La Corte Constitucional pidió a la Jurisdicción Especial para la Paz y de Justicia y Paz trabajar de manera articulada para evitar nuevas confusiones o problemas de competencias con los exparamilitares que se acogen a cualquiera de los sistemas.
Esto llega luego de la controversia generada en noviembre de 2023, cuando el exparamilitar Salvatore Mancuso fue admitido en la JEP bajo el término de “bisagra” al considerarse un enlace clave para comprender cómo operaron las alianzas ilegales entre los grupos paramilitares y miembros de la fuerza pública.
La admisión generó todo un debate jurídico e incluso tensión entre ambas jurisdicciones pues Mancuso, tras su regreso a Colombia desde Estados Unidos en febrero de 2024, aún tenía cuentas pendientes con Justicia y Paz y de este dependió, inicialmente, si podía quedar en libertad condicionada o no.
Para la Corte, tanto la JEP como Justicia y Paz deben implementar un mecanismo efectivo de articulación y colaboración armónica que les permita compartir hallazgos, coordinar actuaciones y avanzar de manera conjunta en el esclarecimiento de la verdad sobre el conflicto armado en este tipo de casos.
“Por esta razón, la Corporación exhortó a las autoridades judiciales de la JEP y de Justicia y Paz a que diseñen e implementen un mecanismo de articulación efectivo de colaboración armónica y comunicación permanente que les permita aprovechar recíprocamente sus respectivos hallazgos y avances”, dice el comunicado.
El pedido llega en medio de la decisión del alto tribunal de no emitir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad de la interpretación “bisagra” al considerar que el debate dejó de tener vigencia tras la emisión del auto 1319 de 2024, el cual determinó que el procesamiento de un comandante paramilitar correspondía a la jurisdicción de Justicia y Paz y no a la JEP desapareciendo así el término “bisagra” como criterio válido.
La discusión se generó también luego de una demanda de inconstitucionalidad presentada por Juan Carlos Salazar, Julio César Prieto, Rafael Alfredo Colón Torres y Pablo Emilio Romero cuestionando la inclusión de comandantes paramilitares en la JEP bajo el argumento de que actuaron materialmente incorporados a la fuerza pública.
Los demandantes insistieron en que este tipo de admisiones equiparaba el tratamiento que se le daba a los grupos ilegales con el dado a los miembros de la fuerza pública y superaba los límites fijados por la norma que creó la JEP y detalló su funcionamiento.