La Sección Quinta del Consejo de Estado volvió a desestimar el recurso de nulidad procesal presentado contra el alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán Martínez, con lo que se confirma su vigencia hasta que se resuelva el trámite de segunda instancia. Esta decisión se conoció este jueves 31 de julio, cuando el magistrado ponente Luis Alberto Álvarez Parra firmó el auto de archivo que rechaza de plano la petición.
El recurso había sido interpuesto por el abogado José Augusto Tamara Garrido, en calidad de tercero coadyuvante del mandatario local, quien alegó que la sentencia inicial del Tribunal Administrativo de Santander, dictada el 12 de diciembre de 2024 por la magistrada Luisa Fernanda Flórez en sala unitaria, debía haber contado con la participación de la sala plena. Según Tamara Garrido, esa omisión vulneró el debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política.
Sin embargo, en su providencia de siete páginas, el magistrado Álvarez Parra concluyó que la petición carece de fundamentación jurídica suficiente y, además, fue presentada fuera de término.
“El recurrente no está legitimado para promover este medio de control, su solicitud resulta extemporánea y no encaja en ninguno de los supuestos previstos para la nulidad electoral”, señala el documento.
El ponente añadió que el argumento sobre la supuesta irregular acumulación de procesos carece de sustento de fondo. Por ello, calificó el recurso como improcedente y exhortó a las partes a abstenerse de interponer actuaciones dilatorias. De este modo, se repite el pronunciamiento de enero pasado, cuando la misma sección ya había rechazado el primer intento de anular el fallo de primera instancia.
Resolución del Consejo de Estado no implica que el caso quede cerrado definitivamente
Beltrán Martínez continúa a la espera de la sentencia de segunda instancia, que ratificará o revocará lo decidido por el Tribunal Administrativo de Santander. Mientras tanto, el alcalde mantiene sus funciones con normalidad hasta que se conozca una decisión de fondo por parte de la alta corte.