ONU pide la liberación inmediata de funcionarios retenidos por el ELN y llama al respeto del DIH
La oficina condena firmemente las privaciones de la libertad cometidas por grupos armados no estatales, recordando que estas prácticas están expresamente prohibidas por el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
La Oficina de la ONU para los Derechos Humanos en Colombia exigió la libertad inmediata y en condiciones de seguridad de cuatro funcionarios de la Fiscalía y la Policía Nacional retenidos por el ELN, y recordó que la privación de la libertad está prohibida por el Derecho Internacional Humanitario en los conflictos armados no internacionales.
Asimismo, reitera su llamado al ELN para que respete, en todo tiempo y lugar, el derecho internacional de los derechos humanos, que garantiza la protección de la vida, la libertad y la dignidad de todas las personas. También recordó las obligaciones derivadas del Artículo 3 común a los Convenios de Ginebra, que exige el respeto a quienes no participan en las hostilidades y prohíbe la toma de rehenes.
Blu Radio - AFP
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De igual manera, la oficina instó al Estado colombiano a implementar de manera pronta y eficaz las 28 recomendaciones de la Alerta Temprana 014-2025 de la Defensoría del Pueblo, dirigida a siete municipios de Arauca y Cubará (Boyacá), para prevenir violaciones de derechos humanos e infracciones al DIH.
Las recomendaciones priorizan acciones en los siguientes ámbitos:
Coordinación y articulación interinstitucional para una respuesta rápida.
Disuasión frente al contexto de amenaza.
Investigación y acceso efectivo a la justicia.
Prevención y protección de comunidades en riesgo.
Asistencia y acción humanitaria integral.
Políticas públicas para mitigar vulnerabilidades sociales.
Acompañamiento preventivo del Ministerio Público.
La oficina reafirma su compromiso de acompañar los esfuerzos del Estado y de las comunidades para proteger los derechos humanos, prevenir nuevas violaciones y fortalecer la presencia institucional en los territorios más afectados por el conflicto.