Regular encuestas no es censura: espaldarazo de la Procuraduría a Ley de Encuestas ante la Corte
La Procuraduría envió a la Corte Constitucional su concepto en el marco de la demanda que pide tumbar la Ley de Encuestas. Para el Ministerio Público, la iniciativa no vulnera derechos fundamentales.
En pleno año electoral, Blu Radio conoció en primicia un concepto de 29 páginas que envió la Procuraduría General de la Nación a la Corte Constitucional, en el que fija su postura frente a la demanda que busca declarar inexequible la Ley de Encuestas.
Fue en septiembre del año pasado cuando la Corte Constitucional decidió admitir para su estudio una demanda que pide “tumbar” la Ley 2494 de 2025, norma que regula la elaboración, publicación y divulgación de encuestas en Colombia. La acción fue presentada por Juan Manuel López, quien sostiene que la ley debió tramitarse como estatutaria, al afectar derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información y la participación política.
Corte Constitucional pone bajo la lupa la ley que regula encuestas en Colombia
Foto: Corte Constitucional / AFP
¿Qué pide la demanda?
Según el demandante, la norma impone restricciones que podrían limitar la pluralidad informativa y concentrar el control en pocos actores, al prohibir los sondeos no probabilísticos y exigir condiciones técnicas estrictas para la publicación de encuestas electorales. Además, advierte que varias disposiciones asignan nuevas funciones al Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que, a su juicio, modificaría su diseño institucional.
La demanda también cuestiona la ausencia de un análisis de impacto fiscal y señala que la creación de órganos técnicos, el registro nacional de firmas encuestadoras y las auditorías previstas en la ley implican gastos permanentes que no fueron evaluados, en contravía del principio de sostenibilidad fiscal.
Regular encuestas no es censura: espaldarazo de la Procuraduría a Ley de Encuestas ante la Corte
Regular encuestas no es censura: espaldarazo de la Procuraduría a Ley de Encuestas ante la Corte
Regular encuestas no es censura: espaldarazo de la Procuraduría a Ley de Encuestas ante la Corte
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La postura de la Procuraduría ante la Corte Constitucional
Para el ente de control, ninguno de los cargos prospera. En su análisis, la Procuraduría concluyó que la Ley de Encuestas no regula el núcleo esencial de los derechos fundamentales, sino que establece reglas técnicas y de transparencia orientadas a garantizar la calidad, la rigurosidad metodológica y la responsabilidad en la divulgación de encuestas políticas.
“De otro modo, tampoco se observa una afectación del núcleo esencial del derecho a la participación política. La regulación contenida en la Ley 2494 de 2025 no altera las condiciones para elegir o ser elegido, no regula circunscripciones, umbrales, mecanismos de representación, conteo de votos ni procedimientos de escrutinio, ni modifica los elementos estructurales del sistema electoral. Las disposiciones cuestionadas recaen sobre instrumentos estadísticos que anteceden al debate político, sin interferir con la manera en que el voto ciudadano se traduce en representación”, señaló la Procuraduría.
En ese sentido, el Ministerio Público sostuvo que la regulación de encuestas no constituye censura ni una prohibición absoluta, sino un desarrollo legítimo del deber constitucional de informar de manera veraz e imparcial, conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Procuraduría General de la Nación
Foto: BLU Radio
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La demanda también alega una presunta vulneración al impacto fiscal. Frente a este punto, la Procuraduría explicó que, al tratarse de una ley de iniciativa congresional, no era exigible un estudio técnico detallado, como ocurre con los proyectos del Gobierno. Además, señaló que la norma no ordena de manera directa e imperativa nuevas erogaciones presupuestales, sino que asigna funciones que pueden desarrollarse dentro del marco institucional existente.
Por estas razones, la Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional declarar exequible la Ley de Encuestas, lo que en la práctica significa que el ente de control respalda la iniciativa y considera que puede mantenerse vigente.