En una ponencia de 86 páginas, el magistrado de la Corte Constitucional, Carlos Camargo, argumentó por qué se deberían suspender los efectos del decreto de la emergencia económica del Gobierno del presidente Gustavo Petro. El magistrado sustanciador plantea que el decreto base presenta vicios formales y materiales que justificarían, de manera excepcional, la adopción de una medida cautelar de suspensión provisional, con el fin de impedir la consolidación de efectos jurídicos irreversibles mientras se surte el control constitucional de fondo.
De fondo, la ponencia de Camargo advierte que el decreto tiene presuntas irregularidades en su expedición, como deficiencias en la firma del acto administrativo y una motivación insuficiente frente a cada una de las ocho causas invocadas por el Gobierno para justificar la declaratoria del estado de emergencia.
“Es allí donde la figura de la suspensión provisional presenta una oportunidad para garantizar la intervención oportuna de esta Corporación y, con ello, la protección de la Carta Fundamental”, dice la ponencia.
Uno de los puntos centrales del planteamiento es el efecto del decreto sobre el sistema tributario. El magistrado advierte que la emergencia no puede ser utilizada como vía para introducir reformas fiscales o tributarias que no superaron el debate democrático en el Congreso de la República, pues ello vulnera principios estructurales del orden constitucional.
La Sala Plena de la Corte Constitucional deberá determinar si accede o no a la solicitud, no solo de Carlos Camargo, sino también de Juan Carlos Cortés, quien radicó una petición relacionada con el decreto que cobra los impuestos.