La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra la exdirectora del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, María del Pilar Hurtado Afanador, y el exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Dapre, Bernardo Moreno Villegas, por su participación en una red de seguimientos e interceptaciones ilegales durante los años 2007 y 2008.
Ambos exfuncionarios fueron hallados responsables de los delitos de concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública y falsedad ideológica en documento público.
La Corte también rechazó la solicitud de nulidad del proceso y declaró la preclusión de la actuación únicamente por el delito de abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.
La investigación evidenció que Hurtado y Moreno, desde sus altos cargos en el Gobierno, coordinaron actividades de inteligencia ilegal dirigidas contra magistrados de la Corte Suprema de Justicia y otras personas consideradas opositoras al Gobierno de turno.
Entre las acciones desplegadas, se documentó la infiltración del DAS en la Corte Suprema, la instalación de dispositivos de grabación en sesiones de Sala Plena y la recolección de información personal y reservada para desprestigiar a funcionarios judiciales.
Fue durante una audiencia en donde se resolvió una impugnación de la defensa de Hurtado y Moreno, allí, el magistrado de la Corte Suprema José Joaquín Urbano aseguró que la Fiscalía logró comprobar que desde el Das sí se hicieron interceptaciones ilegales en contra de periodistas, opositores al Gobierno de Uribe y magistrados de ese alto tribunal.
El fallo de la Corte concluyó que Hurtado tuvo pleno control de las operaciones ilegales, impartió órdenes, recibió informes detallados y evaluó su cumplimiento conforme a las expectativas del Ejecutivo.
Por su parte, Bernardo Moreno fue identificado como partícipe activo en la planificación y evaluación de estas actividades, actuando como enlace directo con la Presidencia de la República.
Asimismo, la Sala Penal determinó que se destinaron recursos de gastos reservados para el pago de testigos con el fin de reforzar las campañas de desprestigio.