Defensa de Rodrigo Granda pide a la JEP revocar su condena como autor de secuestro
Un recurso presentado por la defensa de Rodrigo Granda Escobar ante la JEP busca tumbar la sentencia que lo declaró autor de crímenes de guerra y de lesa humanidad, al argumentar que no ejerció mando armado ni tuvo participación directa en secuestros
Blu Radio conoció el recurso de apelación presentado ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por la defensa de Rodrigo Granda Escobar, conocido como el “canciller de las Farc”, con el que se busca que la Sala de Apelaciones revoque la sentencia que lo declaró penalmente responsable como autor de crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El documento, firmado por el abogado Ernesto Moreno Gordillo, sostiene que la sentencia emitida por la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad “adolece de motivación jurídica, táctica y probatoriamente” al atribuirle a Granda responsabilidad como autor por delitos como toma de rehenes, homicidio, privaciones graves de la libertad, asesinato y desaparición forzada.
Rodrigo Granda.
Foto: AFP
En el recurso, la defensa cuestiona que, pese a no haber tenido mando directo sobre tropas ni haber ejercido como comandante de Bloque o Frente en el terreno, Granda habría tenido una incidencia decisiva en la política de secuestro de las Farc. El apoderado recuerda que la propia sentencia reconoce que Granda no ejerció funciones de comandante en el terreno.
“Finalmente, se considera la situación de RODRIGO GRANDA, quien integró el Estado Mayor Central de las FARC-EP y fue conocido como "el canciller" o encargado de frente internacional, pero no tuvo a su cargo directo unidades militares permanentes ni ejerció funciones de comandante de Bloque o Frente en el terreno. Debido a esta circunstancia, no es posible establecer razonablemente en su caso una responsabilidad por mandozao en sentido estricto, pues faltaría el elemento de subordinados bajo su control efectivo en la estructura de secuestros”.
Defensa de Rodrigo Granda pide a la JEP revocar su condena como autor de secuestro
Foto: suministrada
El escrito plantea una aparente contradicción interna del fallo, al señalar que, pese a reconocer que Granda no tenía subordinados bajo su control efectivo ni comandaba estructuras armadas, la Sala le atribuye incidencia directa en la política de secuestro.
“¿Por qué la Sala de manera unilateral y subjetiva y sin soporte probatorio alguno afirma la Sala en señalar al COMpareciente RODRIGO GRANDA ESCOBAR que su 'conducta tuvo incidencia en la perpetración de ios crímenes, lo cual será debidamente valorado en el contexto global de la sentencia'?"
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Más cuando, en la foliatura del proceso de la referencia no existe declaración y/o versión alguna que indique el modo, tiempo y lugar en que mi representado haya planificado, organizado, ordenado, participado, orientado e instrumentado a un Prente, Bloque de las PARC EP para ejecutar plagios de ciudadanos y con ello, contribuir a la financiación de la Guerra Civil dirigida a derrocar el régimen político en Colombia”, señala la defensa en el documento.
El recurso insiste en que Granda cumplía funciones políticas y diplomáticas dentro de la organización, principalmente en la Comisión Internacional de las Farc, y que gran parte del tiempo se encontraba fuera del país.
Otro de los argumentos de la defensa es que la captura de Rodrigo Granda en Caracas, Venezuela, en 2004 constituyó un secuestro, hecho que el recurso presenta como un elemento clave para sostener que, en ese momento, no ejercía funciones de mando ni tenía participación directa en operaciones armadas dentro de las Farc.
Defensa de Rodrigo Granda pide a la JEP revocar su condena como autor de secuestro
Foto: suministrada
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“Mi representado RODRIGO GRANDA ESCOBAR, NO FUÉ comandante de ningún frente de las PARC EP, ni integrante del “ESTADO MAYOR CENTRAL, y que luego de salir de la Cárcel en Junio de 2007 y de haber sido condenado en forma irregular, luego de ser secuestrado en Caracas-Venezuela y puesto en la Ciudad de Cúcuta del Departamento de Santander del Norte en forma irregular, y que gracias a la presión ejercida por el Gobierno del expresidente Francés NICOLAS ZARKOSY y la comunidad internacional, al Presidente Alvaro Uribe Vélez, quedará libre el Compareciente que fuera ubicado por las PARC EP, en el "Estado Mayor del Bloque Caribe”, y que al poco tiempo se dedicara a negociar la Paz con el Gobierno de Juan Manuel Santos Calderón, en la Habana Cuba”.
Con base en estos argumentos, el apoderado solicita a la Sala de Apelaciones revocar el numeral séptimo de la sentencia y, en su lugar, declarar no culpable penalmente a Rodrigo Granda como autor de los crímenes imputados.
Adicionalmente, la defensa solicitó a la JEP que oficie a las salas competentes para que se investigue la actuación de funcionarios públicos en relación con la captura de Rodrigo Granda en Caracas, Venezuela, en 2004, episodio que califica como un secuestro.
“Oficiar a las Salas Respectivas que tengan competencia de la Jurisdicción Especial Para la Paz, para Investigar a los Funcionarios Públicos que tengan que ver con el Secuestro de RODRIGO GRANDA ESCOIBAR, el que fuera Secuestrado en la Ciudad de Caracas Venezuela, y el Bombardeo en la República del Ecuador en donde murieran RAUL REYES Miembro del Secretariado, Civiles Mexicanos que tengan que ver las Conductas de Agresión, Homicidio, en donde se ejecutaron extrajudicialmente a combatientes que quedaran heridos”.
Ahora será la Sala de Apelaciones de la JEP la que deberá estudiar el recurso y definir que sucederá con la condena.