Presidente Petro cuestiona fallo que prohíbe al Servicio Geológico difundir mensajes políticos
El mandatario señaló que sus mensajes hacen parte del ejercicio de comunicación gubernamental.
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El presidente Gustavo Petro cuestionó de manera abierta la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ordenó al Servicio Geológico Colombiano (SGC) abstenerse de utilizar sus canales oficiales para difundir mensajes con contenido político.
El pronunciamiento judicial respondió a una acción de cumplimiento que denunció que la entidad había replicado piezas gráficas y mensajes que formaban parte de la estrategia comunicacional del Gobierno, como publicaciones sobre la crisis de la Nueva EPS y la convocatoria a la movilización del pasado 24 de octubre en la Plaza de Bolívar.
En su cuenta de X, el mandatario criticó el alcance de la decisión y habló sobre su rol institucional. “El presidente de la República es jefe del Estado y suprema autoridad administrativa, según la Constitución que nos rige. Si quieren impedir que se comunique deben cambiar la Constitución. No hay promoción de la presencia, hay comunicación del presidente con su sociedad”, afirmó, señalando que sus mensajes hacen parte del ejercicio legítimo de comunicación gubernamental.
El fallo de 22 páginas concluyó que el SGC incumplió las reglas que regulan la publicidad oficial al replicar en sus redes mensajes ajenos a su misión científica, como el hashtag #SeRobaronLaSalud, publicaciones sobre la situación de la Nueva EPS y contenidos vinculados a la movilización promovida por el Gobierno. Según el Tribunal, esos mensajes tienen un carácter político y corresponden a la agenda comunicacional de la Presidencia, mas no a las funciones del Servicio Geológico.
La acción fue interpuesta por la Fundación para el Estado de Derecho, que señaló que las publicaciones realizadas entre septiembre y octubre desbordan la competencia de la entidad y utilizaban recursos institucionales para fines no misionales. Aunque el SGC argumentó que actuó bajo una estrategia de comunicación unificada del Gobierno nacional y que simplemente compartió información oficial proveniente de la Presidencia, el Tribunal aclaró que ninguna directriz puede justificar que una entidad técnica difunda contenidos ajenos a su mandato legal.
El Tribunal advirtió que la coordinación entre entidades estatales no permite apartarse del marco normativo ni emplear recursos públicos en la circulación de mensajes políticos o sectoriales.