Miles de usuarios de telefonía móvil, internet e incluso televisión en Colombia comenzarán a tener un importante alivio para sus bolsillos desde el próximo 17 de junio, cuando entre en vigencia la nueva regulación de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que limita los cobros por reconexión de servicios suspendidos debido a la falta de pago.La decisión tiene como objetivo poner fin a las diferencias tarifarias que existían entre los operadores y, de esa manera, garantizar que los valores cobrados correspondan únicamente a los costos reales de restablecer el servicio. De acuerdo con la entidad, algunos usuarios pagaban montos muy superiores a lo que realmente cuesta la reactivación de una línea o una conexión.La medida pone contra las cuerdas a las compañías de telecomunicaciones, especialmente por el aumento en el uso de estos servicios, que se han convertido en herramientas esenciales para trabajar, estudiar, realizar trámites y mantenerse comunicados. Por ello, recuperar el servicio luego de una suspensión representa una necesidad para miles de hogares.¿Cuánto se pagará por la reconexión de líneas con operadores móviles?Uno de los cambios más significativos tiene que ver con la telefonía móvil. Según indica la CRC, actualmente los usuarios deben pagar cerca de $6.800 por reconectar una línea. Sin embargo, la nueva regulación establece que el valor máximo será de tan solo $285, una reducción que representa el 96 %.La Comisión además señaló que la disminución responde a que la mayoría de las reconexiones móviles se realizan de manera automática a través de plataformas tecnológicas, sin necesidad de desplazamientos técnicos ni intervenciones físicas.Para los usuarios, esto significa que las empresas ya no podrán trasladar costos excesivos por un procedimiento que, en la mayoría de los casos, se ejecuta de manera remota.¿Qué pasará con los servicios fijos?La regulación también establece límites para los servicios fijos. Entre los nuevos topes definidos por la CRC se encuentran:Hasta $1.232 para operadores que concentran cerca del 85 % del mercado nacional.Hasta $10.269 para empresas con menos de 30.000 accesos.La diferencia obedece a factores operativos como la cobertura geográfica, el tamaño de las redes y la posibilidad de requerir visitas técnicas.La medida resulta especialmente relevante porque algunos usuarios reportaban cobros cercanos a los $39.000 por este concepto. Con los nuevos límites, las reducciones podrían llegar hasta el 97 %.Empresas todavía podrán cobrar por reconexiónLa CRC señala que la norma no obliga a los operadores a eliminar este cobro. Las compañías que actualmente cobran por la reconexión podrán seguir haciéndolo.Lo que sí cambia es que, si deciden cobrar, no podrán superar los topes establecidos por la autoridad regulatoria.La disposición tampoco elimina la posibilidad de suspender el servicio cuando exista mora. Sin embargo, una vez el usuario se ponga al día con sus obligaciones, el operador deberá restablecer el servicio en un plazo máximo de tres días hábiles.Para Felipe Augusto Díaz Suaza, la medida busca impedir que quienes hacen el esfuerzo de ponerse al día deban asumir cargos desproporcionados para recuperar el acceso a servicios esenciales.
El presidente Gustavo Petro firmó el 23 de abril un memorando que fue enviado a ministerios, entidades adscritas, direcciones y entidades del Gobierno nacional y que ordena, de manera “expresa y urgente”, intensificar la difusión de los logros de su administración a través de pauta en medios de comunicación y redes sociales.En el documento, solicitan que cada entidad promueva “los logros fundamentales” de su gestión ante la opinión pública mediante “comerciales televisivos y spots publicitarios”. Además, señala que cada entidad deberá destinar recursos para esa pauta como parte de sus respectivos planes de medios.“A más tardar la próxima semana, toda entidad debe estar pautando en canales públicos, privados y redes sociales sus logros fundamentales, de manera tal que los colombianos puedan estar informados de las acciones y avances del Gobierno nacional”, señala el documento.El memorando también menciona que se habilitarán espacios cívicos de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), coordinados por la estrategia de comunicaciones del Gobierno, para fortalecer la difusión institucional y dice que la orden debe ser cumplida sin ninguna excepción. La directriz ha se conoce a 37 días de la primera vuelta a la presidencia el próximo 31 de mayo.El presidente Gustavo Petro ha insistido en que su gobierno no ha sabido comunicar sus acciones, sin embargo también ha criticado duramente los medios de comunicación diciendo que los televisivos y radiales simplemente son contratistas del gobierno.
Si usted es un colombiano que ha tenido problemas a la hora de cancelar un plan de telefonía celular o a la hora de cambiar su servicio de empresa de internet o no entiende la publicidad que le ofrecen estas compañías, la CRC, que es la Comisión de Regulación de Comunicaciones, tomó nota y está moviendo el tablero del sector, con nuevas reglas que van a impactar a los usuarios en ColombiaEn una resolución, la CRC está quitando las trabas para los clientes. Se trata de la resolución 8171 con la que la CRC protege los derechos de los usuarios.La CRC ordena que los operadores habiliten un canal digital, automático y exclusivo para atender de forma rápida y sin pasos innecesarios a los usuarios que quieran cancelar o cambiar un plan o salirse de una empresa, para evitar largas filas, llamadas o procesos difíciles.La CRC también exige que estas empresas sean claras en la facturación de los servicios para que la gente entienda qué está pagando y comprando en sus ofertas y planes.Una última, la CRC también le pone límites al cambio de operador. Quienes cambien de operador con su mismo número podrán devolverse o volver a cambiar de operador solo 30 días calendario después del primer cambio.
Una de las situaciones más frecuentes y molestas hoy en día son las reiteradas llamadas de call centers y compañías telefónicas a cualquier hora, ofreciendo servicios que nadie ha pedido. Anteriormente, estas llamadas eran hechas por operadores humanos; sin embargo, actualmente la mayoría de estas empresas emplea sistemas de marcación automática programados para realizar llamadas de forma periódica.Para muchas personas, estas interrupciones ocurren en distintos momentos del día, perjudicando el trabajo, los estudios o interrumpiendo actividades importantes.Esta situación, lejos de disminuir, parece ir en aumento y no se limita a un solo país, sino que se presenta a nivel global.En este contexto, expertos en inteligencia artificial advierten que ciertas acciones cotidianas pueden estar contribuyendo a que estas llamadas se repitan con mayor frecuencia. Rechazar una llamada de un número desconocido, por ejemplo, puede ser interpretado por los sistemas automatizados como una confirmación de que el número está activo.Más que obtener una respuesta directa, el objetivo de estas llamadas suele ser validar la existencia del contacto, lo que incrementa las probabilidades de recibir nuevas llamadas no deseadas y pone sobre la mesa la necesidad de buscar mecanismos efectivos para evitarlas.Así puede evitar las constantes llamadas de los call centersLas personas que buscan reducir las llamadas y mensajes publicitarios tienen una alternativa oficial para hacerlo, el Registro de Números Excluidos (RNE) del Ministerio de las TIC, el cual es administrado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).A través de esta herramienta, los usuarios pueden inscribir su número de teléfono para evitar que empresas los contacten con ofertas comerciales o cobros no deseados, ya sea por llamadas, mensajes de texto o aplicaciones de mensajería.El proceso de inscripción es gratuito y se realiza en línea. Para hacerlo, es necesario seguir los siguientes pasos:Ingresar al sitio web oficial de la CRC, verificando que pertenezca al dominio gov.co. Aceptar los términos y condiciones.Crear un usuario con el número de cédula y un correo electrónico activo.Una vez dentro del sistema, el usuario debe seleccionar la opción para realizar la solicitud.Registrar su número telefónico e indicar la operadora.Especificar por qué canales desea dejar de recibir contactos publicitarios.Es importante aclarar que estar inscrito en el RNE no significa quedar incomunicado por completo. Las empresas aún podrán contactar al usuario en situaciones necesarias, como notificaciones sobre movimientos financieros, alertas de posibles fraudes o información que la persona haya solicitado previamente.Sin embargo, esta herramienta sí logra disminuir de forma significativa las molestias causadas por llamadas y mensajes comerciales no autorizados.
El pulso que marcó la decisión del Consejo de Estado de ponerle límites a las alocuciones presidenciales tiene nuevas aristas, porque Blu Radio conoció en primicia un auto en el que el alto tribunal corre traslado de una solicitud de incidente de desacato que interpusieron varios ciudadanos, a los que en septiembre del año pasado el Consejo de Estado les dio un espaldarazo al proteger su derecho a la información.En ese sentido, la Comisión de Regulación de Comunicaciones deberá llegar al despacho del magistrado Albert Montaña la información sobre las medidas que han tomado para darle cumplimiento a este fallo de tutela.En aquella providencia, el Consejo de Estado fijó varios criterios para las intervenciones del presidente Gustavo Petro en televisión abierta, relacionados con la urgencia, excepcionalidad, recurrencia y delimitación temática y temporal de dichas alocuciones.Además, ordenó a la CRC verificar previamente el cumplimiento de esos parámetros y, de encontrar irregularidades, impedir la transmisión de las intervenciones.“La alocución debe responder a una justificación o razón suficiente, lo que implica que la solicitud debe corresponder a circunstancias urgentes […] La alocución presidencial no puede ser recurrente, por ejemplo, en el mismo intervalo semanal. La situación alocución debe ser limitada temática y temporalmente”, se lee en el fallo del Consejo de Estado.
Los usuarios de servicios de telecomunicaciones en Colombia podrían pagar mucho menos por la reconexión de telefonía, internet y televisión por suscripción, gracias al avance en la reglamentación de la Ley 2485 de 2025, una iniciativa impulsada por el senador Julio Alberto Elías.La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) presentó una ley regulatoria que establece topes máximos de 275 pesos para la reconexión de servicios móviles y de 1.981 pesos para servicios fijos, valores calculados con base en costos eficientes y muy por debajo de los cobros promedio actuales, que pueden llegar a 10.000 y 40.000 pesos.De acuerdo con el análisis técnico, económico y jurídico de la CRC, más del 90 % de los accesos fijos y de televisión por suscripción utilizan tecnologías que permiten la suspensión y reconexión remota, sin necesidad de desplazamientos físicos. El estudio concluyó que muchos de los cobros aplicados hasta ahora no estaban plenamente justificados en costos reales.La propuesta define con claridad qué actividades pueden incluirse en la tarifa de reconexión y excluye aquellas que no son indispensables para restablecer el servicio, evitando así que los usuarios asuman costos ajenos al proceso.El senador Julio Elías Vidal, autor y ponente de la Ley 2485, celebró el anuncio y aseguró que esta regulación protege a los usuarios frente a cobros desproporcionados.“La reconexión justa es ahora un derecho protegido por ley. Estos valores se aplicarán a partir del 16 de julio de 2026. La socialización del proyecto de resolución estará abierta hasta el 9 de febrero de 2026 para recibir observaciones de la ciudadanía y los operadores. Esta regulación garantiza que no se cobren tarifas desproporcionadas por un proceso que, en muchos casos, se realiza de forma remota en minutos”, afirmó a través de su cuenta de X.El senador destacó que los nuevos valores reflejan la realidad de un proceso que, en muchos casos, se realiza de forma remota en cuestión de minutos, por lo que los cobros son realmente excesivos.La consulta pública del proyecto de resolución estará abierta hasta el 9 de febrero de 2026, y los topes tarifarios entrarían en vigencia a partir del 16 de julio de 2026.
El presidente Gustavo Petro, por medio de su abogado Pedro Alejandro Carranza, solicitó al Consejo de Estado revocar la sentencia que impuso controles a las alocuciones presidenciales y que otorgó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) la facultad de autorizar y supervisar sus intervenciones en televisión.Según la defensa del mandatario, esta decisión convierte a la CRC en un “censor previo” de las declaraciones del presidente, a su consideración, incompatible tanto con la Constitución Política como con la Convención Americana de Derechos Humanos.En el recurso presentado, el abogado sostiene que la sentencia condiciona el ejercicio de la libertad de expresión del presidente a la autorización previa de un órgano administrativo y lo expone “al riesgo permanente de que su voz sea interrumpida en vivo por una entidad técnica”. A juicio de la defensa, el fallo termina sometiendo una función esencial del —comunicar, explicar y rendir cuentas al país— al permiso de una autoridad no elegida por voto popular.La defensa también cuestiona que el fallo se sustente en un presunto “uso desmedido” de las alocuciones presidenciales, sin aportar estudios comparativos, antecedentes históricos o análisis sobre el ecosistema informativo actual que respalden dicha afirmación.Asegura que no está demostrado que las intervenciones del presidente hayan afectado el pluralismo informativo, ni que la CRC tenga competencias para determinar límites o autorizaciones sobre contenidos de carácter político.“No está demostrado que conferir a la CRC poderes de veto previo e interrupción en vivo sea un medio idóneo para garantizar pluralismo. Por el contrario, el riesgo de que la entidad se convierta en un árbitro del contenido político es evidente, y nada indica que ello aumente la pluralidad de fuentes; puede, incluso, mermarla si desestimula el uso del canal institucional por temor a la censura”, asegura el documento presentado por el abogado Carranza.
Al momento de adquirir un servicio con una empresa es normal que el procedimiento sea rápido y sin trabas, pero no ocurre lo mismo al intentar cancelarlo, pues puede convertirse en una experiencia agotadora. Llamadas que se cortan, hay largas esperas, asesores que redirigen una y otra vez, correos sin respuesta o formularios que parecen diseñados para confundir, son parte del recorrido que viven miles de usuarios cada vez que desean cancelar.Lo que debería ser un trámite simple, en la práctica se convierte en una prueba de paciencia y persistencia para muchos. Esta situación suele ocurrir especialmente en los sectores de telecomunicaciones, servicios financieros y suscripciones digitales, donde las compañías suelen imponer barreras para frenar la cancelación de contratos o prolongar cobros automáticos.En muchos casos, incluso cuando el usuario ha manifestado su decisión de terminar el servicio, las empresas siguen facturando o exigiendo la presentación de documentos adicionales para hacer efectiva la cancelación del servicio y, frente a esto, la ley colombiana siempre respalda a los usuarios.Precisamente, el Ministerio de Justicia describió un caso en el que una ciudadana adquirió un servicio de comunicación móvil, al momento de aceptarlo "ella expresó claramente que no quería una cláusula de permanencia y deseaba tener la certeza de que pudiera cancelar el servicio en cualquier momento. Luego de unos meses, Liliana manifestó a la empresa prestadora del servicio que quería cancelarlo, pero para su sorpresa, la respuesta recibida fue negativa, manifestando que no lo podía hacer, ya que existía una cláusula de permanencia".Este tipo de situaciones suelen darse a diario, por ello es imprescindible que los usuarios conozcan sus derechos y lo que pueden hacer si son vulnerados.Estos son sus derechos al cancelar un servicioSegún la Ley 1328 de 2009 y la Resolución 5111 de 2017 de la CRC establecen que todo usuario tiene derecho a cancelar un servicio en cualquier momento, sin penalidades injustificadas y a través de los mismos canales de atención que se ofrecen para contratarlo. Además, la empresa debe confirmar la solicitud y procesarla en un máximo de 15 días hábiles.Según datos de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), entre enero y septiembre de 2025 se reportaron más de 85.000 quejas por dificultades para cancelar servicios de telecomunicaciones, en especial planes de telefonía móvil, internet y televisión. Los reclamos más frecuentes están relacionados con la falta de canales digitales efectivos, demoras en la atención y la obligación de acudir presencialmente a los puntos de servicio para formalizar la solicitud.Los operadores móviles concentran buena parte de estas quejas, ya que muchos usuarios denuncian trabas para dar de baja líneas postpago, planes familiares o servicios complementarios. Aunque la regulación exige que los mismos canales de contratación estén disponibles para la cancelación, realmente las plataformas de atención en línea y los call centers no siempre cumplen con esta obligación.En el sector financiero, la Superintendencia Financiera también ha identificado reclamos recurrentes por demoras en la cancelación de productos como tarjetas de crédito, cuentas de ahorro o seguros. Algunos bancos condicionan el cierre a trámites presenciales o revisiones internas que se extienden por semanas, lo que genera cobros adicionales, pues en ese punto ya se ha pasado la fecha de corte de las tarjetas o se ha renovado automática el servicio que el cliente ya no desea mantener. En medio de este panorama, si el usuario ya tramitó su derecho a cancelar el servicio y pasados los 15 días hábiles no hay respuesta, se aplica el silencio administrativo positivo, es decir, la cancelación se entiende aprobada de forma automática. En el caso de los servicios financieros, las entidades deben entregar una constancia inmediata de la cancelación y suspender de manera definitiva los cobros o débitos relacionados.Cuando las empresas no cumplen con estas obligaciones, el cliente puede acudir a las autoridades competentes: la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para servicios de telecomunicaciones o suscripciones, y la Superintendencia Financiera para los productos bancarios.Lo que debe tener en cuenta al momento de hacer la cancelaciónAunque existen normas claras que respaldan al consumidor, en la práctica enfrenta obstáculos en los procesos internos de las compañías. Cancelar un servicio no debería ser una batalla entre ambas partes, por ello, según el Ministerio de Justicia, hay que tener en cuenta lo siguiente al momento de hacer la cancelación de un servicio:La entidad no podrá exigir que la petición se haga de manera escrita.El operador del servicio no puede modificar el contrato sin su autorización, ni cobrar servicios que no se hayan aceptado.Para interponer la queja por incumplimiento del contrato por parte de la empresa prestadora del servicio, debe probarse que en ningún momento esta informó los cambios que harían en el servicio.El usuario tiene la capacidad de elegir si el servicio que contrata tiene cláusula de permanencia.Las cláusulas de permanencia en los servicios móviles están prohibidas.Las cláusulas de permanencia en los servicios de internet y telefonía fija podrán pactarse, siempre y cuando se ofrezcan planes que financien o subsidien el cargo por conexión, equipos o descuentos en el plan.Si se pactó una cláusula de permanencia y se quiere cancelar el servicio antes de que se acabe esta, el cliente deberá pagar el valor pendiente al momento de la terminación.Todos los usuarios tienen derecho a terminar el contrato en cualquier momento, pero el usuario tiene el derecho de pagar las sumas de dinero que deba a la empresa que le prestó el servicio y demás obligaciones que se hayan pactado en el contrato.
El presidente Gustavo Petro firmó el decreto que oficializa la designación de Javier Gutiérrez Afanador como nuevo comisionado de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), a pesar de que la entidad había advertido en un memorando que el aspirante no cumple con los requisitos para asumir el cargo.Tras revisar sus certificaciones laborales, la CRC concluyó que, aunque Gutiérrez cuenta con 18 años y 5 días de experiencia profesional, solo 3 años, 11 meses y 21 días corresponden a experiencia directamente relacionada con las funciones del puesto. Por tanto, no cumple con lo exigido para el cargo de experto comisionado, según el numeral 20.2 del artículo 20 de la Ley 1341 de 2009.La Comisión informó que aún no ha sido notificada oficialmente y que será el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) el encargado de evaluar el nombramiento y verificar su legalidad. Este puesto llevaba vacante desde agosto de 2022, tras la salida de Sergio Martínez Medina.La decisión se da en medio de tensiones entre el gobierno y la CRC, luego de que la entidad le negara al mandatario una alocución presidencial por carecer de urgencia. Esto ocurrió luego de que el Consejo de Estado regulara este tipo de transmisiones, pidiendo que no se repitan en un lapso de tiempo semanal, que su duración sea controlada y que realmente la información entregada sea apremiante.
La directora ejecutiva de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), Claudia Bustamante, respondió a las recientes declaraciones del presidente Gustavo Petro, quien denunció un presunto “sabotaje” por parte de la entidad frente al nombramiento de Javier Gutiérrez Afanador como comisionado experto.El mandatario aseguró que desde hace tres años su administración ha enfrentado obstáculos para designar a un representante en la CRC. Sin embargo, Bustamante desmintió categóricamente esa versión. “En ningún momento eso es lo que ha pasado”, afirmó en entrevista en Mañanas 10:30. La directora explicó que el cargo de comisionado presidencial en la CRC —uno de los cinco miembros de la sesión de comunicaciones— exige cumplir con los criterios establecidos en la Ley 1341 de 2009: ser profesional en ingeniería electrónica, telecomunicaciones, derecho o economía, contar con maestría o doctorado y tener al menos ocho años de experiencia técnica específica en telecomunicaciones.“El señor Gutiérrez tiene menos de cuatro años de experiencia, por lo tanto, no cumple con la ley”, aclaró Bustamante, señalando que esa verificación es una obligación de todas las entidades públicas bajo el Decreto 1083, que exige comprobar los requisitos antes de cualquier posesión.Bustamante también precisó que no se trata de un veto político, sino de una cuestión de cumplimiento normativo. “No son requisitos que se haya inventado la CRC. Son normas de obligatorio cumplimiento para todos los cargos públicos”, reiteró.Además, la funcionaria reveló que desde el inicio del actual Gobierno, en agosto de 2022, la Presidencia no había presentado ninguna hoja de vida para el cargo hasta enero de 2025. “Durante más de dos años no recibimos ningún candidato. Solo este año llegó el primer nombre, y ahora otros dos más posteriormente”, detalló.Pese a la vacante, la CRC ha seguido funcionando con normalidad. “La ley permite que las decisiones se tomen por mayoría simple, así que con cuatro de los cinco miembros podemos actuar”, explicó.Finalmente, Bustamante insistió en la independencia técnica de la entidad. “Debemos ser extremadamente cuidadosos y cumplir con todos los procedimientos, porque el Consejo de Estado ya nos advirtió en 2021 sobre la importancia de los nombramientos correctos”, concluyó.
Estados Unidos autorizó este jueves transacciones a Venezuela, prohibidas por las sanciones, siempre y cuando estén relacionadas con las "labores de socorro" por los terremotos del miércoles que han dejado hasta el momento más de 180 muertos.El Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió una orden que permite estas operaciones hasta el próximo 23 de octubre de 2026, que "de otro modo, estarían prohibidas por el Reglamento de Sanciones contra Venezuela (VSR, por sus siglas en inglés)".La directriz deja claro que esta autorización no incluye el desbloqueo de bienes sujetos al reglamento de sanciones, en el marco legal establecido por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).Tampoco aplica a "ninguna otra transacción o actividad prohibida por otra Orden Ejecutiva o por cualquier parte" estipulada en el capítulo de sanciones aplicadas.Desde la captura del expresidente, Nicolás Maduro, en enero pasado, Estados Unidos ha emitido contados permisos y licencias entorno a la explotación y comercialización del petróleo, de la mano de la presidenta interina, Delcy Rodríguez, lo que supone una flexibilización del régimen de sanciones.La autorización de hoy se aplica en virtud de la tragedia desencadenada por dos terremotos de magnitud 7,2 y 7,4 que se registraron con apenas 39 segundos de diferencia, los más devastadores de su historia reciente.Previamente, el Departamento de Estado de EE.UU. anunció en un comunicado el envío de 100 millones de dólares para la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA) en Venezuela, y otros 50 millones para operar sobre el terreno.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia modificó radicalmente el destino judicial del exrepresentante a la Cámara del partido Cambio Radical, Carlos Alberto Cuenca Chaux. En un fallo de segunda instancia, el alto tribunal determinó que la Fiscalía General de la Nación no logró recopilar las pruebas suficientes para destruir la presunción de inocencia del político. Bajo este argumento constitucional, la corporación ordenó su absolución definitiva y archivó el expediente que lo vinculaba con el delito de corrupción de sufragante, conocido comúnmente como compra de votos.Con esta nueva resolución se cae por completo el fallo emitido por la Sala Especial de Primera Instancia de la misma Corte. En esa primera etapa del proceso, el excongresista, quien consolidó su fortín político en el sur del país desde el año 2010, había recibido una dura condena de 92 meses y un día de prisión (equivalente a más de siete años de cárcel).Además, la justicia le había impuesto en su momento una millonaria multa superior a los 588 salarios mínimos y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos por el mismo periodo de la pena.La investigación penal se centraba en las presuntas irregularidades cometidas durante su campaña en el municipio de Inírida, capital del departamento de Guainía. La hipótesis acusatoria señalaba a Cuenca Chaux como el supuesto determinador de un esquema de corrupción electoral enfocado en la comunidad indígena de la "Y", de la etnia Piapoco.Según los cargos originales, la campaña habría distribuido dádivas materiales que incluían dinero en efectivo, bultos de cemento y láminas de zinc, aprovechando las condiciones de vulnerabilidad de los habitantes a cambio de su respaldo en las urnas.Sin embargo, al revisar la apelación interpuesta por la defensa, la Sala de Casación Penal halló profundas grietas en los testimonios que sostenían el caso. El detonante clave de la absolución fue el desplome del denunciante principal, Miller Garrido Pacheco, quien terminó confesando bajo juramento que la acusación original fue un montaje inducido, presionado y financiado por la oposición local, puntualmente por el exgobernador de Guainía, Iván Vargas Silva.En el documento citado en la sentencia, Garrido manifestó de forma explícita: "me retracto y desisto de la demanda que interpuse en contra del señor Carlos Cuenca Chaux por compra de votos en las elecciones del periodo pasado y dejando constancia de que he sido presionado, he recibido prevenda alguna por parte de la persona afectada en el cual el señor Iván Vargas Silva sí me presionó y me sobornó con prevendas para que yo injuriara al señor Carlos Cuenca dañando su imagen y su buen nombre".Los investigadores del caso también descubrieron que Garrido armó el grupo de testigos con sus propios familiares directos e intentó pagar a otros pobladores para que mintieran sobre reuniones políticas a las que jamás asistieron.A la par con la desacreditación de los testigos, el tribunal encontró que los supuestos comprobantes de la entrega de tejas y cemento eran completamente inválidos. Los dueños de las ferreterías locales negaron cualquier pacto comercial con el político y explicaron que el documento usado como "prueba reina" era solo una cotización sin valor legal, la cual pertenecía a unos talonarios que habían sido robados previamente de sus locales.Finalmente, la corporación judicial desestimó el material audiovisual aportado por los denunciantes, coincidiendo con análisis técnicos previos que ya había realizado el Consejo de Estado. Las grabaciones contenían cortes de edición sospechosos y un libreto de preguntas altamente sugestivas que aunaban la falta de espontaneidad en las declaraciones.Al contrastar estas anomalías con los testimonios de asistentes a esas reuniones, que confirmaron que solo se debatieron propuestas de electrificación y presupuestos a las comunidades indígenas, la Corte Suprema de Justicia ratificó que mantener la condena era insostenible, devolviéndole la libertad jurídica plena al exparlamentario.
La Cancillería realizó en Cali el encuentro “Diplomacia cultural: Encuentro de Café y Cacao colombiano”, un espacio en el que presentó los avances de la estrategia “La Ruta del Café y Cacao”, que busca promover estos productos en mercados internacionales y fortalecer las oportunidades comerciales para asociaciones de productores.Según la entidad, entre 2025 y 2026 la iniciativa ha desarrollado ocho eventos en Asia, América y Europa con la participación de 76 asociaciones y cooperativas. La Cancillería aseguró que estas actividades han permitido representar a más de 5.000 productores, generar más de 1.300 contactos comerciales y concretar exportaciones superiores a 100 toneladas. También informó sobre la apertura de mercados en China y un preacuerdo comercial con Rumanía, además de acciones de promoción en países como España, Estados Unidos, Alemania, Italia, Chile, Países Bajos, Bélgica y Canadá.Durante el evento, la canciller Rosa Villavicencio señaló que la estrategia busca reducir la intermediación, fortalecer la asociatividad y facilitar el acceso de los productores a mercados de mayor valor agregado. Además, reiteró que el café puede convertirse en una alternativa económica para comunidades vinculadas a programas de sustitución de cultivos ilícitos.La instalación contó con la participación de la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, así como representantes del cuerpo diplomático y organismos de cooperación internacional. En dos paneles se discutió el papel del café y el cacao en la internacionalización de la economía rural y su aporte a procesos de desarrollo en distintas regiones del país.
Ante la proyección de ingreso de más de 310.000 vehículos por el corredor de la Autopista Sur durante el puente festivo, la Alcaldía de Soacha activó un plan especial de movilidad. La estrategia busca mitigar la congestión vial en este acceso clave a Bogotá, considerando que desde la capital se estima la salida de más de un millón de automotores.El contraflujo y los controles operativos especiales se concentrarán en las jornadas de éxodo y retorno para garantizar el flujo vehicular y reducir los tiempos de desplazamiento de los viajeros.Las autoridades locales advirtieron que la movilidad en el municipio se encuentra impactada por las obras de construcción de las fases II y III de TransMilenio, las cuales generan reducciones de carril en la Autopista Sur. Por ello, se recomienda planificar los viajes con anticipación.Horarios del pico y placa regional en Soacha (lunes festivo)La medida de restricción vehicular se aplicará durante la operación retorno del lunes festivo 29 de junio de 2026 en los siguientes horarios:Placas PARES (0, 2, 4, 6, 8): Ingreso autorizado de 12:00 m. a 4:00 p.m.Placas IMPARES (1, 3, 5, 7, 9): Ingreso autorizado de 4:00 p.m. a 8:00 p.m.Fuera de horario: antes de las 12:00 m. y después de las 8:00 p.m. no aplica la restricción de placas.Reversible en vía Indumil y medidas operativasPara aumentar la capacidad vial del corredor, la Secretaría de Movilidad de Soacha confirmó que se habilitará un reversible por la vía Indumil entre las 4:00 p.m. y las 8:00 p.m. del lunes festivo. Esta alternativa agilizará el desvío y tránsito de los vehículos que buscan conectar con el sur de Bogotá.El dispositivo en vía contará con un contingente de más de 200 personas, integrado por:Agentes de tránsito y vigías de la Secretaría de Movilidad de Soacha.Unidades de la Dirección de Tránsito y Transporte (DITRA) de la Policía Nacional.Agentes de tránsito de la Gobernación de Cundinamarca.Uso del carril de TransMilenio y contingenciasLa Alcaldía de Soacha, en coordinación con la Región Metropolitana Bogotá–Cundinamarca, la Secretaría Distrital de Movilidad y TransMilenio, acordó la adopción de contingencias operativas. Entre ellas, se contempla el uso controlado del carril exclusivo de TransMilenio si se presentan escenarios de alta congestión o represamiento crítico sobre la Autopista Sur.Asimismo, durante el Plan Éxodo se instalará un Punto Seguro en el corredor vial para realizar campañas pedagógicas y de sensibilización técnica con conductores y motociclistas.
La Procuraduría abrió una indagación previa contra el exministro de Defensa, Iván Velásquez Gómez; el exalto comisionado para la Paz, Danilo Rueda; el director de la Dirección Nacional de Inteligencia, Jorge Lemus; y el subdirector de esa entidad, Ricardo Rey Rosanía, para que respondan por las presuntas irregularidades cometidas con el manejo de la conversación de paz con el Clan del Golfo.La indagación llega luego de la revelación de Noticias Caracol sobre los ofrecimientos que habría hecho el Gobierno, a través de Danilo Rueda, a delegados del grupo ilegal a cambio de que estos siguieran en el proyecto de la Paz Total.El informe incluyó documentos, grabaciones y testimonios que darían cuenta de reuniones sostenidas entre representantes del Gobierno y delegados del Clan del Golfo en el marco de la política de paz total.Danilo Rueda, según la investigación, es el principal encargado de los acercamientos con el Clan del Golfo. Según los audios revelados, habría ofrecido gestos del Gobierno para facilitar un eventual proceso de negociación, entre ellos la suspensión de bombardeos, el retiro de algunos oficiales de la Fuerza Pública y la posibilidad de intervenir ante el Ministerio de Defensa si continuaban operaciones militares.En diálogo con BLU Radio, Danilo Rueda rechazó que hubiera pactado concesiones ilegales con el Clan del Golfo y sostuvo que las conversaciones reveladas correspondían únicamente a una fase exploratoria, previa al inicio de una negociación formal. Aseguró además que nunca hubo una orden del presidente Gustavo Petro para suspender operaciones militares contra esa organización.Sobre la frase "juguemos a los congelados", que aparece en los audios, Rueda lo calificó como una metáfora con la que buscaba explicar que para poder dialogar era necesario generar un espacio de confianza y reducir temporalmente las tensiones, pero no significaba que el Estado fuera a detener su acción contra el Clan del Golfo ni que existiera un acuerdo para paralizar a las Fuerzas Militares.En cuanto al exministro de Defensa, Iván Velásquez Gómez, este fue mencionado por Rueda como la persona con la que se coordinarían decisiones relacionadas con operaciones militares. Aunque Velásquez no aparece participando directamente en las reuniones reveladas y ha negado haber autorizado compromisos con el grupo armado, la Procuraduría decidió incluirlo en la indagación para establecer si tuvo algún conocimiento, participación o responsabilidad en los hechos descritos.Por su parte, el entonces director de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), Jorge Lemus, y el exsubdirector Ricardo Rey Rosanía fueron vinculados porque habrían participado en una reunión con un intermediario relacionado con el Clan del Golfo para discutir asuntos vinculados a un eventual proceso de sometimiento.En este caso, la Procuraduría busca determinar si estas reuniones se desarrollaron dentro del marco legal de sus funciones o si pudieron constituir actuaciones disciplinariamente relevantes.Pruebas ordenadas por la ProcuraduríaPara avanzar con la investigación, el Ministerio Público ordenó una serie de pruebas que permitan recopilar nuevas pruebas y testimonios.Por ello, solicitó documentación al Ministerio de Defensa, a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) sobre las reuniones, acercamientos y actuaciones relacionadas con el Clan del Golfo durante el periodo mencionado.A estas entidades, también les requirió informes oficiales que permitan establecer si existieron instrucciones, autorizaciones o decisiones relacionadas con la suspensión de operaciones militares, bombardeos, movimientos de oficiales o cualquier otro compromiso mencionado en el reportaje.Así mismo, la Procuraduría abrió el espacio para que el general (r ) Henry Sanabria, director de la Policía entre 2022 y 2023, rinda bajo declaración juramentada su testimonio sobre todo lo denunciado.