El Tribunal Superior de Bogotá negó por “improcedente” la tutela interpuesta por el expresidente Álvaro Uribe Vélez con la cual buscaba tumbar su imputación de cargos.
A pesar de que la tutela fue apoyada por la Fiscalía, la ponencia del magistrado Rafael Enrique López dice que aún no se han agotado las vías ordinarias y extraordinarias para acudir a una tutela. Es decir, que
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La sala estima que la acción de tutela es improcedente, como quiera que la actuación penal cuestionada se encuentra en curso, al interior de ella existen medios de defensa judicial idóneos y expeditos para reclamar la protección de los derechos al debido proceso y defensa, los cuales no han sido ejercitados
"En este caso, no puede realizarse el análisis reclamado pues implicaría una interferencia injustificada en la órbita de competencia de la justicia ordinaria”, dice la decisión del tribunal.
Además, explica el documento, que la sala no considera que la situación del
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Es decir, que el caso no tiene la relevancia necesaria para que se emita una decisión de fondo favorable o no a Uribe porque no están afectados sus derechos ni tampoco puestos en peligro.
¿Qué sigue en el proceso?
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Añade el tribunal que, el problema jurídico de la tutela debe resolverlo un juez penal y no el tribunal. Lo que quiere decir que lo que sigue es que la
Sobre este punto, explica la ponencia, que al interior de ese proceso penal se puede reclamar el amparo del debido proceso y derecho a la defensa, esto podría hacerse, en el momento en el que la Fiscalía radique el escrito de acusación pues según la ley, el ente acusador, el Ministerio Público y la defensa, podrán expresar en ese momento las causales de incompetencia, impedimentos, recusaciones, nulidades, si las hubiere.
Solo en ese momento, la decisión sobre los recursos interpuestos sí quedarían en manos del tribunal.