Con el sueldo intacto: los cuatro permisos remunerados que todo trabajador puede pedir en Colombia
El Ministerio del Trabajo ha reiterado que existen cuatro permisos que los empleadores deben conceder sí o sí a sus empleados y que son completamente remunerados.
A veces, en medio de la rutina laboral, surgen situaciones que no se pueden postergar como una cita médica que no da espera, una llamada del colegio, una citación judicial o incluso la necesidad de ajustar la agenda para cuidar la salud física y mental.
Durante años, estos momentos han generado tensiones entre trabajadores y empleadores, casi siempre acompañadas del temor a descuentos salariales o sanciones. Con la nueva reforma laboral en Colombia, ese panorama empieza a cambiar.
En este contexto, también se acerca el fin de uno de los beneficios laborales más conocidos, el Día de la Familia. Este derecho, creado para que los trabajadores disfruten de una jornada semestral remunerada, desaparecerá progresivamente. La Ley 2101 de 2021 establece que, una vez se complete la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales en 2026, los empleadores quedarán exonerados de otorgarlo.
Según la normativa vigente, el Día de la Familia podrá solicitarse hasta el 15 de julio de 2026, fecha en la que debería estar plenamente en vigor la reducción total de la jornada. No obstante, aunque este beneficio dejará de aplicarse, los trabajadores en Colombia aún cuentan con otros permisos remunerados que siguen plenamente vigentes y son de obligatorio cumplimiento.
Trabajador feliz.
Foto: Freepik.
El Ministerio del Trabajo ha reiterado que existen cuatro permisos que los empleadores deben conceder sí o sí y que son completamente remunerados, como parte del fortalecimiento de los derechos laborales y la conciliación entre la vida personal y el trabajo.
Cuatro permisos remunerados a los que tienen derecho los trabajadores en Colombia
1. Citas médicas del trabajador
Este permiso garantiza que el trabajador pueda atender su salud sin perder salario. Para acceder, debe avisar con anticipación, presentar el soporte de la cita y, en lo posible, programarla en horario laboral.
El empleador está obligado a autorizar la salida, pagar el día completo, no aplicar descuentos ni sanciones y registrar la ausencia como permiso remunerado.
2. Citas médicas o escolares como acudiente de hijos o hijas
La reforma reconoce el rol de cuidado como un derecho protegido. Los trabajadores pueden acompañar a sus hijos o hijas a citas médicas o escolares con pago total del día. El empleado debe informar y justificar el motivo, presentar la citación y ser el acudiente registrado.
El empleador debe permitir la ausencia, pagar el día sin exigir compensaciones y facilitar la conciliación familiar.
3. Diligencias legales, administrativas o judiciales
Cuando un trabajador es citado a una audiencia o a un trámite oficial, puede asistir sin descuento salarial. Para ello, debe avisar con tiempo, presentar la citación y luego la constancia de asistencia.
Mujer trabajando en su computador.
Foto: Freepik.
El empleador debe reconocer el día como laborado, conservar los soportes y abstenerse de aplicar sanciones.
4. Un día remunerado por ir al trabajo en bicicleta
Cada seis meses, quienes usan la bicicleta como medio de transporte habitual tienen derecho a un día libre pago. El trabajador debe demostrar el uso frecuente de la bici, solicitar el permiso con al menos cinco días de anticipación y acordar la fecha.
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El empleador debe verificar la condición, promover la movilidad sostenible y autorizar el día remunerado.