Tres décadas después de que un fallo judicial ordenara suspender vertimientos de aguas residuales al río Fonce, el proceso sigue sin cerrarse. El Juzgado Segundo Civil del Circuito de San Gil ordenó la apertura de un nuevo periodo probatorio y programó una inspección judicial, con el fin de verificar si las entidades responsables han cumplido las órdenes emitidas desde 1994 para frenar la contaminación de este afluente clave para la región.
El proceso judicial, que inició como una acción popular impulsada por el Procurador Agrario, ordenó hace más de 30 años a los municipios de San Gil, Valle de San José, y a empresas privadas como Curtiembres del Valle y la antigua Gaseosas Hipinto (hoy absorbida por Gaseosas Lux), la construcción de infraestructura para el tratamiento de aguas residuales, así como la suspensión inmediata de vertimientos de basuras y desechos al río Fonce.
Sin embargo, según lo expuesto en el incidente de desacato promovido por el ciudadano Marco Antonio Velásquez, y respaldado por la coadyuvante Ángela Delgado, persisten vertimientos sin tratamiento, obras inconclusas y afectaciones a la comunidad, como la ruptura de colectores de aguas negras en zonas urbanas.
Las entidades implicadas, entre ellas la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), el municipio de San Gil, Valle de San José y la empresa Acuasan, presentaron informes donde aseguran haber ejecutado proyectos, convenios e inversiones para optimizar los sistemas de tratamiento de aguas residuales y controlar la contaminación. Sin embargo, el juzgado consideró necesario verificar la realidad ambiental en el terreno.
La inspección judicial ordenada por el juez Fredy Alexander Figueroa Mateus se realizará en la ribera del río Fonce, con participación de la Procuraduría, los municipios involucrados, representantes de Acuasan y de la CAS, y peritos ambientales, para constatar el estado del cauce y de las obras comprometidas.
El magistrado recordó que el incumplimiento de las órdenes judiciales en materia de acciones populares puede acarrear multas de hasta 50 salarios mínimos e incluso arrestos, según el artículo 41 de la Ley 472 de 1998.
La audiencia de inspección fue citada el pasado 2 de julio, y el resultado definirá si se adopta un nuevo paquete de sanciones contra los responsables del vertimiento, en un proceso que ya suma 30 años de retrasos y reclamos ciudadanos.