributivo, que van a ser en fondos de pensiones, efectivamente. Así es.

Por eso, pero entonces yo le cotizo sobre tres millones y medio de pesos, tres salarios mínimos a Colpensiones. ¿Lo demás va a un fondo privado de pensiones?

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Sí, señor, efectivamente. Lo demás va a un fondo privado de pensiones.

Cuando yo me pensioné a mi Colpensiones, me dice, usted de este pedacito que usted aportó a Colpensiones, usted tiene derecho a una pensión de tres millones de pesos, ¿cierto?

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Usted tiene derecho a una pensión en función de lo que usted ha contribuido y la regla es del 65.5% multiplicado por un factor. Colpensiones paga una parte, y el resto que usted cotizó por encima de sus tres salarios mínimos en su biografía del trabajo, eso está en un fondo de pensiones. Ese fondo de pensiones también se va a juntar con usted, le va a decir: bueno, usted ahorró tanto, tiene tantos retornos del mercado y eso le va a garantizar una renta vitalicia de tanto. La suma de las dos pensiones, si se quiere, de las dos liquidaciones es su pensión.

Para esos efectos, entonces, mi empresa, la actual empresa, por ejemplo, manda un pedazo de mi ahorro pensional, de mi cotización pensional, un pedazo a Colpensiones y otro pedazo al fondo privado.

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Sí, así es, en función de su salario.

Cuando yo me pensioné, un pedacito me llega, me van a llegar varios cheques mensuales, uno de Colpensiones.

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Va a llegar dos cheques, uno de Colpensiones y uno de su fondo privado. Eso en términos pedagógicos, pero así funcionaría.

Hay personas que actualmente se pueden pensionar en los fondos privados, personas de bajos salarios, cotizando solo 1,150 semanas. Si obligatoriamente toda esa gente, como nos acaba usted de explicar, toda esa gente pasará obligatoriamente a Colpensiones, allí las semanas necesarias son 1,300. Estas personas en particular, que son muchísimas, ¿tendrán que cotizar más semanas obligatoriamente?

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No, insisto nuevamente, las condiciones de las personas que tienen más de mil semanas cotizadas hoy en día, o bueno, a partir de la vigencia de la ley, una vez se apruebe, van a tener la oportunidad de escoger en qué régimen se van a pensionar de acuerdo con las reglas que existen en la ley 100. Si usted es una persona que tenía una cotización aproximadamente entre uno y dos salarios mínimos durante los 20 años de las mil semanas, usted le va a dar la oportunidad de decir: o continúa en el régimen privado de pensiones o va al régimen de Colpensiones, tal como estaba en la ley 100. Sí, y usted escoge.

Pero yo le estoy preguntando, no por los que van a quedar en ese régimen de transición, sino digamos un muchacho hoy que tiene 25 años y que ha cotizado apenas unas semanitas, y que estando en los privados tendría que cotizar 1,150 semanas, pasándolo obligatoriamente a Colpensiones, ¿tendrá que cotizar más? ¿1,300 semanas?

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Sí,

¿No es injusto eso?

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¿Por qué sería injusto, perdón?

¿Eso es subir la edad de pensión por la puerta de atrás?

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Pues me parecería que yo quizás sería un poco más caritativo con el proyecto de reforma, porque usted no está aumentando la edad de pensión por la puerta de atrás. Es decir, lo que está haciendo es aumentar el plazo de contribución, pero al mismo tiempo se está garantizando que con el pilar cero nadie vaya a caer en la pobreza.

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